La Secretaría de Comercio anunció que los bienes y servicios elegibles para la comercialización a través del nuevo programa gubernamental “Cuota Simple”, destinado a sustituir al popular “Ahora 12”. Este esquema, que entró en vigencia este mes, fue delineado en detalle mediante una resolución emitida por esta dependencia, que forma parte del Ministerio de Economía.
Entre los aspectos destacados, se incluye la oferta de planes de pago de 3 y 6 cuotas a la tasa más baja del mercado. Responde a las demandas del sector, se incorporaron los servicios turísticos de todo tipo, siempre y cuando se brinden completamente dentro del territorio argentino.
La Resolución 25 de 2024, publicada en el Boletín Oficial, confirma la inclusión de 29 rubros, como había adelantado el secretario de Turismo, Deportes y Ambiente, Daniel Scioli.
Los servicios turísticos que pueden ser comercializados bajo el programa en modalidad de tres y seis cuotas abarcan aquellos que se prestan completamente dentro del Territorio Nacional, según detalla el texto. Esta medida parece estar dirigida a evitar la financiación a tasas bajas de consumos dolarizados, en un momento en que el Gobierno está trabajando hacia la unificación cambiaria. En otras palabras, los viajes al exterior no serán financiados por este programa oficial.
Además, se establece que las ofertas en tres y seis cuotas sin interés en este rubro específico tendrán un período de validez limitado hasta el 6 de mayo.
Daniel Scioli anticipó la inclusión del sector turístico y destacó que esta medida busca reactivar la economía provincial.
La resolución publicada hoy detalla la lista final de rubros de bienes y servicios que pueden ser financiados en tres y seis cuotas fijas dentro del marco del programa Cuota Simple:
- Línea Blanca: aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
- Indumentaria; prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.
- Calzado y Marroquinería: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
- Teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G.
- Muebles. Comprende todos los muebles para el hogar.
- Bicicletas. Comprende todos los muebles para el hogar.
- Motos. Comprende a todas aquellas cuyo precio final no sea superior a pesos un millón trescientos mil ($ 1.300.000).
- Servicios Educativos. Comprende cursos de idioma, cursos relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades.
- Colchones. Incluye sommiers.
- Libros. También sirve para textos escolares.
- Anteojos y Lentes de Contacto. Comprende anteojos recetados y lentes de contacto, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a pesos noventa y siete mil ($ 97.000).
- Artículos de Librería. Comprende artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).
- Juguetes y Juegos de Mesa.
- Servicios Técnicos de Electrónica y Electrodomésticos para el Hogar.
- Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
- Instrumentos Musicales.
- Computadoras, Notebooks y Tablets.
- Artefactos de iluminación.
- Televisores y monitores.
- Perfumería. cosmética, cuidado personal y perfumes.
- Pequeños Electrodomésticos.
- Servicios de preparación para el deporte.
- Equipamiento Médico: Comprende los instrumentos que a continuación se detallan: Equipos de terapia respiratoria (Aparatos de oxigenoterapia, Aparatos de aerosolterapia -nebulizadores-); Mobiliario (camas ortopédicas, Ayudas para el baño: sillas para bañarse, sillas de transferencia, barras de sujeción); Sillas de ruedas; Ortesis, ortopedia y sus partes (Prótesis para amputados, valvas a medida, ortesis a medida, plantillas, corsets a medida, andadores, bastones, muletas). Se establece un tope para el rubro de pesos un millón ciento sesenta mil ($ 1.160.000).
- Maquinaria y Herramientas. Comprende los taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.
- Espectáculos y Eventos culturales. Comprende obras teatrales y conciertos de artistas nacionales, y se establece un tope de pesos sesenta y dos mil ($ 62.000).
- Elementos durables de cocina. ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio.
- Servicios de Reparación de Vehículos Automotores y Motocicletas.
- Kit para la conexión domiciliaria a los servicios públicos de agua y cloacas.
- Turismo: Comprende los siguientes servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del Territorio Nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales. El plazo de operatoria del presente rubro (xxix) tendrá una vigencia de noventa (90) días, contados a partir del 7 de febrero de 2024