Regla # 1. El sistema legal de derechos de autor (incluso para quienes son partidarios de la posibilidad de compartir más libremente) protege al creador de una obra original y a su derecho de ser reconocido como tal; en este caso, al Sr. Lápiz. (Aclaración: también se protegen obras derivadas, como una adaptación, pero eso es otra historia)
Regla # 2. Todo lo que el autor no cede, se entiende que lo conserva. Es decir, si yo publico algo y no aclaro que alguien puede copiarlo y venderlo, nadie puede hacerlo durante el plazo de protección legal (que varía de país en país, pero alcanza con saber que son varios años).
Regla # 3. Nada en los términos de Twitter hace presumir que el autor permite a otras personas (que no sean Twitter) usar ese contenido y publicarlo ni traducirlo.
Conclusión. Como los términos de Twitter no dicen nada, el autor conserva todos sus derechos sobre lo que creó, entre los que se encuentra el derecho de ser reconocido como el autor de la obra… también vale para las fotos (hay otro post del tema). Por eso, si un diario (en papel o digital) publica una foto que un tuitero sacó, puede tener que indemnizarlo. Algo más sobre el tema acá.
¿Cómo se reclama si alguien hizo lo que no debía? Copia de tuits
Hay varias formas. La primera es contactar al Sr. Calco directamente y pedirle amablemente que no reproduzca ese contenido, porque viola el derecho de autor del Sr. Lápiz.
Si el Sr. Calco no accede, se podría pedir a un juez que le ordene que remueva ese contenido por violar el derecho de autor del Sr. Lápiz. Además, el juez puede ordenar al Sr. Calco que indemnice al Sr. Lápiz por los daños causados.
Otra posibilidad es hacerlo directamente vía Twitter, que dispone de un formulario especial para reportar casos de violación a la propiedad intelectual (o política de copyright según la llaman). Básicamente, los pasos son los siguientes:
El usuario debe ingresar a este link https://support.twitter.com/
- La firma o poder del titular del derecho de autor (copyright).
- La identificación de la obra copiada (en el ejemplo, el haiku escrito por el Sr. Lápiz, indicando la cuenta y el tuit).
- La cuenta de usuario copión.
- Tus datos de contacto.
- Una declaración de que el titular del derecho de autor (el Sr. Lápiz, supongamos) actúa de buena fe y cree que el material viola su derecho de autor según la ley, y de que la información enviada es verdadera y cierta.
Puede agregarse una reserva diciendo que la remoción del material, que Twitter tiene derecho a hacer, no impide al autor (el Sr. Lápiz) pedirle al infractor (Sr. Calco) los daños y perjuicios o ejercer otras acciones legales. Según los términos, Twitter también puede dar de baja la cuenta en cuestión (del Sr. Calco) si verifica infracciones reiteradas.
La intención no es obstaculizar la libre difusión de ideas y la posibilidad de compartirlas porque en definitiva al publicar algo en Twitter eso se logra, sino de hacerlo reconociendo al autor del discurso, y dando así a otros la posibilidad de replicarlo, agradecer o incluso copiarlo, pero sin dejar de saber quien lo escribió, al menos para quien quiera que ello se sepa.
Pasado el tiempo de protección, una obra pasa a ser pública. Y sin embargo seguimos diciendo que una sinfonía la escribió tal o cual persona, y lo mismo con una obra literaria. Y no por el hecho de que la hayan publicado (o tocado en público) pensamos que renunciaron a ser reconocidos como autores.
Comentarios, como siempre, bienvenidos.
Excelente artículo!!! muy claro y apropiado. Un regalo para los tuiteros. Saludos.
Fantástico post. Contenido como este nos hace mucha falta. El RT y el compartir se están perdiendo ya que muchos optan por copiar los enlaces y hacerlos propios. No ya los que has escrito tú, sino aquellos que has buscado, encontrado, leido, analizado, seleccionado y creido que es un buen contenido para tu comunidad. Te molestas en hacer una buena curación de contenidos para ver como alguién que te sigue fusila lo que has publicado segundos después de haberlo compartido. Me parece una práctica poco ética.
Excelente como siempre. Es muy bueno que un abogado se dedique a difundir los derechos básicos de los ciudadanos. Ya se sabe, si no conoces tus derechos no los podes ejercer.
Dicho esto, una pequeña aclaración. Los términos de Twitter si dicen que el autor del Twit es el el titular sobre sus derechos pero le da una licencia amplia a Twitter para que el servicio pueda funcionar, como decís, sin reclamos. La parte pertinente está al principio del punto 5 de los términos y condiciones “Usted es el titular de los derechos que le amparan sobre cualquier Contenido que envíe, reproduzca o exponga en los Servicios o a través de los mismos” (https://twitter.com/tos).
Finalmente, todavía se discute en nuestro país la responsabilidad de Twitter (de Google, de Youtube, etc) por las infracciones de sus usuarios. El formulario que mencionas refleja la legislación americana (una ley llamada DMCA) que dice, en resumen, que la plataforma solo es responsable por las infracciones de derecho de autor de sus usuarios si no lo da de baja una vez que su titular así se lo indica. En nuestro país no existe tal ley por lo que, aplicando lo que enseñaste, en ciertos supuestos el titular podría demandar a Twitter, etc. Hasta donde yo se hay un proyecto, del Diputado Pinedo, que busca adaptar la Ley Argentina a la americana.
Bien el artículo, pero me parece oportuno el siguiente comentario:
En lo personal me parece bastante frívolo preocuparse demasiado por la autoría de un simple twit, como si se tratara de una gran obra que beneficiará a la humanidad.
El twitter es como un grafitti, como un grito en la calle, como un comentario en una fiesta llena de gente. Ya sabemos que lo que se publica en un medio de tanta circulación va a ser accesible a muchísima gente, y pretender tener control total sobre eso es bastante ridículo.
Todos los privilegios que otorga el copyright (son privilegios, no derechos) originalmente fueron otorgados para favorecer la innovación. Se le daba al autor un privilegio de exclusividad para que el tipo pudiera sacarle algo de rédito a su creación y así poders seguir creando. El objetivo era enriquecer el capital cultural del mundo.
Todo esto se deformó eventualmente para convertirse en lo que es hoy: Los creadores piensan que están haciendo un favor al mundo creando, y que por tal motivo tienen un derecho divino sobre su obra (sea lo que sea, hasta un tweet de morondanga) y que nadie puede tocar eso por los siglos de los siglos amén.
Sería genial que así sea, pero para todos. Que los carpinteros y albañiles también puedan cobrar royalties por el uso de sus creaciones, por ejemplo.
Que los albañiles reciban una renta extra cuando un pariente se queda una semana a dormir en tu casa, etc.
Lo que tienen los autores es un privilegio, no un derecho, Y por lo tanto sería recomendable que no abusen de ese privilegio, porque la gente se puede avivar.
Preguntarle a un abogado sobre las implicaciones legales de la copia no autorizada de un tweet o de una foto de gatito que compartieron en twitter es de una frivolidad importante, un abuso de un sistema que fue creado claramente para otra cosa.
Brillante Gez