Las motos pueden estacionar en cualquier lugar permitido para los vehículos, es decir, un auto no puede estacionar en la vereda y una moto tampoco. Además, si está prohibido estacionar para los vehículos en general, las motos tampoco pueden hacerlo.
Los motovehículos, motos y ciclomotores están sujetos a la ley de tránsito. La normativa puede variar a nivel local, por ejemplo en cada municipio y por horarios.
Por ley el espacio permitido para estacionar motos y motocicletas debe ser en los primeros metros de la calle, lugar reservado en esquinas.
A su vez, tienen como ventaja espacios exclusivos, que están demarcados con el cordon naranja y la señalización en las calles, hay que ver los carteles.
La nueva ley introdujo un cambio para los motovehículos: antes debían estacionar de manera paralela al cordón, y con la nueva normativa deberán estacionar de 45° a 90º.
La realidad al estacionar motos
La realidad es que mas que para penalizar las motos legalmente no se las protege mucho. Cuando estacionas la moto en la calle y no en la vereda se la llevan puesta los autos sobretodo si estacionas a 90°) no es lo mismo un choque entre auto y auto que auto y moto. Inclusive algunas personas te las corren como si fuese un carrito de super. Ademas de las cagadas a puteadas que te comes por todos.
En el garage, la tarifa debe estar publicada en la puerta. Es un derecho cobrar fraccionado pasada la media hora, siempre pedir el ticket que es la prueba del contrato.