Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Un padre no verá temporalmente a su hijo por ejercer violencia

Se suspende el contacto y deberá capacitarse en temas de género, decide jueza en una sentencia. Derecho de familia

Una jueza suspendió el ejercicio de la responsabilidad parental del padre por el plazo de 180 días, renovable a petición de partes, debido a la violencia que este ejerce sobre la madre, e indirectamente sobre su hijo.

En la sentencia, se encomienda al hombre que en sus futuras presentaciones respete la dignidad de la mujer y que deje de lado los patrones socioculturales estereotipados en la distribución de roles.

Lo decidido se basa en hechos de violencia ejercidos por el padre del chico, como amenazas contra su madre que terminaron con una restricción de acercamiento, reportó el medio radio dos. Se tuvieron en cuenta expresiones de descalificación vertidas por el padre en entrevistas con expertos judiciales.

Además, la magistrada le ordenó que realice en institución educativa a elección, capacitaciones sobre “Género y Violencia contra las Mujeres”, a efectos de lograr para el futuro la eliminación de aquellos prejuicios y prácticas que se encuentran basados en la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos, constancias que deberá adjuntar a la presente para que se reevalúe lo ordenado respecto a la exclusividad en el ejercicio la responsabilidad parental.

En el decisorio, la doctora López explicó que las declaraciones del hombre reflejan un evidente menosprecio para quien fue su esposa y compañera en un proyecto de vida en común y es la madre de su hijo, lo que no hace más que demostrar una visión androcéntrica, que resulta intolerable en la actualidad, publicó el diario Época.

Violencia extendida hacia el hijo

“El solo hecho de presenciar la violencia ejercida contra su madre o el hecho de crecer en un entorno en que la desigualdad entre el hombre y la mujer se expresa de manera violenta, les convierte también en víctimas”, sostuvo la doctora López con referencia al hijo.

Agregó que “… para cualquier niño o niña que se expone a tales actitudes, vivir en una familia donde su madre es maltratada significa estar expuesto a situaciones de opresión y control y a un modelo de relación basada en el abuso de poder y la desigualdad”. Y que “Es sabido que para un desarrollo emocional y social adecuado es necesario el fortalecimiento de vínculos afectivos libres de violencia”, indicó la magistrada.

Por lo expuesto, el decisorio suspende temporalmente el ejercicio de la responsabilidad parental de éste progenitor respecto de su hijo, la que se reanudaría una vez satisfechos los extremos indicados, situación que a la actualidad no ha ocurrido, habiendo transcurrido a la fecha siete meses sin obrar constancia o presentación alguna por parte del demandado.

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