Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Nuevo concurso ministerio de salud entrega $ 250 mil para educación

Es una convocatoria para presentar proyectos educativos, con financiamiento público

Se convoca a un Concurso de Proyectos para la obtención de 6 subsidios por hasta PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000) cada uno para la Promoción de la Salud Integral de Adolescentes y Jóvenes.

La DIRECCIÓN DE ADOLESCENCIAS Y JUVENTUDES será el área encargada de evaluar técnicamente y sugerir la aprobación de los proyectos de subsidios admitidos según los lineamientos previstos abajo, publicados hoy en el boletín oficial.

 

SUBSIDIOS PARA LA PROMOCIÓN DE LA SALUD INTEGRAL ADOLESCENTE Y
JUVENIL

ARTÍCULO 1°.- A través de la Dirección de Adolescencias y Juventudes se subsidiarán
seis proyectos por hasta $250.000.- cada uno, cuyos objetivos se orienten al
financiamiento de la promoción de acciones relacionadas con el Plan Estratégico
Nacional de Salud Adolescente y Juvenil 2019-2023, conforme las misiones y funciones
de dicha Dirección, y posean una duración de hasta diciembre del corriente año.

ARTÍCULO 2°.- Establézcanse las bases y condiciones que los proyectos en cuestión
deberán contemplar al momento de efectuar la presentación. Dichas bases y
condiciones deberán involucrar:
a) Uno o más de los seis ejes del Plan Estratégico de Salud Integral Adolescente y
Juvenil 2019-2023, a saber:

1. OFERTA DE SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL
2. PARTICIPACIÓN
3. CRECIMIENTO Y DESARROLLO
4. GÉNEROS, DIVERSIDADES Y SEXUALIDADES
5. EMBARAZO EN LA ADOLESCENCIA
6. VIOLENCIAS Y LESIONES

Asimismo, deberán incluir distintas temáticas tales como:
● Ofertas de Servicios de Salud de Calidad
● Asesorías de Salud Integral en Escuelas Secundarias
● Veeduría y rendición de cuentas de programas de salud adolescente
● Diseño e implementación de políticas públicas
● Atención clínica integral
● Hábitos saludables
● Salud mental
● Género y masculinidades
● Diversidad sexual y corporal
● Salud sexual
● Prevención y reducción del embarazo en la adolescencia
● Interrupción legal y/o voluntaria del embarazo
● Suicidio
● Siniestros viales
● Lesiones
● Acoso y discriminación
● Vínculos violentos

b) Los proyectos podrán ser presentados por aquellos grupos y organizaciones de
adolescentes y jóvenes que cuenten con personería jurídica. De no contar con
la misma, una organización aliada podrá presentar la propuesta en nombre de
ese grupo, cuyo financiamiento y destino será para el grupo u organización de
adolescentes y jóvenes que no poseen la personería y se deberá encuadrar en
las prescripciones descriptas en el Artículo 1° de este plexo normativo.

c) Es requisito que dichas organizaciones:
a. Tengan antecedentes de trabajo en salud integral, géneros, violencias o
similares.
b. Hayan tramitado la personería jurídica o cuenten con el aval de una
institución que la posea. En este caso, se deberá incluir a la
documentación presentada una nota del representante legal de dicha
institución avalando la presentación del proyecto.
c. Tengan a su nombre, o a nombre de la institución aliada, una cuenta
bancaria en entidad adherida al sistema de la cuenta única del tesoro.
d. Presenten una propuesta de trabajo dentro de las líneas definidas en los
Pilares Estratégicos de la Dirección de Adolescencias y Juventudes.
e. Tengan sede en la jurisdicción en la que se propone llevar a cabo el
proyecto. En caso de que se plantee ampliar las actividades hacia otras
jurisdicciones deberán demostrarse alianzas, convenios o articulaciones
con organizaciones y/o instituciones locales y recursos necesarios para
la intervención.
f. Articulen su propuesta de trabajo con efectores del sistema público de
salud, municipio y/o provincia a la que pertenecen.
g. Presente una propuesta que contemple el cumplimiento de las exigencias
de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672
artículos 1° y 2°.
En caso de que dos o más organizaciones se presenten asociadas bajo la forma de
consorcio deberá presentarse un acuerdo escrito y firmado por las autoridades en
donde consten las actividades y responsabilidades asignadas a cada organización.
ARTÍCULO 3°.- Documentación
Establézcase la documentación a presentar conforme se detalla a continuación:
• Constancia de Inscripción ante AFIP (CUIT) de la institución que recibirá el
subsidio.
• Designación de responsable: de quien o quienes dirigirán, coordinarán y
monitorearán la ejecución del Proyecto.
• Fotocopia del Estatuto o Acta Constitutiva de la Organización y sus
modificaciones, debidamente certificada por escribano público (o de la
organización aliada).
• Declaración jurada que manifieste expresamente que se cumple con los
requisitos establecidos en la Ley N° 11.672.
• Antecedentes y documentación que avale la articulación con el sistema de salud,
municipio y/o provincia.
• Datos de cuenta bancaria a nombre de la organización (o de la organización
aliada) con número de cuenta, sucursal y CBU. No se permite cuenta bancaria
individual. Las entidades bancarias deberán ser algunas incluidas en el siguiente
listado:

BANCOS ADHERIDOS AL SISTEMA DE LA CUENTA ÚNICA DEL TESORO
Código
Beneficiario Entidades Bancarias
6794 BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES
S.A.
1036 BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
1393 BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES
1153 BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
3012 BANCO CREDICOOP COOPERATIVO
LIMITADO
7927 BANCO SANTANDER RIO S.A.
1148 BANCO PATAGONIA S.A.
1527 BANCO SAN JUAN S.A.
33349 BANCO MACRO S.A.
17553 NUEVO BANCO DEL CHACO S.A.
39894 HSBC BANK ARGENTINA S.A.
7478 BBVA BANCO FRANCES S.A.
82283 BANCO SUPERVIELLE
ARTÍCULO 4°.- Establézcanse el instructivo y el modelo para la presentación de
proyectos de subsidios para la promoción de la salud integral adolescente y juvenil.
a) La organización deberá solicitar el subsidio, mediante nota firmada por su máxima
autoridad y cuyo modelo obra adjunto al presente Anexo. En la nota se constituirá
además el domicilio legal y el domicilio electrónico donde serán notificadas todas las
comunicaciones, comprometiéndose a informar cualquier modificación.
b) El proyecto deberá ser presentado por correo electrónico y debidamente firmado y
escaneado por la máxima autoridad de la entidad solicitante en todas sus hojas y deberá
contener:

LA CARÁTULA DEL PROYECTO DEBE DETALLAR
• NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN/ORGANIZACIÓN (Nombre de la organización aliada,
de corresponder).
• RESPONSABLE DE LA INSTITUCIÓN/ ORGANISMO.
• RESPONSABLE DEL PROYECTO.
• DOMICILIO.
• LOCALIDAD.
• PROVINCIA.
• TEL.
• TELÉFONO CELULAR DEL RESPONSABLE DEL PROYECTO.
• CORREO ELECTRÓNICO: INSTITUCIONAL y DEL RESPONSABLE DEL
PROYECTO.
LA DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO DEBE DETALLAR
I. Resumen: Un breve resumen de la propuesta en 2 o 3 párrafos que incluya las
actividades principales, la población destinataria, el eje estratégico elegido y el alcance
geográfico de la propuesta. Responde a la pregunta QUÉ
II. Fundamentación y Descripción: Aquí se debe describir la problemática diagnosticada
que se propone abordar con el proyecto, teniendo en cuenta los antecedentes, la
necesidad de la población y las problemáticas actuales. Responde a la pregunta POR
QUÉ.

II. Pilar estratégico: Mencionar el o los pilares estratégicos al que se refiere el proyecto:
(1) OFERTA DE SERVICIOS DE SALUD, (2) PARTICIPACIÓN, (3) CRECIMIENTO Y
DESARROLLO, (4) GÉNEROS, SEXUALIDADES Y DIVERSIDAD, (5) EMBARAZO EN
LA ADOLESCENCIA, (6) VIOLENCIAS Y LESIONES.
III. Objetivos: Los objetivos comprenden los objetivos generales y los objetivos
específicos, y deben ser realistas y alcanzables en un período de tiempo determinado
en el proyecto. Responde a la pregunta PARA QUÉ
• Objetivos generales: Es el propósito central del proyecto. Debe responder a la pregunta
de para que se hace el proyecto.
• Objetivos específicos: Son aquellos que complementarán al Objetivo General. Son los
resultados y beneficios cuantificables, deben estar planteados de modo tal que permitan
su seguimiento y evaluación.
IV Personas involucradas en la implementación del proyecto: Los datos de la persona
responsable de la ejecución del proyecto y de un suplente. Además, un listado de
quienes llevarán a cabo las actividades del mismo, así como también sus edades, su
formación y qué relación tienen con la organización presentadora de la propuesta.
Responde a la pregunta QUIÉNES.
V: Poblaciones destinatarias: Aquí se detalla las personas que van a ser beneficiarias
de nuestras actividades, edades, cantidades, formaciones, etc. Responde a la pregunta
PARA QUIÉNES.
VI. Actividades: Aquí se deben describir una a una las acciones que se llevarán a cabo
en el marco del proyecto.
VII. Resultados: Se deben describir cuales son los frutos/éxitos/resoluciones esperados,
cambios y/o mejoras que se esperan obtener.
VIII. Indicadores y medios de verificación: Es la manera mediante la cual se puede medir
el éxito de las actividades planteadas para cada objetivo. Ej: Indicador: Cantidad de
jóvenes que participan en una capacitación. Medio de verificación: Planilla de
inscripción, fotos, impresiones de pantalla.
Objetivos Actividades Insumos Resultados Indicadores Medios de verificación
IX. Sostenibilidad y costo detallado del Proyecto: Aquí se deben explicitar cuales son los
recursos financieros, humanos y materiales que aportará la organización para el
desarrollo y sostenimiento del proyecto a lo largo del tiempo, respetando lo dispuesto
en la Ley N° 11.672 artículos 1° y 2°.

X. Cronograma
ACTIVIDAD MES
1
MES 2 MES 3 MES 4
Ej:
Capacitación
a efectores…
x x
XI. Presupuesto
El mismo se detallará con el siguiente formato:
Actividad/es Descripción
Precio
Unitario $ Cant.
U. de
medida
Subtotal
$
EJ: capacitación a
efectores…
Refrigerios 600 20 Viandas 12.000
Honorarios
capacitador 3.000 3 Jornadas 9.000
En el presupuesto se deberá consignar el recurso aportado por cada organización.
ARTÍCULO 5°.- El monto de subsidio otorgado deberá ser utilizado estrictamente en
función de lo presupuestado oportunamente en el proyecto aprobado.
Excepcionalmente se permitirán variaciones de hasta el 10%.
ARTÍCULO 6°.- El subsidio que se otorgará a cada proyecto seleccionado, será de hasta
DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 250.000.-). Se evaluará la razonabilidad del
presupuesto con las actividades y cronograma del proyecto presentado.
ARTÍCULO 7°.- Para el caso que resultare necesario realizar cambios de destino de los
fondos subsidiados, la institución deberá de manera previa a su ejecución, solicitar
autorización por Escrito ante la Dirección de Adolescencias y Juventudes, y esperar la
notificación del acto administrativo por el que autoriza.

ARTÍCULO 8°.- Para la aprobación del presupuesto, se evaluará la correspondencia
entre las actividades propuestas, los insumos requeridos para cada una de ellas y los
montos solicitados.
a) Entre los conceptos a ser subsidiados pueden incluirse (gastos elegibles):
● Retribución de gastos de voluntariado a promotores de salud
● Retribución horas capacitador
● Viáticos y movilidad
● Refrigerios
● Insumos de librería y computación
● Gastos de Administración
● Folletería para difusión de recursos locales
● Indumentaria para promotores
● Compra de equipamiento (detallando responsable de su custodia)
● Publicaciones, difusión, publicidad en medios, internet. (El rubro incluye el costo
del material de difusión, producción de spots radiales, folletos, afiches, stickers,
etc)
b) No serán elegibles gastos tales como sueldos de empleados de la institución,
bebidas alcohólicas, cigarrillos, o destinar fondos al pago de deudas.
c) Los costos de retribución, honorarios profesionales o viáticos no podrán superar
el 50% del presupuesto total.
d) La organización deberá aportar recursos propios equivalentes al 25 % del
presupuesto solicitado. Dichos aportes deberán estar consignados en el
presupuesto detallado.
ARTÍCULO 9°.- Evaluación técnica y elección de propuestas.
La evaluación técnica y la elección de las propuestas estará a cargo de un jurado, el
cual estará compuesto por integrantes de la Dirección de Adolescencias y Juventudes
con amplia experiencia y antecedentes de trabajo en la temática a evaluar. La Dirección
se reserva el derecho de no elegir ninguna propuesta si considera que ninguna de ellas
reúne los requisitos esperados. La evaluación y decisión de adjudicación o no de los
subsidios por parte de La Dirección es inapelable. El acto administrativo puede ser
impugnado por medio de recursos administrativos, que podrán fundarse tanto en
razones vinculadas a la legitimidad, como a la oportunidad, mérito o conveniencia del
acto impugnado o al interés público (v. art. 73 y sigtes. Dec. 1759/72). Por lo tanto, el
dictamen de evaluación en sí es irrecurrible, mientras que la decisión adoptada en su
consecuencia, mediante acto administrativo, debe ser pasible de recurso administrativo
(art. 80, Dec. 1759/72).
Al momento de la adjudicación se entregará al menos 1 subsidio por cada Región
determinada por la Resolución 1527/2020 del Ministerio de Salud de la Nación:
– 1 subsidio para AMBA
– 1 subsidio para Centro
– 1 subsidio para NEA
– 1 subsidio para NOA
– 1 subsidio para CUYO
– 1 subsidio para PATAGONIA
Si alguno de los premios regionales quedara vacante, se sorteará entre los segundos
puestos de cada región, y así sucesivamente. En el caso que dos propuestas tuvieren
el mismo puntaje, se elegirá a la propuesta que tenga mayor participación adolescente
y juvenil en la implementación de la misma.
Se labrará un acta del resultado y los proyectos ganadores serán anunciados en el sitio
web del Ministerio de Salud de la Nación. La decisión del jurado será inapelable.
ARTÍCULO 10°.- Serán automáticamente rechazadas aquellas propuestas que no
cumplan con alguno de los requisitos formales o sean presentadas con fecha posterior
a la vigencia de la convocatoria.
ARTÍCULO 11°.- Criterios de evaluación
Establézcanse los siguientes criterios de evaluación:
-Participación activa de adolescentes y jóvenes de entre 13 y 24 años en la
implementación de la propuesta – 10 puntos
-Precisión en la definición de los objetivos, actividades y etapas – 10 puntos
-Elegibilidad y racionalidad del presupuesto – 10 puntos
-Articulación con el sistema de salud, municipios y/o provincias – 5 puntos
-Encuadramiento de los proyectos en relación con pilares estratégicos de la Dirección
de Adolescencias y Juventudes – 5 puntos
-Probabilidad de ejecución exitosa, desde el punto de vista de su consistencia interna,
de la adecuada dotación de recursos y de las condiciones externas a las que su éxito
está supeditado – 5 puntos
-Innovación, creatividad y originalidad de la propuesta – 5 puntos
-Racionalidad del cronograma y de la secuencia entre etapas – 5 puntos
-Viabilidad en contexto virtual y/o presencial – 5 puntos
-Sostenibilidad fuera del plazo del concurso – 5 puntos
-Claridad de los indicadores de resultados – 5 puntos
ARTÍCULO 12°.- Rendición de cuentas. Informe Parcial e Informe Técnico y Financiero.
a) La Rendición de Cuentas de los Subsidios otorgados a los/as beneficiarios/as se
llevará a cabo mediante el procedimiento establecido en la Resolución Ministerial
N° 920/2021.
b) El subsidio se entregará en dos partes: 50% al inicio de la propuesta y 50% en
la segunda a contra entrega de un informe parcial, estipulado para el mes de
Octubre, en el que deberá detallar la implementación de cada una de las
actividades proyectadas, los avances y las dificultades en su ejecución. De no
presentar el informe parcial, no se dará curso al envío de la segunda parte del
subsidio. Asimismo, se deberá consignar una tabla que exprese los montos
presupuestados, los gastos realizados hasta el momento, y los saldos en cada
uno de los rubros.
c) Dentro de los 30 días corridos, contados a partir de la fecha de cumplimentado
del plazo de ejecución del proyecto, deberá presentarse un informe técnico y
financiero final para ser aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación. En el
caso de no hacerlo, no podrá recibir fondos en los siguientes concursos o
subsidios en el que se presente.
d) Si previamente la organización hubiera recibido algún subsidio por parte del
Ministerio de Salud de la Nación, la organización no puede presentar el mismo
objeto y el mismo fin en el presente subsidio. Al momento de autorizar una nueva
transferencia de fondos, el subsidio recibido con anterioridad deberá encontrarse
rendido en su totalidad para la obtención del subsidio de la presente
convocatoria.
e) La rendición financiera deberá documentar adecuadamente los gastos mediante
la presentación de los comprobantes originales y recibos de pago en la Dirección
de Adolescencias y Juventudes.
ARTÍCULO 13°.- En el supuesto de incumplimiento de la obligación de rendir cuentas
en tiempo y forma, previa constitución en mora y concesión de un plazo razonable a
efectos de que cumpla con sus obligaciones y ante la persistencia del incumplimiento
pese al transcurso del plazo otorgado, los montos no rendidos deberán ser reintegrados
al ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 14°.- Las organizaciones beneficiarias de la presente convocatoria, prestan
su consentimiento y/o autorización, a los fines de que el Ministerio de Salud de la Nación
publique los resultados parciales o definitivos obtenidos a través de los proyectos
presentados por cada una de ellas, así como también el uso de las imágenes, frutos y
productos que resultan de la implementación del proyecto en cuestión, dejándose
constancia en las publicaciones la participación correspondiente a cada una de las
organizaciones. Las organizaciones deben recopilar el consentimiento informado de los
sujetos involucrados en las imágenes que este Ministerio pretende usar –conforme a la
normativa vigente aplicable en la materia.
ARTÍCULO 15°.- La convocatoria estará abierta desde la fecha de publicación de la
presente Resolución en el Boletín Oficial. La recepción de la documentación y los
proyectos estará habilitada hasta el 25 de julio de 2021 a las 23.59hs en la siguiente
dirección de correo electrónico: diaju.msal@gmail.com , siendo esta la única vía para la
recepción de los proyectos.
ARTÍCULO 16°.- Desde la apertura de la Convocatoria hasta el cierre de la misma, la
Dirección de Adolescencias y Juventudes contestará dudas sobre el procedimiento y
brindará asistencia técnica a través del correo electrónico del artículo precedente.
Asimismo, se realizarán dos reuniones abiertas para evacuar dudas técnicas y
administrativas.
ARTÍCULO 17°.- Los proyectos ganadores serán publicados en el sitio web del
Ministerio de Salud de la Nación. La evaluación y decisión de adjudicación o no de los
subsidios por parte de La Dirección es inapelable. El acto administrativo puede ser
impugnado por medio de recursos administrativos, que podrán fundarse tanto en
razones vinculadas a la legitimidad, como a la oportunidad, mérito o conveniencia del
acto impugnado o al interés público (v. art. 73 y sigtes. Dec. 1759/72). Por lo tanto, el
dictamen de evaluación en sí es irrecurrible, mientras que la decisión adoptada en su
consecuencia, mediante acto administrativo, debe ser pasible de recurso administrativo
(art. 80, Dec. 1759/72).
ARTÍCULO 18°.- Cronograma
Julio de 2021: Publicación y difusión de la convocatoria en el sitio web del Ministerio de
Salud
Julio de 2021: Primer Reunión virtual informativa
Julio de 2021: 2da. Reunión virtual informativa
25 de julio de 2021: Plazo límite de presentación de propuestas
Agosto de 2021: Anuncio de las propuestas ganadoras
Septiembre de 2021: Inicio del proyecto
31 de octubre de 2021: Entrega de informe parcial
Diciembre de 2021: Cierre del proyecto y entrega de informe final
Debe tomarse en cuenta que el cronograma se encuentra sujeto a ajustes ante
eventuales retrasos con lo programado.
MODELO DE NOTA DE SOLICITUD
(Para ser transcripta con membrete de la entidad/organismo)
LUGAR Y FECHA
Ministerio de Salud de la Nación
Sra. Ministra de Salud
Dra. Carla Vizzotti
Av. 9 de Julio 1925 – 10° Piso Oficina 1001 CP 1073
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el objeto de solicitar la inclusión del presente
proyecto para el otorgamiento de “SUBSIDIOS PARA LA PROMOCIÓN DE LA SALUD
INTEGRAL ADOLESCENTE Y JUVENIL”.
El costo del Proyecto a solventar por la convocatoria del Ministerio de Salud de la Nación
ascendería a $………………………. (Completar con el monto solicitado/cifra haciendo
referencia al monto total del proyecto que debe ser hasta un máximo de $ 250.000
pesos.)
Constituyo domicilio legal en la calle ……………………….. de la localidad
de…………………, provincia de……………….………………. CP……………, y domicilio
electrónico en ……………………………………………………………… asumiendo la
responsabilidad de comunicar fehacientemente cualquier cambio al respecto dentro de
los cinco días de producido el mismo.
Sin otro particular y quedando a la espera de una respuesta favorable a la solicitud,
saludo a Ud. muy atentamente.
FIRMA Y SELLO

Los comentarios están cerrados, pero trackbacks Y pingbacks están abiertos.