Una niñera fue contratada para trabajar en una casa en Parnamirim, un barrio de clase alta. Sin embargo, en septiembre de 2019, la niñera es despedida sin justa causa y su relación laboral no es registrada en su ficha de trabajo. Durante su empleo, la niñera sufre constantes humillaciones por parte de su empleador.
En marzo de 2020, la niñera presenta una demanda contra sus empleadores para recibir indemnización por el despido. En la demanda, la niñera alega que fue obligada a liar cigarrillos de marihuana que consumían sus jefes y también presenció el consumo de drogas ilegales en fiestas organizadas por su empleador. Además, la empleadora la acusa falsamente de robo después de regresar de un viaje internacional y reportar la desaparición de una joya.
La niñera es despedida “groseramente” y bajo amenaza de ser considerada penalmente responsable. La empleadora es juzgada en rebeldía debido a que no se defendió en el proceso, juicio laboral.
Tareas extra laborales de la empleada doméstica
La sentencia del Tribunal Regional del Trabajo de la 6ª Región (TRT-6) concluye que la niñera fue víctima de constantes humillaciones y que se le obligó a participar en actividades delictivas relacionadas con la marihuana.
El juez a cargo del caso determina que la empleadora deberá indemnizar a la niñera con diversos conceptos, incluyendo daños morales, días trabajados en septiembre de 2019, preaviso indemnizado, compensación por vacaciones atrasadas, bono de Navidad prorrateado, indemnización relativa al Fondo de Indemnización por Cesantía (FGTS) y costos procesales.
El juez a cargo del caso señala que la niñera fue víctima de constantes humillaciones durante su empleo y que la obligaron a participar en la práctica del delito de posesión de drogas.
Estas acciones atentan gravemente contra la dignidad de la persona, lo que justifica la indemnización por daños morales. Además, la empleadora no se defendió adecuadamente en el proceso, y la falta de defensa fue considerada como una “pena de confesión”, lo que respaldó las denuncias presentadas por la niñera.
Finalmente, la empleadora deberá indemnizar a la niñera con al menos R$ 5 mil por daños morales; sumados a dos días trabajados en septiembre de 2019; 36 días de aviso previo indemnizado, y su integración en el tiempo de servicio; compensación por vacaciones vencidas (correspondientes a los años 2017/2018 y 2018/2019), más el tercio constitucional; gratificación proporcional de Navidad para 2019 (9/12 avos); y la indemnización correspondiente al Fondo de Garantía del Tiempo de Servicio (FGTS) de todo el período contractual, más una multa del 40%, reporta O’Globo.
Ley que regula servicio doméstico
La ley argentina es similar a la de Brasil, ley que regula el trabajo de niñeras y empleados domésticos en Brasil es la “Lei Complementar nº 150/2015”, conocida como la “Lei das Domésticas” (Ley de las Trabajadoras Domésticas). Esta legislación entró en vigor en abril de 2013, pero fue modificada en 2015 para mejorar los derechos y las condiciones laborales de los empleados domésticos, incluyendo las niñeras.
A continuación, se mencionan algunos aspectos importantes de la “Lei das Domésticas”:
- Jornada de trabajo: La ley establece una jornada máxima de trabajo de 44 horas semanales para los empleados domésticos, incluyendo las niñeras. Las horas extras deben ser pagadas con un recargo del 50% sobre el salario normal.
- Descanso semanal: Los empleados domésticos tienen derecho a un descanso semanal remunerado de 24 horas consecutivas, preferiblemente los domingos.
- Vacaciones: Los empleados domésticos tienen derecho a 30 días de vacaciones remuneradas después de un año de trabajo. Pueden dividirse en hasta dos períodos, uno de ellos no inferior a 14 días.
- Décimo tercer salario: Los empleados domésticos tienen derecho a recibir un sueldo adicional conocido como “décimo tercer salario” al final del año.
- Seguridad social: Los empleadores deben contribuir al Instituto Nacional del Seguro Social (INSS) para asegurar la protección social y los beneficios de los empleados domésticos.
- Registro en la CTPS: Es obligatorio que el empleador registre formalmente al empleado en su Carteira de Trabalho e Previdência Social (CTPS) para garantizar sus derechos y beneficios.
- Indemnización por despido sin justa causa: En caso de despido sin justa causa, el empleado doméstico tiene derecho a una indemnización correspondiente a un mes de salario por cada año de servicio.
- Licencias: La ley prevé licencias remuneradas por motivos de salud, maternidad, paternidad y adopción, entre otras.
- Protección contra el acoso laboral y la discriminación: La ley prohíbe el acoso laboral y establece medidas para prevenir la discriminación en el lugar de trabajo.