Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Protector solar gratis por prepaga u obra social

Una ley porteña se propuso en la legislatura, proponía entregar protectores solares gratis. Una médica cuestiona la efectividad del protector solar como factor exclusivo de prevención del cáncer de piel

Hoy en día las prepagas u obras sociales no tienen obligación de proveer protector solar. Sin embargo puede ser una medida preventiva para proteger la salud.

Se habría propuesto una ley que tiene por objeto desarrollar acciones de difusión, concientización y prevención del cáncer de piel desde una perspectiva integral de la salud, entendiendo a la misma como un derecho humano fundamental.  El tema es el costo y quién/es lo pagan,

La norma crea el programa “Sol BA” en el ámbito del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El programa tendrá por objeto garantizar el acceso gratuito a la protección solar de la población de la Ciudad de Buenos Aires.

El Gobierno de la Ciudad debe distribuir de forma gratuita, efectiva e irrestricta protector solar de amplio espectro con un FPS 30 o mayor, a través de las siguientes estructuras:

a. Postas. Dispónese la instalación de postas Sol BA durante los 365 días del año. Las mismas deben situarse en, por lo menos, 1 (un) punto de cada comuna en simultáneo, debiendo el mismo ser rotativo. Las mismas tienen por objeto difundir y concientizar sobre el cáncer de piel y su prevención. A tales fines, deben contar con folletería alusiva y protector solar de amplio espectro con un FPS 30 o mayor para la entrega gratuita.

b. Dispensers. Provéase y garantizase el mantenimiento de dispensers de protección solar de amplio espectro con un FPS 30 o mayor en la totalidad de los centros de salud y en parques y plazas . Los mismos deben permanecer los 365 días del año .

c. Entrega gratuita. Garantizase protector solar de amplio espectro con un FPS 30 o mayor para todos/as los/as que desarrollan y/o concurran a actividades dependientes del Gobierno de la Ciudad. A tales fines, se podrá optar por la entrega de unidades a los/as individuos/as o por el emplazamiento de dispensers al alcance de los/as mismos/as.

Solo a modo enunciativo, se encuentran comprendidos/as en el presente artículo: – Estudiantes y trabajadores del sistema educativo de gestión estatal y privada con cuota cero. – Niños/as, jóvenes y trabajadores de las colonias de verano del GCBA. – Trabajadores de programas del GCBA en la vía pública. – Trabajadores y concurrentes de festivales, actividades culturales y artísticas en espacios públicos organizados o auspiciados por el GCBA. – Trabajadores y consumidores/as de ferias de la Ciudad.

A través del Banco Ciudad habrá un plan de beneficios con la finalidad de otorgar descuentos en la compra de protectores solares a las personas físicas, con cualquier medio de pago disponible de la entidad.

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