Resumen:
- Cambio en el Paradigma Jurídico: Se menciona que la sociedad está experimentando un cambio en el paradigma jurídico, con un enfoque en la velocidad, eficiencia, cercanía, valor del presente, igualdad y diversidad. Estos son rasgos de una nueva configuración social que influye en la forma en que nos comunicamos y relacionamos.
- Lenguaje Legal Complejo: Se cuestiona por qué los profesionales del derecho a menudo utilizan un lenguaje legal complejo, con oraciones enrevesadas y conceptos específicos. Se plantean varias hipótesis, como la necesidad de evitar la discusión sobre el significado de las palabras, la formación en este estilo de escritura, y el ejercicio del poder a través del lenguaje.
- Iniciativas para Simplificar el Lenguaje Legal: Se mencionan ejemplos de iniciativas que buscan simplificar el lenguaje legal, como la “traducción” del derecho para el público en general y talleres de redacción en la justicia. También se resalta que la sociedad está impulsando esta “revolución” en la redacción legal.
- El Poder del Lenguaje: Se enfatiza que el lenguaje tiene el poder de modificar las cosas y se compara con el ejemplo de Antoine Lavoisier en la química, donde la claridad en la nomenclatura revolucionó la ciencia.
- Ejemplo de Simplificación del Lenguaje Legal: Se presenta un ejemplo de un párrafo legal complejo y se muestra cómo podría traducirse en un lenguaje más claro y comprensible.
- Conclusión: Se concluye que simplificar la redacción legal puede ser un paso importante para lograr una justicia más accesible, eficiente y transparente, pero se reconoce que este cambio requerirá tiempo y esfuerzo.
SEXTO CUADERNO
DE DERECHO
JUDICIAL
COMPARADO
Lenguaje jurídico: claro, concreto, sencillo y breve
María Gattinoni
Coordinadora
Ed. La Ley
Sergio Mohadeb (*)
Estamos siendo testigos de un cambio constante de paradigma. Quizás incluso de distintos paradigmas que coexisten. Como ocurre en todo pro- ceso histórico, estamos inmersos en él y desde nuestra posición relativa es difícil medir de qué manera impactará en la forma en que nos comuni- camos, nos relacionamos y vivimos.
Aunque ya estamos viendo algunos signos de la dirección, de hacia dónde nos movemos en el Cosmos: la velocidad, la eficiencia y la cercanía parecen ser tres características de esta nueva configuración social, junto con el valor del presente, una pretensión de igualdad y diversidad, gestionar mejor el tiempo y, quizás, ser más humanos. La expansión occidental de los derechos humanos es una concreción relativamente reciente. Sin embargo, la teoría y la práctica suelen diferir.
La producción y la comunicación del derecho no quedan exentas de esta lógica. Y el lenguaje, en este marco, se consolida como una herramienta clave para mejorar la calidad de la justicia, concretar las garantías constitu- cionales y afianzar la justicia con el debido proceso legal. Un proceso justo debe sí o sí incluir una comunicación justa.
¿Por qué los actores del derecho a veces escriben tan difícil, con ora- ciones tan enrevesadas y conceptos tan específicos? El firulete del tango.
Muchas veces se argumenta que es para que “nadie pueda discutir el significado de sus palabras”. Otra versión indica que simplemente, fueron formados con este modelo de escritura y están familiarizados con él. Otra hipótesis es que tiene que ver con el poder. El lenguaje es, también, un ejer- cicio del poder. Los factores no son excluyentes.
Incluso, para muchos, este lenguaje rebuscado apuntaría a que los textos se vean más “profesionales” a los ojos de sus colegas. A esto se suma la suposición de Bryan Garner, experto en redacción legal:
“Existe un temor a calificar una proposición en una oración separada, como si una idea completa y todas sus calificaciones tuvieran que encajar en una sola oración”, sostiene(1).
En esta línea aparece la “desventaja del conocimiento”: la imposibilidad de que una persona culta y versada en un tema específico (en este caso, el derecho) se vea incapacitada de escribir para un público menos informado.
Una hipótesis probable del lenguaje judicial difícil es la repetición. Sencillamente se reproduce porque así leemos las sentencias y así “se escribe”. Pero esto puede cambiar.
Una impresión personal y empírica: llevo más de una década dirigiendo un medio de comunicación digital que se ocupa, precisamente, de “traducir” el derecho a la gente.
En zapatillas y como parte de mi tarea, leo cierta cantidad de sentencias, en especial la parte en que se cuentan los hechos. Debo reconocer que los avances en los últimos años fueron muy significativos: más foco en la narra- ción, menos esfuerzo en enfatizar en términos complejos, frases enmara- ñadas o argot específico para distanciarse del lector “común”.
A esto se agregan iniciativas de redes sociales de juzgados, fiscalías y defensorías, que de esta manera ajustan el lenguaje a las exigencias de esos medios, o el programa de Lenguaje Claro del Ministerio Público Fiscal de CABA, en conjunto con el Ministerio Público Fiscal de la Nación, a través del cual se dictan talleres de redacción en los que se realiza un trabajo inter-disciplinario, supervisado por una experta en lingüística, de reformulación de los documentos que redactan los funcionarios de la justicia para hacerlos comprensibles para la ciudadanía.
En el mismo sentido pueden citarse las sentencias de Lorena Tula del Moral, Guillermo Zurro, Mario Juliano y una lista inmensa. Las iniciativas para acercar el derecho a la gente -es decir, que comparten los objetivos con Derecho en Zapatillas- son cada vez más numerosas.
Sin embargo, queda un largo camino por recorrer. Generar un cambio en una costumbre tan arraigada desde hace siglos es algo que no se produ- cirá de un día para el otro: es un viaje.
De hecho, cuentan que ya el entonces presidente de Estados Unidos Richard Nixon había declarado en 1970 que las reglamentaciones federales debían redactarse en “términos sencillos”(2). Si poco cambió desde en- tonces, ¿por qué esta vez sería diferente?
Porque en la actualidad, las motivaciones para llevar adelante esta “re- volución” son más poderosas que los obstáculos. Como mencioné al prin- cipio del artículo, la sociedad empuja nuevas necesidades. Y la claridad y la eficiencia en el lenguaje están entre ellas. Creo que es una pretensión democrática, y la democracia requiere una ciudadanía consciente. La edu- cación es clave. Un paradigma en que la democracia sea un valor como mé- todo de elaboración de normas, que incluye la ley y su aplicación en casos concretos, las sentencias.
Lo opuesto es la anomia a la que hizo referencia Nino. Las leyes «hacen posible la integridad y subsistencia de las sociedades» y en consecuencia, la «ilegalidad y la anomia, en general afectan la productividad social, al menos bajo un sistema capitalista». Acá puede leerse un resumen: https://www.lanacion.com.ar/opinion/carlos-s-nino-anomia-argentina-nid2204828/
I. El poder de modificar las cosas
Una investigación examinó una serie de documentos legales y, en todos los escritos analizados, reemplazaron la jerga legal compleja con un len- guaje más común y movieron cláusulas insertas en la mitad del texto a un margen para sostener la fluidez a la narración.
En ninguno de los casos cambió el significado de lo expuesto. Pero eso no es todo: del estudio participaron tanto abogados como legos en derecho y se descubrió que ambos grupos “sufren” el lenguaje legal complejo casi en la misma proporción(3). La investigación fue liderada por Eric Martínez y publicada en Proceedings of the National Academy of Sciences.
El equipo de trabajo de Martínez comparó contratos y otros documentos legales (con un total de unas 3,5 millones de palabras) con guiones de pelí- culas, artículos de diarios y hasta trabajos académicos. Entre las primeras características que destacaron en estos textos aparecen mayúsculas por fuera de las normas gramaticales, abuso de la voz pasiva y la inserción de frases desproporcionadamente largas.
Antoine Lavoisier intentó clarificar el lenguaje vinculado a los ele- mentos químicos en su Método de nomenclatura química y terminó revolu- cionando ese campo de la ciencia. Explica el científico:
“No pensamos más que con el auxilio de las palabras (…) El arte de ra- zonar no es más que una lengua bien hecha y, en efecto, mientras que sólo creía ocuparme de la nomenclatura, mientras que mi único objeto era per- feccionar la lengua química, el trabajo se tornó insensiblemente entre mis manos y, sin poderlo evitar, en un tratado elemental de química”.
El lenguaje tiene el poder de modificar las cosas. No es la única variable, por supuesto, pero es muy importante. Por eso, abandonemos la solem- nidad. Dejemos de lado las marañas lingüísticas. Guardemos las formas para mantener el profesionalismo y los diferentes roles (como las camisetas de un equipo) pero acerquémonos en los escritos a la forma en que se habla: sujeto y predicado, objeto de existir, foco en la claridad de la narración, enu- meraciones para simplificar la lectura.
Evitemos párrafos como el que sigue, extraído de una sentencia real: “Ello por cuanto, en el caso, si bien el accionante arguye que el planteo fue extemporáneo; no es procesalmente exigible la acreditación del momento en que el nulidicente ha tomado conocimiento del vicio, toda vez que ello no es recaudo de procedibilidad nulidificatoria”.
En una especie de experimento social, pregunté en mi comunidad de Twitter si alguno era capaz de traducirlo a un español más sencillo. Final- mente, el usuario @Xyborg le planteó el problema a la inteligencia artificial ChatGPT, que entregó esta respuesta: “El demandante dice que la presen- tación fue hecha fuera de tiempo; sin embargo, no es necesario demostrar legalmente cuándo la parte demandada se enteró del error, ya que eso no es un requisito para anular el caso”(4). ¿Cuál es la utilidad de poner un pá- rrafo “intraducible” en una sentencia? ¿Cuánto más fácil sería para todas las partes que estuviese escrito en un lenguaje claro?
En conclusión y para no extenderme -yendo en contra de lo que pro- pongo-: si logramos que los escritos del derecho sean breves, eficientes, sin redundancias, accesibles, con capacidad para dar respuestas, cercanos e imparciales, tal vez ayudemos a impulsar una justicia en la que también concentre esas características.
Es al menos un paso en esa dirección. Después los hechos deberán acompañar a las palabras. Y viceversa. El viaje ya empezó.
(1) Mackley, C. (2012). Top 10 reasons lawyers produce hard-to-read documents. https://www.startuplawtalk.com/top-10-reasons-lawyers-produce-hard-to-read-documents/
(2) Objection: No one can understand what you’re saying. (2022, 7 marzo). MIT News | Massachusetts Institute of Technology. https://news.mit.edu/2022/legal-wri- ting-understanding-0307
(3) Del MIT en conjunto con la Universidad de Edimburgo Citada en The Eco- nomist. (2023, 2 junio). Why legal writing is so awful. https://www.economist.com/ science-and-technology/2023/05/31/why-legal-writing-is-so-awful
(4) https://twitter.com/Xyborg/status/1672300008970829846