Se aprobó el Manual Operativo para el otorgamiento de Aportes No Reintegrables (ANR) (INTUR – La Ruta Natural I). El programa de ayuda es financiado a través del Contrato de Préstamo BID N° 5521/OC-AR.
Hay una convocatoria a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo de naturaleza en la REPÚBLICA ARGENTINA, para que en el plazo de DIEZ (10) días corridos , presenten sus proyectos de inversión.
Programa Ruta Natural
Programa de Desarrollo, Inversión y Facilitación del Turismo de Naturaleza de Argentina: ‘‘La Ruta Natural”
Manual operativo para el Financiamiento de Pequeños Prestadores Turísticos asociados a la Ruta Natural
INTUR Ruta Natural I
Contenido
1. 2. 3. 4. 5. 6.
Definiciones y siglas ………………………………………………………………………………………………………… 3 Introducción, Propósito, Definiciones………………………………………………………………………………… 4 Descripción del “Intur – La Ruta Natural I”………………………………………………………………………….4 Requisitos de admisibilidad ……………………………………………………………………………………………… 5 Beneficio ……………………………………………………………………………………………………………………….. 6 Gastos elegibles y gastos no elegibles ……………………………………………………………………………….. 7
6.1 Gastos elegibles ……………………………………………………………………………………………………………. 7 6.2 Gastos no elegibles ……………………………………………………………………………………………………….. 7 Procedimiento de Selección……………………………………………………………………………………………… 8 7.1 Convocatoria y postulación…………………………………………………………………………………………….. 8 7.2 Proceso de selección…………………………………………………………………………………………………….11 7.3 Listado de prestadores seleccionados ……………………………………………………………………………. 12 7.4 Composición de la Comisión Evaluadora ………………………………………………………………………… 13 Pago del Beneficio………………………………………………………………………………………………………….13 Rendición del beneficio………………………………………………………………………………………………….. 14 9.1 Generalidades …………………………………………………………………………………………………………….. 14 9.2 Confección de la Rendición de Cuentas…………………………………………………………………………..14 9.4 Trámite de rendición…………………………………………………………………………………………………….16 9.5 Intervención de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO ………………………………….. 17 9.6 Aprobación de rendiciones …………………………………………………………………………………………… 17 9.7 Rechazo de rendiciones ……………………………………………………………………………………………….. 17 9.8 Incumplimiento……………………………………………………………………………………………………………17 10. Informe de finalización del Proyecto de Inversión ………………………………………………………………. 18 11. Disposiciones varias ………………………………………………………………………………………………………… 18
7.
8. 9.
1. Definiciones y siglas
Siempre que en el presente Manual Operativo se haga referencia a algunos de los términos mencionados a continuación, los mismos se entenderán de la siguiente forma:
AFIP: ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ANR: Aporte No Reembolsable.
APN: Administración Pública Nacional.
AUTORIDAD DE APLICACIÓN: Es la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
BENEFICIARIOS: PRESTADORES que resulten elegibles y a los que se les apruebe el acceso al ANR del PROGRAMA.
BID: Banco Interamericano de Desarrollo.
CONTRAPARTIDA: Aporte realizado por el BENEFICIARIO.
DEPI: Dirección de Ejecución de Préstamos Internacionales dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
PROYECTO DE INVERSIÓN: Conjunto de actividades propuestas por el PRESTADOR TURÍSTICO, con el fin de alcanzar los objetivos propuestos.
MINISTERIO: MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES. MO: El presente Manual Operativo.
PRESTADOR TURÍSTICO: Persona humana o jurídica, que desarrolle una actividad vinculada al turismo.
PEQUEÑO PRESTADOR TURÍSTICO: PRESTADOR TURÍSTICO que cuenta con hasta CINCUENTA (50) empleados.
PRESTADOR TURÍSTICO INDEPENDIENTE: PRESTADOR TURÍSTICO que no tiene empleados a cargo.
PREVIAJE: PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA PREVENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES.
PROGRAMA: Programa de Desarrollo, Inversión y Facilitación del Turismo de Naturaleza de Argentina: ‘‘La Ruta Natural”.
TAD: Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), implementada mediante el Decreto N° 1.063 del 4 de octubre de 2016 y su modificatorio.
2. Introducción, Propósito, Definiciones
El presente Manual Operativo establece el procedimiento para el otorgamiento de Aportes No Reembolsables del Programa de Desarrollo, Inversión y Facilitación del Turismo de Naturaleza de Argentina: ‘‘La Ruta Natural” (Intur – La Ruta Natural – I) financiado a través del Contrato de Préstamo BID N° 5521/OC-AR, en el marco del apartado b) del Componente II “Incremento de la oferta turística en áreas naturales” del Anexo Único al mencionado Contrato de Préstamo.
Se regulan las convocatorias, selección, evaluación, adjudicación y seguimiento de los prestadores turísticos beneficiarios de los ANR. Las disposiciones no establecidas expresamente en este Manual Operativo seguirán las reglas generales establecidas en el Reglamento Operativo del Programa (ROP) y, en casos de contradicción, se interpretará y seguirán las cláusulas que surgen del Contrato de Préstamo BID N° 5521/OC-AR.
3. Descripción del “Intur – La Ruta Natural I”
El Programa de Desarrollo, Inversión y Facilitación del Turismo de Naturaleza de Argentina: ‘‘La Ruta Natural” tiene como objetivo general incrementar el gasto turístico en áreas naturales de interés, así como sus destinos asociados.
Los objetivos específicos del mencionado Programa son: (i) fortalecer la gobernanza turística a lo largo de la Ruta Natural propuesta, (ii) incrementar la oferta turística en áreas naturales y (iii) aumentar la visibilidad de Argentina como destino turístico de naturaleza en el mercado turístico.
Como una de las herramientas para el cumplimiento de tales objetivos, se previó el otorgamiento de asistencia financiera a prestadores turísticos mediante ANR para la realización de inversiones vinculadas al turismo de naturaleza.
En ese marco, el “Intur – La Ruta Natural I” otorga ANR destinados a proyectos de inversión vinculados al turismo de naturaleza, para los prestadores turísticos que surjan beneficiados. El Intur – La Ruta Natural I está alineado con el objetivo del Programa en cuanto a incrementar la oferta turística en áreas naturales definidas como de interés, como así también, sus destinos asociados.
El objetivo general del “Intur – La Ruta Natural I” es promover inversiones en PRESTADORES TURÍSTICOS INDEPENDIENTES y PEQUEÑOS PRESTADORES TURÍSTICOS, para que desarrollen y fortalezcan su oferta de productos y servicios turísticos en áreas naturales definidas como de interés como así también sus destinos asociados.
Los objetivos específicos de la herramienta son:
- Fortalecer la cadena de valor asociada al turismo de naturaleza;
- Contribuir al desarrollo de las economías regionales;
- Contribuir al desarrollo de turismo accesible y proyectos ambientalmentesustentables; y
- Favorecer el desarrollo humano en el territorio.Los aspectos operativos no contemplados en el presente Manual estarán consignados en las bases de las convocatorias, siempre y cuando no contradigan las disposiciones del presente manual.El MINISTERIO se reserva el derecho a cancelar, modificar, suspender el proceso de convocatoria y postulación; o a dejar vacantes el número de seleccionados en cualquiera de las etapas de selección que considere oportuno.
4. Requisitos de admisibilidad
Con el “Intur – La Ruta Natural I” se beneficiarán a los PRESTADORES TURÍSTICOS que cumplan con los siguientes requisitos de admisibilidad:
- Ser persona humana o jurídica domiciliada y constituida para actuar dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.
- Ser MiPyME con hasta CINCUENTA (50) empleados/as a cargo.
- Desarrollar en el país, por cuenta propia y como actividad registrada, alguna de las actividades comprendidas en el Anexo I del presente Manual Operativo, pudiendo la AUTORIDAD DE APLICACIÓN admitir prestadores de otras actividades que puedanser consideradas turísticas por su estrecha vinculación al sector.
- Prestadores que i) se encuentren en destinos donde los principales atractivos turísticos estén relacionados con el turismo de naturaleza y/o ii) que su actividad esté vinculada a la prestación de turismo naturaleza y/o turismo activo (incluye la visita a parques nacionales y otras reservas naturales, actividades como senderismo, trekking, kayak, cicloturismo, entre otros)
- Presentar un proyecto de inversión, el cual deberá ser aprobado por la AUTORIDAD DE APLICACIÓN, que implique mejorar en forma directa la oferta turística en áreas naturales definidas como de interés, como así también, sus destinos asociados.Quedan expresamente excluidos de la herramienta:1- Los PRESTADORES TURÍSTICOS que adeuden contraprestaciones por cualquier tipo de asistencia que hayan recibido del MINISTERIO o posean cuentas pendientes de rendición en el ámbito de éste.
2- Los PRESTADORES TURÍSTICOS que hayan resultado beneficiarios del Programa INTUR en su primera convocatoria, con excepción de aquellos beneficiarios que hayan presentado la rendición de cuentas y ésta haya sido aprobada por la autoridad competente.
5. Beneficio
Mediante el “Intur – La Ruta Natural I” se otorgarán aportes no reembolsables, con las siguientes características:
- Para PRESTADORES TURÍSTICOS INDEPENDIENTES el aporte podrá ser de hasta el OCHENTA POR CIENTO (80%) del total del PROYECTO DE INVERSIÓN, con un tope máximo de hasta PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000), debiendo el BENEFICIARIO aportar como mínimo el VEINTE POR CIENTO (20%) restante del PROYECTO DE INVERSIÓN.
- Para PEQUEÑOS PRESTADORES TURÍSTICOS, el aporte podrá ser de hasta el SETENTA POR CIENTO (70%) del total del PROYECTO DE INVERSIÓN, con un tope máximo de hasta PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000), debiendo el BENEFICIARIO aportar como mínimo el TREINTA POR CIENTO (30%) restante del PROYECTO DE INVERSIÓN.
- El monto mínimo del ANR es de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000) para todos los prestadores alcanzados por la herramienta.
- Solo se podrá presentar un Proyecto de Inversión por PRESTADOR TURÍSTICO.
Prestador Turístico |
Monto máximo ANR |
Porcentaje máximo ANR |
Contrapartida mínima |
Independientes $ 800.000 80% 20% Pequeños Prestadores $ 1.500.000 70% 30%
6. Gastos elegibles y gastos no elegibles 6.1 Gastos elegibles
A continuación, se detallan los gastos elegibles que podrán incluirse en los Proyectos de Inversión a ser financiados mediante el “Intur – La Ruta Natural I” y/o incluirse como contrapartida:
- Bienes de capital, equipamiento y otros activos tangibles: Se imputarán a este rubro inversiones en bienes de capital (maquinarias, partes de maquinarias, etc.) y nuevo equipamiento en general. No se podrán incluir conceptos tales como fletes, o gastos de instalación.
- Adecuación, ambientación, ampliación o refacción de inmuebles: Se incluirán en este caso los gastos de los materiales para la adecuación, ambientación, ampliación o refacción de bienes inmuebles. No se podrán incluir en este concepto gastos relacionados a mano de obra.Todos los proyectos de inversión deberán encontrarse directamente relacionados a la actividad turística registrada del prestador y asociarse a incrementar la oferta turística en áreas naturales definidas como de interés, como así también, sus destinos asociados.6.2 Gastos no elegibles
No podrán ser incluidos en el marco del Proyecto de Inversión los siguientes gastos:
- Compra o alquiler de inmuebles.
- Compra de bienes registrables.
- Reestructuración o liquidación de deudas impositivas, laborales y previsionales; pagosde dividendos; obligaciones financieras y/o recuperaciones de capital invertido.
- Compra de moneda extranjera.
- Transferencias de activos, adquisición de acciones y/o participaciones en el capitalsocial.
- Pago de inversiones realizadas con anterioridad a la notificación de la selección de laempresa.
- Gastos corrientes (capital de trabajo, insumos, folletería, gastos generales de administración, etc.).
- Animales.
- Software y otros activos intangibles.
- Línea blanca.
- Suministros que se adquieran para el recambio y/o actualización en servicios queactualmente brinda el prestador (vajilla, ropa de cama, manteles, etc.).
- Bienes que no se destinen exclusivamente a la prestación del servicio turístico:celulares, notebooks, entre otros.7. Procedimiento de Selección 7.1 Convocatoria y postulación
La selección de los beneficiarios y la asignación de los ANR se realizará mediante una convocatoria abierta que deberá ser publicada en el Boletín Oficial y en el sitio web de la DEPI (https://www.argentina.gob.ar/turismoydeportes/financiamiento-externo).
Los interesados en participar deberán presentar la documentación solicitada dentro del plazo establecido en la convocatoria.
Solo se podrá presentar un Proyecto de Inversión por PRESTADOR TURÍSTICO. En el supuesto en que un PRESTADOR TURÍSTICO presente varios Proyectos de inversión se dará trámite al primer proyecto presentado, rechazándose los demás.
La presentación de los proyectos de inversión deberá realizarse mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) (www.tramitesadistancia.gob.ar), de acuerdo al formulario “Proyecto de Inversión – Intur – La Ruta Natural I” que será publicado en el sitio web de la DEPI al momento de realizarse la convocatoria, y acompañando la siguiente documentación respaldatoria:
a) Personas humanas
Las personas humanas deberán presentar la siguiente documentación de manera obligatoria:
- DNI del postulante (anverso y reverso).
- Constancia de Inscripción en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOSPÚBLICOS o en Monotributo Social, donde se detalle que desarrolla como actividad registrada alguna de las actividades comprendidas en el Anexo I del presente manual, dicha inscripción deberá ser previa al lanzamiento de la convocatoria. De no encontrarse dentro de las actividades comprendidas en el Anexo mencionado, deberá
incluir documentación respaldatoria que permita acreditar que se trata de un
PRESTADOR TURÍSTICO.
- Copia de habilitación municipal y/o provincial.
- Constancia de CBU de una cuenta en pesos de titularidad del prestador beneficiario.No son aptas para recibir el beneficio las cuentas virtuales. Se deberá visualizarBanco, Sucursal, CBU y datos del titular (Nombre, Apellido y CUIT).
- Certificado MiPyME vigente, emitido por la Secretaría de la Pequeña y MedianaEmpresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo.
- En caso de tener empleados/as a cargo, Formulario 931 correspondiente al mesanterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
- Aval que acredite que su actividad está vinculada a la prestación de turismo naturalezay/o turismo activo. A modo enunciativo: declaración jurada C presentada por agencia de viajes para la licencia habilitante para poder operar; certificado o constancia expedido por la federación, cámara y/o asociación municipal y/o provincial y /o nacional de turismo, y/o cualquier otro organismo o asociación civil vinculada a la actividad que realiza donde conste que presta un servicio turístico vinculado a turismo de naturaleza y/o turismo activo, en esa provincia o localidad; pago de cánones para operar como guías de parques nacionales o provinciales; y cualquier otro tipo de documentación con la que acrediten ser prestadores de servicios vinculados al turismo de naturaleza y/o turismo activo.
b) Personas jurídicas
Las personas jurídicas deberán presentar la siguiente documentación de manera obligatoria:
- Estatuto de la entidad actualizado completo y su correspondiente inscripción en el Registro.
- Última acta de designación de autoridades, y vigente en el momento de solicitar el aporte, en caso de que corresponda.
- Poder del Apoderado, si actúa en representación.
- DNI del representante/s legal o apoderado (anverso y reverso).
- Constancia de Inscripción en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOSPÚBLICOS, donde se detalle que desarrolla como actividad registrada alguna de las actividades comprendidas en el Anexo I del presente Manual, dicha inscripción deberá ser previa al lanzamiento de la convocatoria. De no encontrarse dentro de las actividades comprendidas en el Anexo mencionado, deberá incluir documentación respaldatoria que permita acreditar que se trata de un PRESTADOR TURÍSTICO.
- Copia de habilitación municipal y/o provincial.
- Constancia de CBU de una cuenta en pesos de titularidad de la persona jurídica beneficiaria. No son aptas para recibir el beneficio las cuentas virtuales. Se deberá visualizar Banco, Sucursal, CBU y datos del titular (Nombre, Apellido y CUIT).
- Certificado MiPyME vigente, emitido por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo.
- En caso de tener empleados/as a cargo, Formulario 931 correspondiente al mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
- Aval que acredite que su actividad está vinculada a la prestación de turismo naturaleza y/o turismo activo. A modo enunciativo: declaración jurada C presentada por agencia de viajes para la licencia habilitante para poder operar; certificado o constancia expedido por la federación, cámara y/o asociación municipal y/o provincial y /o nacional de turismo, y/o cualquier otro organismo o asociación civil vinculada a la actividad que realiza donde conste que presta un servicio turístico vinculado a turismo de naturaleza y/o turismo activo, en esa provincia o localidad; pago de cánones para operar como guías de parques nacionales o provinciales; y cualquier otro tipo de documentación con la que acrediten ser prestadores de servicios vinculados al turismo de naturaleza y/o turismo activo.
La falta de acreditación de la documentación solicitada, tanto para personas humanas como jurídicas, implicará automáticamente la baja del proyecto seleccionado y el presentante no tendrá derecho a ningún reclamo.
Los datos proporcionados por el solicitante deben ser correctos, veraces y completos, asumiendo toda responsabilidad sobre la falta de veracidad o exactitud de los mismos. En caso de que los datos proporcionados por un solicitante resulten falsos, inexactos o engañosos, el Programa, quedará facultado, sin perjuicio de otras medidas legales a su disposición, a retirar, denegar o suspender los derechos otorgados al Postulante.
Sólo se considerará válido el Proyecto de Inversión y la documentación presentada por el PRESTADOR TURÍSTICO en el momento de la generación de su postulación. Toda modificación o documentación adicional presentada con posterioridad no será tenida en cuenta para la evaluación.
c) Documentación complementaria:
Se recomienda acompañar todo antecedente que facilite visualizar en qué va a aplicar los fondos (presupuesto, fotografías, etc.) y que permita acreditar la habilitación del servicio turístico que ofrece y/o quiere ofrecer (página web; fotos; constancia de habilitación para prestar el servicio; certificados, notas de prensa, etc.).
7.2 Proceso de selección
Una vez finalizado el plazo de la convocatoria, la Comisión Evaluadora evaluará los proyectos de inversión recibidos, su pertinencia y contenido, a fin de determinar su factibilidad.
Se verificará el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad por parte de los PRESTADORES TURÍSTICOS.
Respecto de aquellos PRESTADORES TURÍSTICOS admitidos, se evaluarán y puntuarán considerando los siguientes criterios en relación con sus características y la de sus proyectos de inversión:
En relación con los prestadores turísticos:
- Perspectiva de género: Se priorizará a los prestadores turísticos que contemplen la participación de la mujer y otras identidades no binarias. En el caso de PRESTADORES TURÍSTICOS INDEPENDIENTES vinculados al turismo se valorará a titulares mujeres y otras identidades no binarias con SIETE (7) puntos; mientras que, para los PEQUEÑOS PRESTADORES TURÍSTICOS vinculados al turismo, se ponderarán a mujeres y otras identidades no binarias que sean socias, con SIETE (7) puntos.
- PREVIAJE: Se ponderará con TRES (3) puntos a los prestadores turísticos inscriptos en el Registro de Prestadores del PREVIAJE de la última edición.
- Calidad: Se ponderará con ONCE (11) puntos a los prestadores se encuentran distinguidos por alguna de las herramientas que integran el Sistema Argentino de Calidad Turística (SACT).
- Prestador de turismo de naturaleza: Se priorizará con NUEVE (9) puntos a aquellos prestadores cuya actividad está directamente relacionada a la prestación del turismo de naturaleza.En relación con el proyecto de inversión:
• Desarrollo de la oferta de turismo de naturaleza: Se ponderará con hasta VEINTE (20) puntos, de la siguiente manera:
o Aquellos proyectos que mejoren o amplíen la oferta de turismo de naturaleza y/o activo de manera directa (equipamiento para actividades de turismo de naturaleza/turismo activo y/o infraestructura para el desarrollo de actividades de turismo de naturaleza/turismo activo) se ponderará con DIEZ (10) puntos.
o Aquellos proyectos diferenciados como innovadores para la región donde se desarrollan (incorporación de equipamiento signado por la innovación y/o
infraestructura para el desarrollo de actividades diferenciadores para la región,
se ponderará con DIEZ (10) puntos.
- Aval del Proyecto: Se puntuará con DIEZ (10) puntos a aquellos proyectos quecuenten con un aval de una institución pública o privada que dé cuenta, de formajustificada, que con el proyecto se fortalece la oferta de turismo de naturaleza.
- Promover el desarrollo ambientalmente sustentable: Se ponderará con hastaVEINTE (20) puntos si el proyecto incluye criterios ambientalmente sustentables:
o Para proyectos que incluyan inversiones en energía renovable y otras iniciativas ambientalmente sustentables (por ej. tratamiento de residuos,
huertas orgánicas) se ponderará con DIEZ (10) puntos
o Para proyectos que incluyan inversiones en el uso eficiente de los recursos
(electricidad, agua, gas), se ponderará con DIEZ (10) puntos.
• Promover el desarrollo de turismo accesible: Se ponderará con VEINTE (20) puntos si el proyecto incluye criterios de accesibilidad que fomenten la inclusión de
personas con discapacidad, movilidad o comunicación reducida.
Una vez evaluados los PRESTADORES TURÍSTICOS y los PROYECTOS DE INVERSIÓN, se confeccionará un listado con el orden de mérito. En caso de existir un empate, el criterio a utilizar para desempatar será el orden de llegada de las propuestas de proyectos a financiar.
La DEPI dará intervención a la Dirección de Contabilidad y Finanzas de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, a fin de que informe los PRESTADORES TURÍSTICOS que adeudan contraprestaciones por cualquier tipo de asistencia que hayan recibido del MINISTERIO o poseen cuentas pendientes de rendición.
7.3 Listado de prestadores seleccionados
La Comisión Evaluadora (CE), conforme a los criterios de selección establecidos en este Manual, emitirá un dictamen de evaluación indicando:
- Prestadores turísticos y proyectos de inversión rechazados;
- Prestadores turísticos y proyectos de inversión admitidos;
- Orden de mérito de los prestadores turísticos y proyectos de inversión seleccionados,de acuerdo con los criterios de priorización establecidos en el apartado 7.2, recomendando la aprobación de los interesados que hayan obtenido el mayor puntaje, hasta agotar el monto de ANR de la convocatoria.El dictamen de evaluación no tendrá efectos vinculantes para la AUTORIDAD DE APLICACIÓN, quien podrá apartarse del mismo fundando razonablemente su decisión. La
AUTORIDAD DE APLICACIÓN, mediante acto administrativo, aprobará los Proyectos de Inversión seleccionados y podrá dictar normativa complementaria.
La aprobación del Proyecto de Inversión no implica el reconocimiento u otorgamiento del CIEN POR CIENTO (100%) del monto solicitado. La AUTORIDAD DE APLICACIÓN se reserva el derecho a otorgar el monto que considere pertinente.
7.4 Composición de la Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora (CE) estará compuesta por un total de CINCO (5) miembros con rango mínimo de Coordinador de diferentes áreas del MINISTERIO, a saber: DOS (2) personas de la DEPI y TRES (3) personas de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO; pudiendo ajustarse debido a la cantidad de solicitantes y las necesidades de las tareas.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora:
- Revisar la documentación presentada por los postulantes;
- Evaluar los Proyectos de Inversión presentados por postulantes;
- Elaborar el Dictamen de evaluación, informando los Proyectos de Inversiónrechazados y los admitidos, estableciendo el orden de mérito y recomendando la aprobación y pago de los que hayan obtenido el mayor puntaje.8. Pago del Beneficio
Una vez dictado el acto de adjudicación, la DEPI notificará a los BENEFICIARIOS al correo electrónico denunciado al momento de realizar la presentación y solicitará su confirmación de interés. Si pasados los TRES (3) días corridos de recibida la notificación el BENEFICIARIO no informará su conformidad, se dará de baja el beneficio.
Una vez recibida la conformidad del Prestador Turístico el MINISTERIO, mediante acto administrativo, aprobará el pago de los ANR seleccionados.
Los pagos serán realizados por la DEPI, responsable de la coordinación administrativa del Programa de Desarrollo, Inversión y Facilitación del Turismo de Naturaleza de Argentina: ‘‘La Ruta Natural”, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 4° del Decreto N° 447/2020.
Ningún BENEFICIARIO podrá acceder a un monto superior a los límites establecidos en las bases de la convocatoria.
9. Rendición del beneficio 9.1 Generalidades
Se entenderá por “transferencia” en el marco del presente Manual, todo traspaso de Fondos en el marco del “Intur – La Ruta Natural I” a favor de un beneficiario, a fines de su aplicación al cumplimiento del Proyecto de Inversión aprobado.
Las transferencias serán realizadas a la Cuenta Bancaria informada por los beneficiarios al momento de presentar su postulación al “Intur – La Ruta Natural I”.
Realizada la transferencia de fondos a los beneficiarios, éstos deberán remitir copia del Extracto Bancario identificando la efectiva Acreditación en la Cuenta Bancaria.
La rendición de cuentas se realizará ante la DEPI, responsable de la coordinación administrativa del Programa de Desarrollo, Inversión y Facilitación del Turismo de Naturaleza de Argentina: ‘‘La Ruta Natural”, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 4° del Decreto N° 447/2020.
9.2 Confección de la Rendición de Cuentas
Las rendiciones deberán ser confeccionadas y detalladas mediante el Formulario de Declaración Jurada sobre Aplicación de Fondos (Anexo II) y Formulario de Documentación Respaldatoria de la Inversión de Fondos del Subsidio (ANEXO III), los mismos deberán ser remitidos a la DEPI mediante el Sistema TAD, conjuntamente con copia de las comprobantes detallados y ordenados cronológicamente.
Los Formularios indicados, así como la documentación respaldatoria deberá encontrarse suscritos por el BENEFICIARIO.
Los BENEFICIARIOS deberán velar por la correcta realización de todas las compras necesarias para el cumplimiento del Proyecto de Inversión, para lo cual deberá tener en cuenta las siguientes pautas:
1. El gasto debe estar contemplado en el Proyecto de Inversión aprobado. Caso contrario, se considerará no financiable.
2. Se reconocerán compras realizadas desde la fecha de la acreditación de los fondos en la cuenta bancaria. No se reconocerán ni aprobarán rendiciones efectuadas con facturas de fecha anterior.
3. Los gastos deben estar respaldados por comprobantes, que deberán cumplir los siguientes requisitos:
a. Las facturas, tickets y recibos deben ajustarse a las normas impositivas vigentes.
- Deben recibirse Facturas, verificando que al pie de cada comprobante se consigne la fecha de la Clave de Autorización de Impresión (C.A.I.) no vencida a la fecha de emisión de los mismos, o Código de Autorización Electrónico (C.A.E), aplicable a tickets/facturas y/o Facturas o Recibos tipo “B” o “C”. En caso de presentarseFacturas tipo “A”, sólo se tomará el valor neto.
- Los tickets que podrán admitirse deben ser los expedidos por máquinas impresoras que cuenten con Controlador Fiscal. Ello se verifica constatando que al pie de este comprobante conste la sigla: “C.F.-D.G.I.”
- La factura debe detallar los bienes o insumos adquiridos, en el caso que no detalle la misma, deberá presentarse un recibo o remito que la detalle.
- En caso que el comprobante contenga tachadura y/o enmienda, deberá estar salvado por el emisor del mismo.
- La factura debe ser confeccionada a nombre del BENEFICIARIO.
- La factura debe encontrarse completa en todos sus campos (DenominaciónCUIT/Domicilio del comprador)
- Los comprobantes contables deberán contar con sello de inutilización quegarantice su afectación e imputación al presente financiamiento, bajo la leyenda: “IMPUTADO A INTUR – LA RUTA NATURAL I”. Dicho sello deberá ser aplicado sobre la factura original.
- Los comprobantes deberán tener adjunta la validación impresa, expedida mediante consulta efectuada por ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en cumplimiento del Decreto N° 477/2007.
La misma podrá ser consultada por los beneficiarios en los siguientes Links: Constancia de Inscripción del Proveedor: https://seti.afip.gob.ar/padron-puc-constancia-internet/ConsultaConstanciaAction.do Constatación de Comprobantes: https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/comprobantes/Default.aspx
El MINISTERIO no se responsabilizará ante la pérdida, sustracción o robo del dinero.
En caso de que existan circunstancias fundadas que le impidan cumplir con el Proyecto de Inversión aprobado, el PRESTADOR TURÍSTICO realizará la rendición de lo efectivamente realizado, debiendo reintegrar los fondos que no pudieron emplearse a los fines dispuestos. El Beneficiario deberá informar y justificar la devolución de los fondos mediante el Sistema TAD, debiendo adjuntar el comprobante de transferencia bancaria, DEBIN o depósito bancario.
Los importes a ser devueltos deberán ser transferidos a la Cuenta N° 62877/60, CBU 0110599520000062877608, a nombre del Préstamo BID 5521/OC-AR, De titularidad del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES (CUIT 30611160344).
9.3 Plazo de Presentación
Los beneficiarios deberán presentar la rendición de cuentas dentro de los NOVENTA (90) días corridos contados a partir de la efectiva recepción de fondos.
El plazo podrá ser prorrogado por un periodo máximo de TREINTA (30) días corridos. El otorgamiento de las prórrogas podrá ser otorgado por autoridad no inferior a SUBSECRETARIO/A. La solicitud de prórroga deberá ser presentada y fundada por el BENEFICIARIO ante la DEPI.
La presentación de la rendición no implica la aprobación de los gastos rendidos, la misma será analizada y de encontrarse observaciones serán debidamente comunicadas.
9.4 Trámite de rendición
A partir de la transferencia de los fondos a los BENEFICIARIOS, la Coordinación Financiera de la DEPI llevará a cabo un proceso de seguimiento, control y verificación de la documentación respaldatoria de la ejecución de los fondos.
No serán reconocidos los gastos:
- Cuyos comprobantes respaldatorios no cumplan con las normativas vigentes.
- Cuyos comprobantes no estén emitidos a nombre de los beneficiarios.
- Que respondan a compra de bienes usados.
- Gastos y/o comisiones bancarias
- Gastos provenientes de impuestos o retenciones.
- Que hubieren sido emitidos por cualquiera de los integrantes de sus órganos dedirección y/o administración.
- Gastos considerados como no elegibles de acuerdo con el presenta ManualOperativo.
Todas las observaciones u objeciones realizadas por la Coordinación Financiera de la DEPI serán notificadas al BENEFICIARIO determinando las acciones correctoras a tomar.
Los beneficiarios deberán subsanar las mismas en un plazo máximo de DIEZ (10) días hábiles a partir de la fecha de notificación presentando una nota ante la DEPI, detallando cada una de las observaciones y/u objeciones y las correspondientes acciones correctivas ejecutadas para cada una.
9.5 Intervención de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO
La DEPI dará intervención a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO, o a la dependencia que ésta designe en su lugar, a fin de que elabore un informe técnico- administrativo, que dé cuenta del efectivo uso de los recursos asignados según lo comprometido en el Proyecto de Inversión y la presentación de las Declaraciones Juradas que como Anexos II y III acompañan el presente Manual Operativo.
9.6 Aprobación de rendiciones
La Coordinación Financiera de la DEPI elaborará un informe que dé cuenta del resultado del control de los comprobantes de erogación de recursos, las declaraciones juradas y, en caso de corresponder, el comprobante de devolución de fondos no utilizados; y sugerirá a la DEPI la aprobación o rechazo de la rendición contable presentada.
La DEPI aprobará o rechazará la rendición contable. Si la rendición fuera aprobada, con la constancia de notificación de las/os intervinientes, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Se entiende que la rendición de cuentas se encuentra cumplida cuando se acredite -en los términos del presente Manual Operativo- la afectación de la totalidad de los fondos transferidos y el cumplimiento del objetivo para el cual fue otorgada la transferencia; o cuando habiendo acreditado la afectación parcial de los fondos transferidos, se proceda a la devolución de los no afectados, de conformidad con lo previsto en el apartado 9.2 del presente.
9.7 Rechazo de rendiciones
Rechazada la rendición de cuentas, o transcurrido el plazo de rendición y sus respectivas prórrogas e intimaciones sin que mediare un motivo razonable para la dilación, el PRESTADOR TURÍSTICO deberá devolver los gastos no reconocidos, los cuales deberán ser transferidos a la Cuenta N° 62877/60, CBU 0110599520000062877608, a nombre del Préstamo BID 5521/OC-AR, De titularidad del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES (CUIT 30611160344).
9.8 Incumplimiento
El incumplimiento de la obligación de rendir cuentas ya sea por el vencimiento del plazo establecido para su presentación o que la misma resulte rechazada implicará la exclusión del PRESTADOR TURÍSTICO de futuras convocatorias realizadas en el marco del Programa PREVIAJE, INTUR (Resolución MTYD N° 331/2022), Intur La Ruta Natural, o cualquier otro Programa o asistencia del MINISTERIO.
A esos efectos, la DEPI confeccionará un listado de los PRESTADORES TURÍSTICOS que hayan incumplido e informará a las SSDE y SSDA.
10. Informe de finalización del Proyecto de Inversión
El BENEFICIARIO deberá informar acerca de la ejecución del PROYECTO aprobado, debiendo consignar:
• El detalle de las actividades realizadas.
• El monto financiado con el ANR obtenido y el monto financiado con el aporte
consignado como CONTRAPARTIDA.
• Los principales logros/resultados obtenidos con la ejecución del PROYECTO.
Asimismo, deberá anexar todos los productos verificables (fotos, video, publicaciones u otros) que permitan dar cuenta del cumplimiento del PROYECTO.
La DEPI podrá solicitar toda otra documentación que estime conveniente para evaluar la correcta realización del PROYECTO.
11. Disposiciones varias
Los montos de pago de los ANR no quedan sujetos a ajuste o revisión alguna en virtud de los cambios que pudiesen producirse en los precios, en la tasa de cambio o en los costos reales incurridos por el prestador.
El MINISTERIO se compromete a financiar únicamente los gastos elegibles por el importe aprobado, por lo que el BENEFICIARIO asume los demás costos que demande la ejecución del PROYECTO, incluyendo el pago de los mayores importes que pudieren sobrevenir como consecuencia de aumentos de costos o imprevisiones que sean necesarios para la realización del PROYECTO.
Todos los bienes adquiridos en el marco del PROYECTO serán propiedad de los BENEFICIARIOS.
ANEXO I
Segmento |
CLAE |
Descripción |
Alojamiento
ACTIVIDADES ALCANZADAS
551021 Servicios de alojamiento en pensiones
Alojamiento |
551022 |
Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que incluyen servicio de restaurante al público |
Alojamiento |
551023 |
Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que no incluyen servicio de restaurante al público |
Alojamiento Alojamiento Agencias de viaje Agencias de viaje Transporte
Transporte
Transporte Transporte Transporte Transporte Alquiler de Alquiler de
Alquiler de
Alquiler de
551090 Servicios de hospedaje temporal n.c.p.
552000 Servicios de alojamiento en campings
791100 Servicios minoristas de agencias de viajes
791200 Servicios mayoristas de agencias de viajes
492160 Servicio de transporte automotor interurbano no regular de pasajeros
492170 Servicio de transporte automotor internacional de pasajeros
492180 Servicio de transporte automotor turístico de pasajeros 501100 Servicio de transporte marítimo de pasajeros
502101 Servicio de transporte fluvial y lacustre de pasajeros 511000 Servicio de transporte aéreo de pasajeros
771110 Alquiler de automóviles sin conductor
771190 Alquiler de vehículos automotores n.c.p., sin conductor ni operarios
771290 Alquiler de equipo de transporte n.c.p. sin conductor ni operarios
771210 Alquiler de equipo de transporte para vía acuática, sin operarios ni tripulación
561011 Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo 561012 Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo
autos autos
equipos equipos
Gastronomía
Gastronomía
Gastronomía Gastronomía
Gastronomía Gastronomía Gastronomía
Gastronomía
Gastronomía
Parques nacionales, parques temáticos
Parques nacionales, parques temáticos
Parques nacionales, parques temáticos
Otros servicios Otros servicios Otros servicios
Otros servicios Otros servicios Otros servicios
561013 Servicios de “fast food” y locales de venta de comidas y bebidas al paso
561014 Servicios de expendio de bebidas en bares
561020 Servicios de preparación de comidas para llevar
561030 Servicio de expendio de helados
561040 Servicios de preparación de comidas realizadas por/para vendedores ambulantes.
562010 Servicios de preparación de comidas para empresas y eventos
562099 Servicios de comidas n.c.p.
910200 Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos
910300 Servicios de jardines botánicos, zoológicos y de parques nacionales
939010 Servicios de parques de diversiones y parques temáticos
791901 Servicios de turismo aventura
791909 Servicios complementarios de apoyo turístico n.c.p.
681010 Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares
823000 Servicios de organización de convenciones y exposiciones comerciales, excepto culturales y deportivos
477210 Venta al por menor de artículos de talabartería y artículos regionales
939020 Servicios de salones de juegos
Gastronomía |
561019 |
Servicios de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador n.c.p. |
ANEXO II DECLARACION JURADA SOBRE APLICACIÓN DE FONDOS – DDJJ
(Lugar y fecha de emisión)
Sra. DIRECTORA DE EJECUCIÓN DE PRÉSTAMOS INTERNACIONALES SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
S/D:
El/los que suscribe/n …………………….(Nombre del Prestador Turístico Independiente o del representante legal en caso de Pequeños Prestadores Turísticos) en nuestro carácter de …………………(invocar los cargos), respectivamente, de …………..(nombre del Prestador Turístico) con domicilio real/legal en ……………. de la Ciudad de ………., Provincia de …………………., manifestamos con carácter de DECLARACIÓN JURADA, que he/hemos aplicado los fondos del “Intur – La Ruta Natural – I” mediante Resolución No ……/20… (Nro. de resolución del correspondiente a la transferencia), tramitado bajo EX-…………………………. (Nro. de Expte. en el que tramitó la transferencia) conforme el detalle que se expone seguidamente, y con arreglo al/los FORMULARIO/S, que se adjuntan a la presente:
$ ………………. $…………………. $ ………………. $ ……………….
Adicionalmente, también con carácter de DECLARACIÓN JURADA manifiesto/manifestamos que:
- Los fondos recibidos fueron empleados para el objeto solicitado.
- El grado de avance de las metas comprometidas es del ____%. (No aplica)
- Que fueron cumplidos los procedimientos requeridos por las normas provinciales y/omunicipales, en su caso, en cuanto a la administración presupuestaria, sistema de registración contable, régimen de contrataciones, reglamento de bienes y que asimismo fueron observadas las normas de control interno vigentes en la jurisdicción respectiva.
Suma total otorgada |
Inversión rendida |
Inversión total acumulada |
Saldo a invertir |