Comida sin sal, por ley

En todo el país rige la prohibición de que el salero esté en la mesa. Catamarca va más allá

Establece la obligatoriedad que en los establecimientos que ofrecen comida sea habitual ofrecer platos preparados sin sal o bajo contenido en sodio.
LEY 5.360
SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 27 de Septiembre de 2012
Boletín Oficial, 16 de Noviembre de 2012
Vigente, de alcance general
Id SAIJ: LPK0005360
TEMA
Salud pública, prevención de enfermedades, política alimentaria

TextoObs…
INDICE
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1.- Establécese que en los bares, restaurantes, locales de comidas rápidas, confiterías, comedores, cafés, fast food’s y/o lugares de acceso público donde la comercialización y el consumo de comidas sea habitual y en el mismo lugar, deberán ofrecer en su menú la opción de platos sin sal de sodio o con bajo contenido de sodio. La oferta será mantenida durante todo el año.

ARTICULO 2.- En los establecimientos comprendidos en el artículo anterior, deberá haber en cada mesa y/o mesada y/o similares, un salero y/o sobres conteniendo sal 100% libre de sodio.

ARTICULO 3.- Los saleros con sal 100% sin sodio (saborizada o no) deberán estar en envases originales y precintados. Los sobres y saleros, deberán contener sus respectivas descripciones y detalles de fabricación, fecha de vencimiento, marca etc., como lo determina la reglamentación vigente.

ARTICULO 4.- En los establecimientos mencionados en el Artículo 1°, deberá exhibirse un cartel en un lugar visible sobre la existencia de menúes y de sal sin sodio al servicio de los comensales y la siguiente leyenda “el consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud”, con el número de la presente Ley.

ARTICULO 5.- Las sales reducidas en sodio, cualquiera fuera su proporción, no se considerarán comprendidas en la presente norma.

ARTICULO 6.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.

Firmantes

Dr. DALMACIO E. MERA.- Vicegobernador y Presidente Cámar a de Senadores NESTOR NICOLAS TOMASSI.- Presidente Cámara de Diputados.

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