Se permite el autoservicio de combustible, autodespacho

La normativa que habilita el autoservicio de combustibles y su impacto en consumidores y trabajadores

Una nueva regulación en Argentina marca un cambio de paradigma en el expendio de combustibles: se habilita la opción de autoservicio en las estaciones de servicio, una modalidad ya instalada en muchos países pero históricamente prohibida en el país. La medida genera expectativas y debates: ¿impulsará la modernización del sector o traerá nuevos riesgos?

El fin de una prohibición histórica

Desde 1983, el Decreto N° 2407/83 establecía que sólo el personal autorizado podía operar los surtidores en las estaciones de servicio. El punto 11.3 del Anexo de esa norma lo dejaba claro: “Queda terminantemente prohibido el manejo de los surtidores por parte de personal ajeno a la dotación perteneciente a la estación de servicio”.

Este marco regulatorio respondía a una lógica de seguridad y control, evitando riesgos de derrames, incendios o accidentes. Sin embargo, el avance tecnológico en los sistemas de carga y el éxito del autoservicio en países como Estados Unidos, Chile, Perú y Europa impulsaron una revisión de la normativa.

El Decreto N° 70/23, en su impulso por la desregulación, derogó esta prohibición y permitió que las estaciones de servicio puedan ofrecer autoservicio como una opción adicional.

¿Cómo será la implementación?

El artículo 1° del decreto autoriza el autoservicio en todo el país, permitiendo a los expendedores elegir si aplican esta modalidad de manera total o parcial.

Para garantizar la seguridad, se faculta a la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía a establecer requisitos específicos en un plazo de 60 días. Mientras tanto, las estaciones interesadas deben solicitar una autorización especial.

Además, el decreto introduce otras innovaciones:

  • Se permite el uso de tanques sobre el terreno en estaciones de servicio, con ventajas en costos y mantenimiento.
  • Se autoriza la creación de estaciones de servicio móviles, diseñadas para eventos o necesidades específicas.
  • Se flexibilizan los requisitos sobre las dimensiones mínimas de las estaciones, siempre garantizando seguridad en circulación y evacuación.

La norma dice que se autoriza en todo el territorio nacional argentino el autodespacho de combustible como modalidad optativa, a elección de los expendedores, quienes podrán implementarla en forma total o instalar en su establecimiento solo algunos surtidores de autoservicio. Y remata:

“11.3. Una vez terminado el suministro de combustible se repondrá la tapa del tanque y se colgará la manguera en su lugar, cuidando de que no quede enganchada en algún saliente del vehículo. Recién entonces se estará en condiciones de poner en marcha el motor”.

 

Los beneficios y riesgos del autoservicio

🔹 Ventajas

✔️ Mayor disponibilidad horaria: Las estaciones podrán operar 24 horas sin la necesidad de personal nocturno.
✔️ Menores costos operativos: Se reducirían gastos laborales, lo que podría reflejarse en precios más bajos para el consumidor.
✔️ Flexibilidad para el usuario: Quien quiera puede optar entre autoservicio o atención tradicional.

⚠️ Posibles inconvenientes

Pérdida de empleos: Se teme una reducción de personal en estaciones de servicio.
Riesgos de seguridad: Un mal uso de los surtidores podría aumentar accidentes o contaminación.
Resistencia cultural: En Argentina, el modelo de carga asistida está arraigado y algunos consumidores podrían rechazar la modalidad.

El marco legal: seguridad y derechos del consumidor

Desde la perspectiva del Código Civil y Comercial, el nuevo esquema podría impactar en la responsabilidad de los expendedores.

  • Si ocurre un accidente, ¿quién responde? ¿El usuario o la estación? En principio, la estación de servicio
  • ¿Habrá seguros específicos para cubrir daños por carga indebida?
  • ¿Qué derechos tendrá el consumidor si el sistema de autoservicio falla y cobra de más? Siempre tiene derecho a que una persona humana vea su reclamo

el artículo 1757 regula la responsabilidad civil objetiva en actividades riesgosas, lo que podría derivar en nuevas obligaciones para las estaciones en términos de capacitación y señalización.

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