En unas conclusiones presentadas hoy, el Abogado General Dean Spielmann ha marcado un límite claro a la autonomía de las federaciones deportivas frente a la justicia ordinaria. El dictamen surge a raíz del litigio que involucra a exdirectivos de la Juventus F.C., quienes fueron sancionados por la Federación Italiana de Fútbol (FIGC) con la prohibición de ejercer actividades profesionales por dos años debido a irregularidades contables (el caso de las “plusvalías ficticias”).
El conflicto legal: La legislación italiana actual impide a los tribunales administrativos (como el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo del Lacio) anular sanciones disciplinarias deportivas. Si un juez determina que una sanción es ilegal, solo puede otorgar una indemnización económica, pero la inhabilitación del directivo se mantiene vigente.
La postura de Europa: El Abogado General considera que esta limitación viola el derecho a la tutela judicial efectivagarantizado por el Derecho de la Unión. Sostiene que los tribunales nacionales competentes “tienen que poder anular ese tipo de sanciones y, llegado el caso, adoptar medidas cautelares” para proteger los derechos de los afectados. Aunque se reconoce la especificidad del deporte, esto no puede privar a las personas de un recurso judicial real contra decisiones que afectan su libertad profesional.