Derechos de Autor y la Inteligencia Artificial: ¿Quién es el Autor en la Era Digital?

Nuevas directivas de la oficinas de derechos de autor de los Estados Unidos

El avance de la inteligencia artificial (IA) ha generado un debate intenso sobre la propiedad intelectual. ¿Quién es el autor de una obra generada por IA? ¿Puede un usuario reclamar derechos de autor sobre el resultado de un software de generación de contenido? La Oficina de Derechos de Autor de EE.UU. acaba de publicar un informe crucial que responde a estas preguntas y sienta precedentes para el futuro de la creatividad digital.

El Dictamen de la Oficina de Derechos de Autor de EE.UU.

Según el informe Copyright and Artificial Intelligence, Part 2: Copyrightability (enero 2025), las reglas del derecho de autor siguen firmes:

✅ Los aportes humanos sí son protegibles
✅ La edición o modificación de un resultado de IA puede ser protegida
✅ El uso de IA como herramienta asistencial no afecta la protección de derechos
❌ Las obras generadas exclusivamente por IA no pueden ser protegidas
❌ Los prompts por sí solos no son suficientes para reclamar derechos de autor

El informe analiza más de 10,000 comentarios de expertos, artistas, académicos y empresas, y concluye que el derecho de autor no necesita cambios legislativos para abordar la IA. En cambio, cada caso debe analizarse individualmente【15】.

Tecnología y Creatividad: ¿Dónde Está el Límite?

Las Reglas de la Autoría
El derecho de autor ha evolucionado con la tecnología, desde la fotografía hasta los videojuegos. Sin embargo, siempre ha habido un criterio constante: la autoría requiere una contribución humana.

El fallo de la Corte Suprema en Feist Publications, Inc. v. Rural Telephone Service Co. (1991) estableció que el esfuerzo no es suficiente; debe haber creatividad【15】. Asimismo, en Burrow-Giles Lithographic Co. v. Sarony (1884), la Corte determinó que las fotos podían ser protegidas porque involucraban decisiones creativas humanas, como la iluminación y la composición【15】.

El Caso de la IA

A medida que la IA se convierte en una herramienta para la creación de contenido, surge la pregunta: ¿una imagen generada por Midjourney o un texto creado con ChatGPT es obra del usuario o de la IA?

En 2023, un tribunal en EE.UU. sentenció que una imagen generada completamente por IA sin intervención humana no puede ser registrada bajo derechos de autor (Thaler v. Perlmutter). La decisión refuerza que la autoría debe ser humana【15】.

Los Prompts y la Propiedad Intelectual

Una de las cuestiones más polémicas es si los prompts (instrucciones dadas a la IA) pueden generar derechos de autor.

🔹 El problema del “black box”: La IA no siempre sigue instrucciones exactas, lo que hace que el control del usuario sea indirecto.
🔹 El argumento de la expresividad: Algunos expertos sostienen que prompts detallados podrían considerarse parte de una autoría.
🔹 Conclusión legal: Aunque el texto de un prompt podría ser protegido si es creativo, el output de IA no se considera automáticamente propiedad del usuario【15】.

La Oficina de Derechos de Autor concluye que los prompts no constituyen suficiente control sobre el resultado como para otorgar derechos automáticos【15】. Argentina también enfrenta estos dilemas legales, aunque su Ley 11.723 de Propiedad Intelectual no menciona explícitamente la IA.

Puntos Claves

📌 Autoría Humana: La ley protege “obras del ingenio humano”, lo que podría excluir creaciones 100% de IA.
📌 Modificaciones Protegibles: Si un usuario edita una imagen generada por IA, su aporte sí podría estar protegido.
📌 Futuro Legal: Aún no hay fallos que definan el tema en Argentina, pero el debate ya está en curso.

Si bien en EE.UU. la discusión ha llegado a los tribunales, en Argentina aún falta un marco regulatorio claro. Sin embargo, el principio de originalidad y autoría humana sigue siendo central en la protección de los derechos de autor.

El dictamen de la Oficina de Derechos de Autor de EE.UU. refuerza una realidad: la IA no reemplaza la creatividad humana, sino que la complementa.

La clave para la protección de derechos sigue siendo la intervención humana: ya sea en la edición, en la selección creativa o en la modificación de los resultados generados por IA. Para creadores y artistas, esto significa que usar IA como herramienta no anula sus derechos, pero depender completamente de ella sí.

Con la tecnología avanzando rápidamente, la gran pregunta es: ¿cambiarán las leyes en el futuro para reconocer la “autoría compartida” con la IA? La respuesta aún está por escribirse.

 

Copyright-and-Artificial-Intelligence-Part-2-Copyrightability-Report

 

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