La lucha por un tratamiento vital: El caso de Mateo y el fallo judicial que sentó un precedente

La historia de Mateo es una de esperanza, desafíos y una importante victoria legal. Mateo, un niño que padece acondroplasia, una enfermedad genética que afecta el crecimiento óseo, necesitaba un tratamiento de última generación llamado Voxzogo (vosoritide). Este medicamento, aunque no cura la enfermedad, puede mejorar significativamente la calidad de vida de los pacientes.

El problema surgió cuando la obra social de la familia, OSDE, se negó a cubrir el tratamiento. Argumentaron que el medicamento no estaba incluido en el Plan Médico Obligatorio (PMO) y que su costo, altísimo, pondría en riesgo la sustentabilidad del sistema de salud para todos sus afiliados. La familia, decidida a no rendirse, llevó el caso a la justicia a través de una acción de amparo.

El caso llegó a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario, que tuvo que sopesar un dilema complejo: ¿hasta dónde llega la responsabilidad de una obra social en un caso de altísimo costo?

La decisión del tribunal fue contundente y favorable a Mateo. Los jueces no solo tomaron en cuenta el derecho a la salud del menor, que es de rango constitucional, sino que lo ampliaron: la salud no es solo la supervivencia, sino la capacidad de vivir con dignidad, autonomía e independencia. Los jueces consideraron que, por su condición de niño con discapacidad, Mateo se encontraba en una situación de especial vulnerabilidad que justificaba una excepción a la regla del PMO.

Un factor clave para el fallo fue la evidencia médica. Los informes mostraron que el tratamiento ya estaba funcionando: Mateo había crecido de manera sostenida y había ganado autonomía en tareas cotidianas, como la higiene personal. Además, el tribunal destacó que, si bien al inicio del juicio el medicamento no estaba aprobado en Argentina, organismos como la ANMAT, la FDA (Estados Unidos) y la EMA (Europa) ya lo habían autorizado.

Finalmente, el tribunal no se olvidó del argumento de OSDE sobre el costo. Los jueces reconocieron que los gastos son considerables, pero aclararon que la obra social no estaría sola. La sentencia determinó que el Estado Nacional debía intervenir financieramente a través de un mecanismo ya existente, el Fondo Solidario de Redistribución, para que OSDE pudiera recuperar el dinero invertido.

Este caso, además de ser una victoria para Mateo y su familia, deja una enseñanza crucial: la justicia debe adaptarse a los avances de la ciencia para garantizar el bienestar de las personas. Y, en un tema tan sensible como la salud, los derechos de quienes más lo necesitan deben estar por encima de los límites de un vademécum o de consideraciones económicas, ya que la dignidad humana no tiene precio.

derecho a la saludRosariosaludSanta Fe