Por Marcos Zocaro *
El Decreto 796 introdujo cambios en el Impuesto a los Débitos y Créditos (“imp al cheque”). Entre otros, establece que las exenciones no se aplicarán cuando los movimientos de fondos estén vinculados con operaciones (compra, venta, etc) sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales…”
O sea no sólo se afecta a algunos exchanges que tenían la exención, sino que cualquier persona que hoy tiene la exención sobre su cuenta bancaria, en caso de enviar dinero a un exchange ¿perdería el beneficio y pagaría el impuesto?
A su vez, al aumentar su “costo operativo”: ¿el exchange trasladaría este costo al usuario aumentando el precio local de las criptos?
Además se está enviando una clara señal a billeteras virtuales y fintech como Ualá y Mercado Pago: cuidado con planear operar criptos, porque perderían la exención.
¿Qué podría suceder gracias a esta medida? Que más personas se vuelquen al mercado P2P, donde encima no existe un régimen informativo (que sí existe para exchanges locales): el propio Estado estaría fomentando la informalidad y perdiéndose la oportunidad de recabar información.
Encima la medida no desincentivará el uso de cripto: cada vez más argentinos operan criptos huyendo d los $ que se devalúan día a día. Por lo que además de hacer P2P también operarán en exchanges del exterior: otra medida que espanta inversiones y golpea a la industria local generadora de empleo.
Además ¿Cómo afectaría la recarga de tarjeta prepagas de exchages locales? Si alguien enviase dinero a un exchange sólo para recargar su tarjeta pero no para operar cripto: ¿cómo se diferenciaría la operación para evaluar si la persona mantiene el beneficio? Suena bastante complejo.
En definitiva, la nueva medida empezará a aplicarse cuando se emita la respectiva reglamentación. Y con esta reglamentación tendremos más precisiones: hoy la confusión es total. Habrá que estar atentos…
*El autor de la nota es Contador. Esp. en Tributación. Magíster en Finanzas Públicas PyM (UNLP). Asesor. Docente. Su twitter: