Los arrendamientos son trámites que forman parte de nuestra cotidianidad, por ello, es importante tener información clara al alcance y evitar problemas al realizar los contratos. En este artículo hablaremos sobre los arrendamientos en Madrid.
¿Cómo hacer un contrato de arrendamiento?
Para realizar un contrato de arrendamiento se debe cumplir con ciertas pautas que indican la información necesaria. Si bien se puede agregar más información, condiciones, etc., se debe cumplir con lo siguiente:
- Reflejar los datos completos de quienes intervienen en el contrato, incluyendo dirección y correo electrónico
- El arrendatario deberá indicar un domicilio que no coincida con la propiedad que esta alquilando, con el fin de poder localizarlo.
- En caso que el arrendatario sea una sociedad mercantil, se deben indicar los datos registrales de dicha sociedad, además de los datos de la persona autorizada, identificando el apoderamiento que se le otorga.
- Indicar los datos del inmueble involucrado en el contrato (datos registrales, localización, metraje y referencia catastral)
- La duración del contrato, en caso de ser vivienda tiene un máximo de 3 años. Se debe indicar un plazo para realizar la renovación y la renuncia.
¿Cuál es la ley aplicable?
La ley que rige los arrendamientos en Madrid, y en España en general, es la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Sobre ella han existido decretos tales como el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre o el Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, los cuales aportan información sobre medidas urgentes en torno a vivienda y alquiler.
¿Qué dice la nueva normativa y cuáles son las últimas reformas de arrendamiento?
La nueva normativa modifica 6 aspectos claves de la ley de arrendamiento
En primer lugar, la duración del alquiler, la cual tenía un máximo de 3 años, ha sido ampliada a 5 años y a 7 en caso que el arrendador sea persona jurídica.
En segundo lugar, anteriormente el contrato se prorrogaba automáticamente por un año (una vez finalizada la duración del mismo) si ninguna de las partes indicaba (con 6 meses de antelación) la intención de finalizar el mismo. Ahora, si ninguna de las partes manifiesta intención de no renovar, se prorroga necesariamente por tres años más.
En tercer lugar, la garantía máxima a fijar en un contrato es de dos mensualidades.
En cuarto lugar, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización de contrato corren por cuenta del arrendador en caso de ser persona jurídica.
En quinto lugar, el preaviso de no renovación será de 4 meses para propietarios y 2 meses para inquilinos
Por último, las causas que ameriten una recuperación de vivienda alquilada deberán expresarse en el contrato y cuando llegue el momento, se debe especificar cuál de ellas es.
Clausulas principales en el contrato de arrendamiento
En este sentido, las partes involucradas están en el derecho de incorporar clausulas al contrato. Sin embargo, estas no pueden eliminar los derechos obligatorios que establece la normativa vigente, es decir, no se puede modificar la extensión vigente, garantías superiores, etc.
¿Puede el propietario rescindir el contrato?
El propietario puede rescindir el contrato si ocurre alguna de las siguientes causas establecidas en la ley:
- Incumplimiento del pago de la renta.
- Incumplimiento del pago de la fianza
- El subarriendo o la cesión no consentida.
- Que se hagan daños en aspectos no consentidos por el arrendador.
- Se realicen actividades molestas, nocivas, ilícitas o peligrosas
- Cuando la vivienda deja de ser usada para satisfaces la necesidad de vivienda del arrendatario o de quien la ocupa.
MODELO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA que figura como
Anexo en la Orden 1/2008, de15 de enero, por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler de viviendas en la Comunidad de Madrid
(B.O.C.M. nº 17, de 21 de enero de 2008)
En…….…………………, a…….. de…………………… de 200…….
REUNIDOS
De una parte, D/D.ª……………………………………………………………………………………………………. ,
como arrendador, mayor de edad, con DNI número…………………………….. , y domicilio a efectos
de notificaciones, en la calle…………………………………………………………………………………………. ,
número……………, piso……., letra……, de………………………………………………………..
Y de otra, D/D.ª…………………………………………………………………………………………………………. ,
como arrendatario, mayor de edad, con DNI número……………………………………… , con domicilio
en el inmueble objeto de arrendamiento, y a efectos de notificaciones, respondiendo, solidariamente, en caso de ser varios arrendatarios, del cumplimiento de todas las obligaciones y derechos que dimanan del mismo.
AMBAS PARTES tienen suficiente capacidad legal para llevar a cabo este contrato, INTERVINIENDO en su propio nombre y derecho, (y en el caso de D/D.ª……………………………..
……………………………………………………………………., además, en nombre y representación de , según
datos del apoderamiento: Poder Notarial, Acuerdo de la Comunidad de Propietarios, escritura de nombramiento de Administrador, etcétera), siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones.
De mutuo acuerdo,
EXPONEN
- Que D/D.ª……………………………………………………………………………………………………… , en lo
sucesivo arrendador, en concepto de…………………………………………………………………………….. ,
tiene facultades legales para el arrendamiento de la vivienda al principio indicada.
- Que interesando a D/D.ª………………………………………………………………………………….. , en lo
sucesivo el arrendatario, arrendar la vivienda referenciada junto con los bienes muebles, en su caso, inventariados en el anexo al presente contrato.
Estando interesadas ambas partes, llevan a cabo el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, en base a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Regulación
El presente contrato se regirá por lo establecido entre las partes, y lo dispuesto en la legislación vigente.
Segunda. Objeto del arrendamiento y su destino. Entrega de la posesión
El arrendador, en este acto, hace entrega de la posesión de la vivienda referenciada en el encabezamiento con los bienes muebles, en su caso, en ella existentes al arrendatario, quien los toma a su plena satisfacción y en el estado físico en el que se encuentran y que es perfectamente conocido y aceptado por el arrendatario.
En ningún caso, se podrán desarrollar en la vivienda objeto del contrato actividades que sean consideradas nocivas, peligrosas, molestas, insalubres o ilícitas.
El arrendatario se somete al régimen de propiedad horizontal del inmueble donde se encuentra situada la vivienda y se compromete expresamente a observar los estatutos y normas de régimen interior de la comunidad de propietarios, cuidando de su cumplimiento y obligando a sus visitantes a respetarlos. Igualmente, el arrendatario evitará cualquier daño o empleo abusivo de la finca arrendada y de sus elementos comunes, y respetarán al máximo a las personas que constituyen dicha comunidad de propietarios.
Tercera. Plazo de duración
El plazo pactado de duración del presente contrato de arrendamiento es de un año, a contar desde la fecha de este otorgamiento, es decir, desde el día………. de…………………………… de… ,
por lo que concluirá llegado el día………. de…………………………… de…………. En todo caso, el
arrendatario está facultado para prorrogar el contrato hasta un plazo máximo de cinco años.
Dicha prórroga no tendrá lugar si el arrendatario así lo notifica por escrito al arrendador con, al menos, treinta días de antelación al plazo pactado o de cualquiera de sus prórrogas legales.
Cuarta. Prórrogas después de pasados cinco años de contrato
Si llegado el plazo máximo de cinco años de duración, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra su voluntad de no renovarlo, al menos, con un mes de antelación a dicha fecha, el contrato quedará prorrogado por anualidades, hasta tres anualidades más.
Se exceptúa el supuesto en que la parte arrendataria comunique a la arrendadora, como mínimo con un mes de antelación al vencimiento de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
Quinta. Renta
La renta anual fijada es de……………………………………………………………………………………… euros
(………………………………… €), a pagar en plazos mensuales de …………………………………….
euros (…………………………… €) por adelantado en los siete primeros días de cada mes. El pago se
hará de conformidad con lo que acuerden las partes, que deberá permitir dejar constancia de su efectivo cumplimiento.
La renta pactada se podrá revisar cada anualidad, a partir del primer año de vigencia del contrato, con arreglo al Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística, o por el índice oficial que le sustituya, en la forma establecida por la legislación vigente.
Sexta. Fianza
A la firma del presente contrato la parte arrendataria hace entrega en metálico de
.………………………………………………………………………. euros (…………………………….. euros),
equivalente a una mensualidad en concepto de fianza, con la obligación del arrendador de su depósito legal.
La fianza se restituirá a la finalización del contrato, conforme a lo establecido en la legislación vigente, una vez comprobado por el arrendador el buen estado de la vivienda y el adecuado cumplimiento de lo previsto en este contrato, pudiendo aplicarse, en otro caso, su importe por el arrendador, sin perjuicio de la responsabilidad ilimitada del arrendatario, al pago de las reparaciones, deudas y responsabilidades contraídas.
La fianza no podrá imputarse al pago de renta ni de ningún otro concepto ni tampoco justificará ningún retraso en los pagos a realizar.
Séptima. Gastos y servicios
Salvo pacto en contrario (que tendrá que quedar reflejado en documento anexo al presente contrato, con la cuantía global mensual y actualizada al día de la firma del mismo), los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, servicios, tributos, cargas y responsabilidades, que no sean susceptibles de individualización, serán a cargo de la parte arrendadora.
Los servicios y suministros propios de la vivienda arrendada que se individualicen mediante contadores (luz, teléfono, agua, gas, etcétera) serán por cuenta del arrendatario y se abonarán de acuerdo a lo que pacten las partes.
Octava. Conservación de la vivienda
La parte arrendadora está obligada a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate, sea imputable a la parte arrendataria.
En todo momento y previa comunicación al arrendador, el arrendatario podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.
Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda, serán a cargo del arrendatario.
El arrendatario está obligado a usar la finca arrendada con la debida diligencia y destinarla al uso pactado, así como a devolverla, en caso de finalización del contrato, tal como la recibió, salvo el deterioro producido por el tiempo o por causa inevitable.
Novena. Obras del arrendatario
Los arrendatarios no podrán realizar, sin el consentimiento expreso y por escrito del arrendador, ningún tipo de obras.
Décima. Cesión y subarriendo
Los arrendatarios no podrán ceder ni subarrendar total o parcialmente la vivienda sin la autorización previa y escrita del arrendador.
Undécima. Incumplimiento contractual
La parte arrendadora y la parte arrendataria, podrán resolver de pleno derecho el contrato por las causas previstas en la legislación vigente aplicable.
Duodécima. Resolución de conflictos
Para la resolución de cualquier litigio que pudiera derivarse de la interpretación o aplicación del presente contrato, las partes se someten, de mutuo acuerdo, al sistema arbitral de solución extrajudicial de conflictos de… (1), y a efectos
de notificaciones las partes designan como domicilio alternativo,
……………………………………………………………….. (domicilio alternativo del arrendador).
……………………………………………………………….. (domicilio alternativo del arrendatario).
(1) El sistema arbitral de solución extrajudicial designado por las partes será sustituido por el que determine e implante, en su caso, la Comunidad de Madrid, quedando sometidas las partes a este último de mutuo acuerdo.
Y de plena conformidad lo firman y rubrican en el lugar y fecha al principio indicadas. LA ARRENDATARIA LA ARRENDADORA