Influencers que promocionan crypto

Kim Kardashian ha sido acusada por la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. por anunciar EthereumMax en su página de Instagram, cuál es la responsabilidad por promocionar proyectos

La estrella e infuencer recibió la suma de US$250.000 por anunciar la criptomoneda, sin revelar que le habían pagado por hacerlo, dijo la SEC. Ahora, la Sra. Kardashian acordó pagar $ 1.26 millones en multas. También acordó no promover ningún valor de activos criptográficos durante tres años.

La Comisión de Bolsa y Valores anunció hoy cargos contra Kim Kardashian por promocionar en las redes sociales un valor de criptoactivo ofrecido y vendido por EthereumMax sin revelar el pago que recibió por la promoción. Kardashian acordó resolver los cargos, pagar $1.26 millones en multas, devolución e intereses, y cooperar con la investigación en curso de la Comisión.

La orden de la SEC determina que Kardashian no reveló que le pagaron $ 250.000 para publicar una publicación en su cuenta de Instagram sobre tokens EMAX, la seguridad de criptoactivos que ofrece EthereumMax. La publicación de Kardashian contenía un enlace al sitio web de EthereumMax, que brindaba instrucciones para que los inversores potenciales compraran tokens EMAX.

“Este caso es un recordatorio de que, cuando celebridades o personas influyentes respaldan oportunidades de inversión, incluidos valores de criptoactivos, no significa que esos productos de inversión sean adecuados para todos los inversores”, dijo el presidente de la SEC, Gary Gensler. “Animamos a los inversores a considerar los riesgos y oportunidades potenciales de una inversión a la luz de sus propios objetivos financieros”.

“El caso de la Sra. Kardashian también sirve como un recordatorio para las celebridades y otras personas de que la ley les obliga a revelar al público cuándo y cuánto se les paga para promover la inversión en valores”, agregó el presidente Gensler.

Leyes federales sobre comercio de valores

“Las leyes federales de valores son claras en cuanto a que cualquier celebridad u otra persona que promueva un valor de criptoactivo debe revelar la naturaleza, la fuente y el monto de la compensación que recibió a cambio de la promoción”, dijo Gurbir S. Grewal, director de la División de la SEC. de Cumplimiento. “Los inversores tienen derecho a saber si la publicidad de un valor es imparcial, y la Sra. Kardashian no reveló esta información”.

La orden de la SEC determina que Kardashian violó la disposición contra la publicidad de las leyes federales de valores.

Sin admitir ni negar los hallazgos de la SEC, Kardashian acordó pagar los $1.26 millones antes mencionados, incluidos aproximadamente $260,000 en devolución, lo que representa su pago promocional, más intereses previos al juicio y una multa de $1,000,000. Kardashian también acordó no promover ningún valor de activos criptográficos durante tres años.

La declaración de la SEC que insta a la precaución con respecto a las ofertas de criptoactivos respaldadas por celebridades potencialmente ilegales se puede encontrar aquí. El presidente de la SEC, Gensler, publicó hoy un video que advierte a los inversores que no tomen decisiones de inversión basadas únicamente en las recomendaciones de una celebridad o persona influyente.

Cómo es la legislación en Argentina

Según el código penal, art. 310, será reprimido con prisión de uno (1) a cuatro (4) años, multa de dos (2) a ocho (8) veces el valor de las operaciones realizadas e inhabilitación especial hasta seis (6) años, el que por cuenta propia o ajena, directa o indirectamente, realizare actividades de intermediación financiera, bajo cualquiera de sus modalidades, sin contar con autorización emitida por la autoridad de supervisión competente.

En igual pena incurrirá quien captare ahorros del público en el mercado de valores o prestare servicios de intermediación para la adquisición de valores negociables, cuando no contare con la correspondiente autorización emitida por la autoridad competente.

El monto mínimo de la pena se elevará a dos (2) años cuando se hubieran utilizado publicaciones periodísticas, transmisiones radiales o de televisión, internet, proyecciones cinematográficas, colocación de afiches, letreros o carteles, programas, circulares y comunicaciones impresas o cualquier otro procedimiento de difusión masiva.

Hay que analizar en qué medida se aplica esto a los diferentes supuestos. Además hay normativa específica de la comisión nacional de valores.

comercio de valoresinfluencerspublicidadSECtransparencia