La VTV para autos y motos de Capital, dónde cómo y cuándo
Según informó el medio Cosas de Autos, todo auto que tenga una antiguedad mayor a los 3 años o que haya superado los 60 mil km. deberá hacer la VTV en Capital a partir de agosto de 2016.
En la VTV se debe controlar la emisión de gases (para lo cual habrá puestos móviles… he visto camiones de soda que mameeeta; emisión de ruidos; sistema de dirección y tren delantero; sistema de frenos; chasis; neumáticos; luces; seguridad y emergencia; documentación del vehículo; sistema de suspensión.Si un vehículo no aprobara la VTV tendrá un plazo de 60 días para realizarlo nuevamente en forma gratuita.
La tarifa de la VTV/VTO al momento será de $335 + IVA ($405,35) para autos y $100 + IVA ($121) para motos. Los jubilados (no le transfieras el auto al abuelo, eh…) y personas con discapacidad estarían exentos de abonarla.
Dato de mecánico, para no gastar de más: primero llevar el auto a la VTV y después al mecánico, no a la inversa… De otra manera, capaz el mecánico te pide arreglar cosas que no son prioridad.
Centros para hacer VTV en CABA
Donado 943, Villa Ortuzar; en Tronador 115, Paternal; en Culpina 1363, Flores; en avenida 27 de Febrero 5483, Nueva Pompeya; en Santa María del Buen Aire 1001, en avenida Cruz 1711, en avenida Vélez Sarsfield 566, en Guanahani 322 y en Herrera 341, Barracas; en Castillo 3140, Chacarita; y en Dr. R. Carillo 514, Villa Lugano.
Para circular en auto particular… https://t.co/q5QZDu2qBm (¡Gracias, @TucuLopez!)
— Derecho enZapatillas (@dzapatillas) January 25, 2015
Muy bueno lo suyo. No olvides (aunque no se si suma algo) que también hay resolución de la Super Intendencia de Seguros, en el mismo sentido que la 70 de 2009 de Agencia de seguridad Vial.
Superintendencia de Seguros de la Nación
ACTIVIDAD ASEGURADORA
Resolución 34.225/2009
Art. 4
g) NOTA: La posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores exigido por el artículo 68 de la Ley Nº 24.449. Conforme el artículo 2º de la Disposición Nº 70/2009 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo, no podrá ser aducida por la Autoridad de Constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos para la circulación.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/155000-159999/156571/norma.htm
Gracias y saludos.
Como siempre muy claro en sus palabras,gracias .
En la ley de tránsito dice que en caso de no tener seguro se te retiene la licencia y se labra un acta con la que se puede circular por 30 días hasta regularizar el asunto. Art 68, 72 y 77.
Vale aclarar que por más que el vehículo sea de capital, debe contar con la VTV para circular por Rutas nacionales, a mi me volvieron loco con eso en un viaje al norte y me dijeron que la Ley de tránsito así lo pide.
Excelente como siempre. Claro y con fuentes. Lo único que falta serían los links a los textos completos:
Disposición 70/2009: http://www.revistarap.com.ar/Derecho/administrativo/seguridad_vial/1ADM0206096675000.html
Ley de tránsito: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/818/norma.htm
Hace un par de meses a mi me paso algo similar. Venía en una calle de tierra, el día anterior había llovido y el camino era intransitable, doblo y agarro la paralela, me cruzo con un control policial y me informan que iba en contramano, cosa que no sabía porque las calles estaban sin señalizar y el transito era nulo. Me piden los papeles, como nos los tenía en el auto, me dicen que me van a poner una multa y llevarse el auto y mi carnet, les pido a que esperen a mi mama a que traiga los papeles, aceptando la multa, pero que no se lleven ni el auto ni el carnet, el oficial se niega, hablo con el jefe del operativo, el señor Fito Fernandez Viña, responsable de transito en san nicolas, y me dice que si no los tengo cuando me los piden me tiene que sacar el auto y carnet, yo le digo que espere unos minutos a que los traiga mi mama, el se niega y me dice que no puede esperar, yo insisto y digo que la ley me defiende, el me dice que es mentira y que “la espera era posible por una ordenanza que fue derogada”, ¿me mintió?. Yo le contesto, que si es cierto lo que dice el no esta aplicando la ley sino que esta abusando con la ley, en fin me resisto a que se lleven el auto y me niego a bajarme del mismo, hasta tanto no llegué mi mama con la documentación, para evitar que la grúa se lleve el auto.Vienen muchos policías, y uno me dice que me va a levantar otra acta y no me acuerdo si me dice que me va a detener, pero justo en ese momento llega mi mama con los papeles, entonces me bajo y se los entrego, Fito Fernandez Viña el jefe del operativo se niega a recibirlos, y proceden a llevarse el auto, en grúa y a retenerme el carnet. Me cobraron hasta la grúa a pesar de llevarse un auto con papeles y que pase bien la alcoholemia y tenía carnet. Me piden que firme el acta y me niego porque les dije que no firmaba sino aclaraban que se llevaron un auto que tenía todos los papeles. ¿Esta bien que me saquen el carnet?. Al otro día denuncié el operativo. Pasaron mas de un tres meses y no recibí respuesta, ¿hice bien?.
Gracias por las explicaciones,
Saludos!
hola,soy chofer de taxien caba por ende estoy autorizado a circular con mi tarjeta magnetica de chofer ,hice un viaje a entre rios me pararon y me dijeron que necesito la cedula azul para conducir el taxi.me querian secuestrar el auto despues me pidieron 900$ yterminaron haciendome una multa por no llevar cinturon de seguridad para dejarme ir.es necesario que tenga la cedula azul si caba me habilita a circular con la tarjeta magnetica de chofer.
Estoy varada en entre ríos me detuvieron el auto porq no tengo el ultimo comprobante de pago del seguro xq lo pago x debito y no me lo mandaron .me hicieron una multa de 6000
La verdad q no entiendo si existe lo q ustedes escriben aquí en entre río no estudian las mismas leyes q en buenos aires te secuestran el auto y te mandan a 7 km a un banco o a un locutorio para llamar y encima no tienen ni un baño en medio del campo te quitan el auto no hay una ley q nos proteja de estos abusos de autoridad
Voy a transitar por Uruguay con un auto de 19 años radicado en CABA. Saben si me van a pedir VTV?
Muchas gracias
La verdad no sé, quizás el consulado sepa. Por las dudas, si la tenés mejor…
Sirve la cédula verde si esta vencida pero el titilar va de acompañante?
Hola, Esteban: en teoría sirve, pero me gustaría chequear qué pasa con esto y el seguro de responsabilidad civil. Hay que analizar ese punto.
Hola, hay que ir con todo esto impreso a mano jaja sino pareciera que la ley no tiene importancia para el que te detiene…
Consulta, te detiene un policía, y tenés todo, pero la cédula verde está vencida y a nombre de otro, corresponde el acarreo? Si no corresponde, se puede reclamar luego? Cuanto tiempo hay para esto, y ante que organismo sería? Gracias!
Hola, con cédula verde a nombre de otro vencida no se puede circular. Más que acarreo se puede dejar el auto ahí y que el titular o autorizado lo busque. Un saludo.
hola, el que tiene la cedula azul va de acompañante, nos pueden multar?
Hola, mi pregunta es la siguiente.. salgo en el auto, hay un control y tengo el carnet vencido, esto es motivo de “RETENCION PREVENTIVA” del vehículo? que me hagan la multa esta perfecto porque estoy en infracción y es lógico. Pero es motivo de RETENCION? lo llame a mi papa para que lo retire al auto, ya que el es el titular, habrá pasado 20 minutos hasta que llego al lugar, al auto todavía no lo habían llevado..y tampoco se lo dieron..espero alguna respuesta..gracias!!
Excelente como siempre.
Hoy mismo me sucedio en un control con agentes de transito municipales (San Fernando, Prov. Bs As). Me paran a 2 cuadras de mi casa y por una distracción habia dejado cedula, carnet y seguro en otra mochila. Pido que me los alcancen, mi hermana se demora 5 minutos literalmente.
Le mostré al agente todos los papeles en regla, pero se amparo diciendo que como ya se habia labrado el acta de secuestro debian llevarse la moto y la tenia que buscar en la playa de infractores abonando el correspondiente acarreo.
Por lo que entiendo de la Ley Nacional esto es ilegal y no deberian hacerlo, si yo presento todo pueden labrarme la infracción pero no asi llevarse la moto.
¿Es como creo o existen ordenanzas a nivel municipal que vayan por sobre eso? para saberlo en futuros casos, aunque ya me los ate al cuelo…
Desde ya muchas gracias.
el Jefe de la Escuela Municipal de Tránsito municipal, Rubén Tamis da a conocer.
Nuestra ley es un plan de seguridad ejemplar” señaló Tamis y dijo que para circular en la Argentina no se necesita el permiso del manejo del titular si no está a nombre de la persona que conduce, la sola posesión de la cedula “verde” (vencida o no) acredita la circulación por cualquier conductor, salvo que haya sido obtenida mediante robo, hurto, engaño, abuso de confianza, u otras decepciones. Además, explicó en cuanto a las cedulas, que en Iguazú hay una ordenanza donde exige que los vehículos que sean conducidos por otras personas que no sean los titulares deben tener un permiso de conducir, “pero eso solo rige para los vehículos registrados en esa localidad”.
“La cedula azul sirve solamente para ir a otro país con un auto ajeno o una moto, pero en la Argentina yo no necesito” aclaró Rubén, esto se encuentra en el artículo 40 inciso “b” de la ley 24.449 y sus modificaciones 26.363.
esto es asi