La medida alcanza a productos importados sin registro sanitario ni datos claros del responsable en Argentina
Una persona compra por internet un spray para limpiar la máquina de afeitar. El envase está en inglés, promete enfriar, limpiar, lubricar, evitar óxido y desinfectar. Parece útil, incluso profesional. Pero hay una pregunta clave: ¿quién lo importó?, ¿está registrado?, ¿hay una empresa habilitada que responda si algo sale mal?
Esa fue, en síntesis, la preocupación que llevó a la ANMAT a dictar la Disposición 2638/2026, por la cual prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el país —también en plataformas de venta electrónica— de varios productos domisanitarios importados.
Qué productos fueron prohibidos
La prohibición alcanza a todos los lotes de productos rotulados como:
- JBL Professional blade spray 5 en 1
“Cools, cleans, lubricates, anti-rust, sanitizes”. - BaByliss PRO All in One Clipper Spray
- Wahl Blade Ice
- Saloon Plus – Cool Care Plus 5 en 1
- Weiman Glass Cook Top Cleaner & Polish
- Weiman Cook Top Cream
- Weiman Cook Top Cleaning Kit
Los primeros están vinculados con la limpieza o desinfección de máquinas de afeitar. Los otros corresponden a productos de limpieza para cocinas de vitrocerámica.
Según la disposición, el caso surgió a partir de tareas de fiscalización y monitoreo del área de domisanitarios de ANMAT.
La autoridad sanitaria detectó que los productos se promocionaban y comercializaban en plataformas digitales, pero no se encontraban inscriptos ante ANMAT. Además, en las etiquetas no se verificaban datos del establecimiento elaborador ni del importador o responsable habilitado en Argentina.
En criollo: no alcanzaba con que el producto pareciera “de marca” o viniera en un envase atractivo. Para venderse legalmente en el país, estos productos deben tener registro, trazabilidad y un responsable identificado.
Qué son los productos domisanitarios
Los productos domisanitarios son aquellos destinados a la limpieza, desinfección, desodorización o mantenimiento de ambientes, objetos o superficies. Pueden incluir limpiadores, desinfectantes, sanitizantes, aerosoles, ceras, productos para cocina, baño, pisos o utensilios.
En este caso, ANMAT advirtió que algunos rótulos estaban en inglés y que las acciones indicadas —como limpieza y desinfección— podían corresponder a productos domisanitarios de distinto nivel de riesgo.
Eso importa porque, cuanto mayor es el riesgo sanitario, más controles se exigen sobre composición, rotulado, registro, eficacia y seguridad. Siempre deben tener aprobación, listar lote, fabricante, principio activo, etc.
Qué pasa si alguien los compró
Si una persona compró alguno de estos productos, lo más prudente es:
- no usarlo;
- conservar el envase, ticket, factura o captura de pantalla de la compra;
- reclamar al vendedor o plataforma;
- pedir devolución del dinero;
- reportar la publicación si sigue activa;
- consultar a ANMAT o a defensa del consumidor si hubo un problema.
Si el producto fue usado y provocó irritación, alergia, daño en una superficie o algún otro inconveniente, conviene guardar fotos, envases, comprobantes y consultar con un profesional de salud o técnico, según el caso.
Resolución anmat
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 2638/2026
DI-2026-2638-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2026
VISTO el Expediente Electrónico EX-2026-39429184-APN-DVPS#ANMAT, el Decreto N° 141 del 19 de enero de 1953, el Decreto N° 1490 del 27 de agosto de 1992, Resolución ex MS y AS N° 709 del 10 de septiembre de 1998, Disposición ANMAT Nº 7292 del 29 de diciembre de 1998, y;
CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones citadas en el VISTO se inician como consecuencia de tareas de fiscalización y monitoreo llevadas adelante por el Servicio de Domisanitarios y el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS).
Que en el marco de una consulta, se tomó conocimiento sobre la comercialización de productos domisanitarios importados, sin registro ante esta ANMAT y de los cuales no se identifican datos de establecimientos elaboradores, fraccionadores y/o importadores responsables habilitados por esta Administración.
Que las consultas se basaron en dudas sobre la legitimidad de los productos de origen extranjero que se promocionan y comercializan por plataformas de venta digital.
Que los productos detectados presentan los siguientes datos de rotulado, entre otros: 1. JBL Professional. blade spray. 5en1 COOLS CLEANS LUBRICATES ANTI-RUST SANITIZES”, que corresponde a un producto limpiador y desinfectante para máquinas para afeitar. 2.. “BaByliss PRO. ALL IN ONE. CLIPPER SPRAY”, que corresponde a un producto limpiador y desinfectante para máquinas de afeitar. 3. “Wahl Blade Ice”, que corresponde a un producto limpiador para máquinas de afeitar, 4. “Saloon Plus – Cool Care Plus 5 en 1”, que corresponde a un producto desinfectante y limpiador para máquinas de afeitar, 5. “GLASS COOK TOP. CLEANER & POLISH” de WEIMAN, que corresponden a productos limpiadores para cocinas de vitrocerámica, 6. “COOK TOP.CREAM” de WEIMAN, que corresponden a productos limpiadores para cocinas de vitrocerámica. 7. “COOK TOP CLEANING KIT” de WEIMAN, que corresponden a productos limpiadores para cocinas de vitrocerámica.
Que entonces los inspectores dejaron constancia de que en la etiqueta no se verificaron datos del establecimiento elaborador, ni datos de registro ante la Autoridad Sanitaria jurisdiccional correspondiente (etiqueta adjunta al Acta: ACTA-2026-16151768-APN-DVPS#ANMAT).
Que en las publicaciones en páginas web los rótulos de los productos están en inglés y las acciones indicadas, limpieza y desinfección, en los rótulos se pueden corresponder tanto con productos domisanitarios de Riesgo 1 como de Riesgo 2.
Que ademas se verificó que los productos no se encuentran inscriptos ante ANMAT y que no se identifican datos de establecimientos elaboradores, fraccionadores y/o importadores responsables habilitados por esta Administración.
Que asimismo, informó la fiscalizadora que los links de comercialización, publicidad y promoción del producto antes mencionado fueron remitidos a la Coordinación del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria de esta Administración para su intervención mediante las notas : (NO-2026-07570191-APN-DVPS#ANMAT; NO-2026-07569082-APN-DVPS#ANMAT, NO-2026-10201402-APN-DVPS#ANMAT, NO-2026-08598266-APN-DVPS#ANMAT y NO-2026-25919096-APN-DVPS#ANMAT).
Que por todo lo expuesto, la firma incumplió los artículos 1° de las Resoluciones ex MS y AS N° 708/98 y Nº 709/98 y los artículos 1° de las Disposiciones ANMAT N° 7293/98 y Nº 7292/98.
Que por todo lo expuesto, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura y/o la empresa responsable de su importación, y para los que, en consecuencia, no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicables, y considerando que tanto los establecimientos como los productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para poder ser comercializados, el Servicio de Domisanitarios y el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la DEYGMPS sugirieron: Prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes de los productos detallados ut supra y comunicar a la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía para tomar conocimiento.
Que desde el punto de vista procedimental las medidas aconsejadas resultan ajustadas a derecho y esta ANMAT resulta competente para el dictado de las mismas en virtud de lo dispuesto por el artículo 8º inciso n) y ñ) del Decreto N° 1490/92.
Que la Dirección de Evaluación de Gestión y Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.
Por ello:
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. Prohíbese el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes de los productos rotulados como: 1. JBL Professional. blade spray. 5en1 COOLS CLEANS LUBRICATES ANTI-RUST SANITIZES. 2. BaByliss PRO. ALL IN ONE. CLIPPER SPRAY , 3. Wahl Blade Ice, 4. Saloon Plus – Cool Care Plus 5 en 1, 5. GLASS COOK TOP. CLEANER & POLISH. WEIMAN, 6. COOK TOP. CREAM. WEIMAN, 7. COOK TOP CLEANING KIT. WEIMAN.
ARTÍCULO 2°. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección de Relaciones Institucionales y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos y a la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía. Cumplido, dése a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.