Juicio por jurados – una crónica

 

El Ministerio Público Fiscal hizo un repaso por toda la prueba, explicando dónde estaban los elementos que, de acuerdo a su valoración, le permitían sostener la existencia de intención de matar en el acusado; establecida su teoría del caso y valorada la prueba en ese sentido, procedió a explicar las razones por las que no correspondía considerar la teoría de la inimputablidad ni la del homicidio culposo; también descartó la posibilidad de un planteo de falta de acción por parte de la defensa en el alegato final.

La defensa, por su parte, hizo mucho hincapié en la obligación del Ministerio Público Fiscal de probar su caso y de la enorme tarea que está puesta en cabeza del jurado en cuanto a la toma de la decisión final. Su repaso por la prueba no fue tan preciso, aunque dejó claro que su posición se mantenía en términos de sostener que su defendido había bebido tanto esa noche, que no estaba en condiciones de comprender sus acciones.

Terminados los alegatos finales el juez estableció un cuarto intermedio de 90 minutos para poner en limpio las instrucciones que daría al jurado, recibiendo las propuestas por las partes y anunciando que las revisaría y generaría la propuesta de instrucciones final. A las 14.00 PM aproximadamente se reanudó la audiencia sin la presencia del jurado, ya que el juez puso en discusión con las partes las instrucciones finales, elaboradas considerando las propuestas por las partes y su explicación de los aspectos centrales del juicio, la valoración de la prueba y los elementos de las diversas calificaciones legales sostenidas por el MPF y la defensa. La defensa formuló varias objeciones a las instrucciones propuestas por el juez, la mayoría de las cuales fueron aceptadas y modificadas para el documento final a presentar al jurado.

Una controversia puntual planteada por la defensa no fue acogida por el juez, ya que el Ministerio Público Fiscal se opuso fundadamente a la misma: la defensa solicitó que el juez excluyera de las instrucciones una afirmación al jurado en que se establecía que en tanto la defensa había invocado la inimputabilidad, era parte de su tarea probar la misma en el transcurso del juicio. La objeción que planteó la defensa se basó en que la defensa no tiene obligación de probar nada en juicio, a lo que la fiscalía se opuso afirmando que en tanto era la defensa la que había planteado esa versión como una alternativa a la versión de la fiscalía, era su obligación producir prueba en consecuencia. El juez decidió dejar la instrucción en esos términos, explicando a la defensa que si bien no existe una “obligación de aportar prueba” en términos generales para la defensa, si ésta concurre con una teoría del caso afirmativa es su obligación acreditar la existencia de tal versión a lo largo del juicio.

Culminada la discusión con las partes y definidas las instrucciones, el juez mandó convocar nuevamente al jurado a la sala. Una vez en la sala, el juez procedió a la lectura de las instrucciones definidas con las partes. Al terminar la lectura de las instrucciones, el juez le indicó al jurado que durante la deliberación serían asistidos por una oficial de la oficina judicial, que permanecería fuera del recinto atenta a cualquier requerimiento que pudieran tener y sería la encargada de comunicar cuando la deliberación hubiera culminado y existiera un veredicto. Solicitó a la directora de la oficina judicial que tomara juramento a la oficial que estaría a cargo de tal función y finalmente invitó al jurado a pasar a la sala de deliberaciones para debatir y definir el caso, liberando a los dos jurados suplentes que habían permanecido durante toda la audiencia de juicio en caso que alguno de los titulares tuviese que ausentarse del jurado.

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Comentarios (1)
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  • liliana

    donde puedo ver si soy jurado?