Nuevo certificado de vacunación digital

Reemplaza al certificado de vacunación tradicional y es la constancia obligatoria a presentar ante las autoridades escolares o instituciones que lo pidan. Por qué es importante la vacunación.

Ahora habrá obligación del Estado y derecho de toda persona de tener un carnet unificado de vacunación (CUV). En este carnet que será digital, online y estará en la nube o cloud estarán todas las vacunas que se haya dado la persona, servirá de certificado.

Los antivirus no serán digitales y habrá que inyectarse, eso sí. Salvo los de la computadora que sí serán digitales, como el certificado de vacunación.

Esta medida ya regía en distintas provincias argentinas. Por ejemplo, Tucumán; se trata de un documento digital al que puede accederse online (con el login de la clave fiscal) e imprimirlo.

Este nuevo documento digital reemplaza al viejo carton troquelado que debía completarse con las vacunas, cual álbum de figuritas. La difícil es la de la difteria, claro ¿?

En tal sentido, el Subsecretario de Salud Pública de Tucumán, Sergio Epstein, expresó que tanto el hospital o vacunatorio que coloca una dosis de vacuna debe registrar en el sistema informático el cambio de estado.

El sistema también genera un carnet digital que muestra si el paciente tiene todas las enfermedades cubiertas de acuerdo a la edad y a las vacunas que se colocó.

Es bastante sencillo: las enfermedades que no están cubiertas aparecen en rojo, como una advertencia, para que el paciente se vacune. Para vacunas de más de una dosis, está el color amarillo.

 

Certificado de vacunación digital en Mendoza y establecimientos que pueden pedir el comprobante

En Mendoza, la resolución nro.  449 se obliga la implementación del  Registro digital unificado de vacunas en todos los efectores de salud pública de la provincial. Esta medida, que lleva a cabo el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, permite tener datos precisos en las coberturas de vacunación para detectar grupos de población vulnerable.

Así, si bien la organización es local, a nivel nacional ya se avanza para implementar el certificado único de vacunación. Desde ya, todo colegio, escuela o lugar público adonde concurran los chicos puede pedirlo como requisito para asistir o cursar a clases.

Se aprobó la nueva ley de vacunas

 

 

Anexo con certificado de vacunas a nivel nacional

 

Título: Carnet Unificado de Vacunación Digital. Aprobación.

Tipo: RESOLUCIÓN

Número: 1951

Emisor: Secretaría de Gobierno de Salud

Fecha B.O.: 20-sep-2019

Localización: NACIONAL

Cita: LEG101977

VISTO el EX-2019-70389154-APN-DD#MSYDS y,

CONSIDERANDO

Que el Gobierno Nacional fijó, a través del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, como una de sus políticas sustanciales a partir de 2016, avanzar en el camino hacia la COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD -CUS-.

Que mediante Ley N° 27491 se estableció la necesidad de diseñar y proveer un carnet unificado de vacunación -CUV-.

Que por Decreto N° 908 de fecha 2 de agosto de 2016 se aprueban las finalidades para la Estrategia CUS, dentro de las cuales se encuentra la de modernización del Sector Público de Salud.

Que por Decreto N° 958 de fecha 26 de octubre de 2018 se determinó dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS el de entender en la planificación de acciones de prevención, control, eliminación y erradicación de las enfermedades inmunoprevenibles.

Que asimismo el Decreto N° 958/18, estableció dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD, entender en el diseño de políticas estratégicas de carácter federal y territorial para la Cobertura Universal de Salud.

Que el Decreto N° 87/2017 facultaba al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN (actual Secretaría de Gobierno de Modernización) a dictar las normas operativas, aclaratorias, y complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el mencionado decreto y a elaborar los planes, protocolos, cronogramas de implementación, manuales y estándares, a ser aplicados por los organismos comprendidos en dicha medida.

Que en este sentido mediante la Resolución del entonces Ministerio de Modernización N° 494 de fecha 16 de agosto de 2018 se aprobaron los NIVELES DE ACCESO AL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO y el PROCESO DE VALIDACIÓN DE IDENTIDAD DEL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO.

Que la Resolución mencionada en el párrafo anterior delegó en la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL la facultad de dictar las normas operativas y complementarias a la misma.

Que mediante la Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD N°475 de fecha 14 de abril de 2016 se instruyó a todos los programas nacionales de salud, cualquiera sea su fuente de financiamiento, a colaborar y coordinar su accionar con la implementación y el desarrollo de la estrategia de la CUS, con el objeto de promover el acceso a la atención sanitaria integral, gratuita y con la adecuada calidad, jerarquizando el Primer Nivel de Atención.

Que por ANEXO I -IF-2018-23176242-APN-DD#MS- de la Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD N° 1013 de fecha 28 de mayo de 2018 se aprobó la estrategia de implementación de la CUS, la cual se desarrolló mediante tres ejes principales, del cual el segundo es el de SISTEMAS DE INFORMACIÓN INTEROPERABLES Y APLICACIONES INFORMÁTICAS.

Que mediante Resolución N° 189 de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD de fecha 25 de octubre de 2018 se aprobó la Estrategia Nacional de Salud Digital la cual encuentra dentro de sus objetivos que los registros y programas nacionales, así como los registros de vacunación, de vigilancia epidemiológica, estadísticas, etc., cuenten con datos oportunos, precisos y completos; que estos datos sean recibidos mediante los estándares de interoperabilidad propuestos, que simplifican y homogenizan los flujos de información, facilitando su implementación en los sistemas jurisdiccionales.

Que asimismo la estrategia mencionada en el párrafo anterior contiene dentro de sus principios que el paciente es el dueño de su información, y por lo tanto debe tener control sobre la misma, debe conocer la información registrada en el sistema de salud, saber para qué se utiliza y quiénes pueden acceder.

Que la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS y la SECRETARIA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD, han prestado su conformidad en virtud de la competencia que les asiste conforme el Decreto N° 958/18.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención en la faz de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese en formato digital el CARNET UNIFICADO DE VACUNACIÓN DIGITAL.

ARTICULO 2°-. La SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA de la SECRETARIA DE MODERNIZACIÓN, conforme a lo establecido en la Resolución N° 494/18, implementará el formato digital del CARNET UNIFICADO DE VACUNACIÓN DIGITAL creado por el artículo 1° de la presente.

ARTICULO 3°-. Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese Adolfo Luis Rubinstein

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