El banco ICBA continuará percibiendo la comisión “mantenimiento de cuenta” (comunicaciones “A”-5460 y 5388 del BCRA) pero se compromete a comunicar en los resúmenes.
Además, para aquellos usuarios con tarjetas de crédito emitidas hasta el mes de septiembre de 2013 (inclusive), sean o no clientes en la actualidad, a quienes se les hubiera cobrado dicha comisión en el resumen de la tarjeta, el BENEFICIO de contar con los servicios de Seguro de Accidentes Personales y Servicios Adicionales consistentes en Asistencia Médico Odontológica, Asistencia al Hogar, Descuentos en Compras en Farmacias y Asistencia por Urgencia Laboral. (Es un derecho pedir las pólizas respectivas)
Este BENEFICIO tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de los treinta días hábiles siguientes a que quede firme la homologación del Acuerdo (11/11/2021).
Aquel usuario que así lo desee podrá excluirse del mismo enviando, dentro de los 90 días corridos de la última publicación de este edicto, un correo electrónico a los siguientes e-mails: info@aduc.org.ar y notificaciones.oficiosjudiciales@icbc.com.ar, manifestando que va a hacer uso del derecho de exclusión.