Moratoria

¿Quiénes califican como contribuyentes cumplidores según la nueva moratoria?

Según la RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5181, se reglamenta el Alivio Fiscal: la AFIP prorroga plazos para moratoria 2021, condonación de deudas y beneficio para contribuyentes cumplidores

Se publicó oficialmente la resolución general que extiende los plazos para que los contribuyentes puedan adherirse a la moratoria, acceder a la condonación de deudas vencidas al 31/8/2021, y a los beneficios para contribuyentes cumplidores.

Resumen de la moratoria AFIP y alivio fiscal

* Moratoria: hasta el 29 de abril se prorroga el plazo de adhesión.
Para los planes presentados durante el mes de abril la primera cuota vencerá en el mes de mayo;

* Condonación de deudas: desde el 1 de abril al 18 de abril se podrá realizar la solicitud para acceder a la condonación de deudas vencidas al 31/8/2021;

* Contribuyentes cumplidores: se podrá acceder a solicitar los beneficios para contribuyentes cumplidores o efectuar el planteo de disconformidad hasta el 18 de abril. Cuando el planteo de disconformidad se resuelva con posterioridad al 18 de abril se establece un plazo adicional de 5 días o hasta el 29 de abril (lo que ocurra primero) para realizar una nueva solicitud.

* Pequeños contribuyentes: Los contribuyentes y/o responsables que consideren que cumplen los requisitos para ser caracterizados como “pequeños contribuyentes”, podrán acreditar su condición hasta el 12 de abril de 2022, a través del servicio “Presentaciones Digitales” seleccionando el trámite “Pequeños Contribuyentes – Caracterización Ley 27.653”.

Recordamos que la resolución general 5101 instrumentó la ampliación de la moratoria -L. 27541- para permitir la regularización de obligaciones vencidas al 31/8/2021 en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de financiamiento de 1,5% al 3%, que dependerá del tipo de contribuyente y la obligación a ingresar en el plan de facilidades de pago.

El vencimiento para la adhesión había sido extendido hasta el 31 de marzo de 2022, conforme la resolución general 5157. Para leer más de la moratoria AFIP y alivio fiscal, recomiendo Errepar

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