Rotulan y alertan de los productos de consumo inmediato

Supermercados y almacenes deberán indicar que están próximos a vencer

Los productos para consumo humano o animal que venzan en un plazo inferior a los quince días desde su exhibición para la venta deben contener un sello o rótulo de advertencia con la leyenda “Producto de consumo inmediato, próximo a vencer” en la parte frontal de sus etiquetas, dice una nueva ley neuquina.

Quienes vendan productos en tales condiciones son los responsables de incorporarles el rótulo mencionado, como ser supermercados o almacenes.

La autoridad de aplicación de la presente ley es la Dirección Provincial de Protección al Consumidor, o el organismo que la remplace.

Además, se faculta a la autoridad de aplicación para celebrar, con los municipios de la provincia, los convenios o acuerdos que considere necesarios, a fin de realizar los controles que permitan garantizar el cumplimiento de la presente ley.

La norma aclara que el incumplimiento de lo establecido en la presente ley hace pasible al infractor de las sanciones previstas en la Ley nacional 24240, de Defensa del Consumidor, y en la Ley 2268, de adhesión a dicha norma.

 

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