Cuidando a la música: por qué es importante que un músico registre su obra
En general, los músicos son conscientes de que deben registrar sus obras, pero pocos saben por qué tienen que hacerlo y, además, que si no lo hacen la ley también protege a sus canciones. Sin embargo, es fundamental para poder percibir los ingresos que sus composiciones generan. Aranceles para registrar obras, fotos, y demás. Actualizado a febrero de 2018.
Por Daniel Bajarlía
Registrar una canción, partitura y más obras musicales – propiedad intelectual
Se sabe que los artistas necesitan libertad para crear, para canalizar sus sentimientos a través de su arte. Para las comunidades, las expresiones artísticas son fundamentales y por eso han decidido darles protección a través de las leyes, para que nadie haga un mal uso de ellas o las quiera explotar como si se trataran de creaciones propias.
En la Argentina, la Ley de Propiedad Intelectual (ley 11723) garantiza a los artistas que puedan disfrutar de los beneficios que generan sus obras y les da una protección integral. Sin embargo, para que esa tutela se pueda ejercer plenamente, la norma recomienda registrar la obra.
Lo primero que hay que aclarar es que el registro ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor no es obligatorio para gozar de la protección que brinda la ley. Sin embargo, es conveniente hacerlo porque facilita mucho las cosas en caso de que haya que salir a defender la obra en los tribunales.
La razón por la cual es importante registrar una obra, más que nada si es inédita, es porque da presunción de autoría. Es decir, ante la disputa acerca de quién es el autor, se considera en principio que es quien la registró. De todas maneras, si aparecen pruebas que permitan comprobar que el autor en realidad es otro diferente al que figura en el registro, entonces se puede modificar, pero la verdad es que es algo difícil de verificar en la práctica.
El registro también es útil a la hora de poder defender la obra frente a casos de plagio y piratería, ya que la fecha exacta de depósito en la Dirección Nacional de Derecho de Autor es el dato objetivo y legal que permite saber la antigüedad en la que un autor inscribió su obra, información fundamental para determinar si ella sigue gozando de protección legal o no.
Por ejemplo, en un caso de plagio, la fecha del registro es clave para saber qué obra se registró primero. Esa fecha da, al menos, una presunción de cuál de las dos se habría creado antes.
El registro se puede hacer de forma presencial en la Ciudad de Buenos Aires en Moreno 1230 (con turno), o en alguna de las sedes que hay en otros puntos del país, o por Internet a través del sistema de Trámites A Distancia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. En el caso de las composiciones musicales, se puede registrar la letra y la música juntas o por separado, dependiendo de si comparten coautoría o no.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor es flexible en cuanto a cómo se debe entregar la obra musical, ya que se puede depositar la partitura o la grabación de la obra. Está permitido el registro de más de una canción en el mismo trámite.
El registro acepta obras publicadas o inéditas. En el caso de éstas últimas, se entregan en sobre cerrado y se protegen por tres años, que deben ser renovados dentro de los 30 días. En caso contrario, serán destruidas, ya que si no fueron editadas deben permanecer en el anonimato.
Ahora bien, la clave del registro y de por qué es imperativo hacerlo está en la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC). Esta entidad es la única autorizada por ley a gestionar los derechos de los autores y compositores y entre sus funciones principales está la de recaudar todos los ingresos que generan las composiciones musicales por sus diferentes formas de explotación (ejecución pública, publicación, reproducción, etc.).
Para poder percibir estos ingresos, SADAIC exige que la obra se inscriba tanto en la Dirección Nacional de Derecho de Autor como en su propio registro. Se hace presentando el llamado Boletín de Declaración, que si bien es gratuito exige presentar la partitura de la canción. Eso significa que si los compositores no saben leer música, deberán encargarle la transcripción a un músico que sepa hacerlo.
Es cierto, puede resultar un tanto engorroso el trámite, pero es la mejor forma de que las obras queden protegidas y, además, que los artistas puedan percibir los ingresos que les corresponde por la explotación de sus canciones.
Nuevos aranceles para depósitos de obras – derechos de autor – DNDA
Depósito en custodia de obra inédita/ Música o letra $50,00
Depósito en custodia de obra inédita/ Música y letra $60,00
Depósito en custodia de obra inédita/ Software $140,00
Depósito en custodia de obra inédita/ No musical $140,00
Inscripción de obra publicada/ Edición literaria $250,00
Inscripción de obra publicada/ Software $400,00
Inscripción de obra publicada / Edición musical $108,00
Inscripción de obra publicada/ Artística $200,00
Inscripción de obra publicada / Fonograma $400,00
Inscripción de obra publicada/ Representación $350,00
Inscripción de obra publicada/ Videograma – película cinematográfica $400,00
Inscripción de obra publicada/ Página web $188,00
Inscripción de obra publicada/ Multimedia $400,00
Inscripción de seudónimo $200,00
Inscripción de publicación periódica $400,00
Consulta de título/ Publicación periódica $180,00
Inscripción de editorial $350,00
Declaración jurada de obras editadas $55,00
Declaración jurada de ediciones/ Publicación periódica $145,00
Trámites generales $160,00
Inscripción de contrato/ Software $400,00
Inscripción de contrato/ Literario $300,00
Inscripción de contrato/ Fonograma $400,00
Inscripción de contrato/ Musical $300,00
Inscripción de contrato (Cesión de Derechos) / Publicación Periódica $400,00
Inscripción de contrato/ Videograma – película cinematográfica $400,00
Gracias ante todo. Pregunta: ¿Cómo registar un concierto de guitarra? ¿Una obra de piano conpleja y además con letra? ¿Distintas versiones de una obra? ¿Música electrónica, con efectos que no tiene nomenclatura musical?
Hola, en qué sentido? Partituras, grabaciones, CDS, pendrives puede ser el soporte…. Hay que analizarlo en cada caso y consultar al registro.