Ley de hora respetuosa para toda persona con TEA – autismo
En la provincia de Mendoza se estableció esta normativa para personas con trastornos del espectro autista
Toda persona con autismo: persona que padece de un Trastorno del Espectro Autista (TEA), Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), o en general cualquier tipo o clase de autismo; tendrá derecho de prioridad de atención en la administración pública, reparticiones, instituciones, hospitales y demás reparticiones del estado, así como también en los centros comerciales, centros de salud y demás organismos con acceso al público tanto públicos como privados de toda la Provincia de Mendoza.
Podrán presentar su certificado de discapacidad, o también se reconocerán por utilizar pulseras o lazos azules que los identifiquen.
Hora respetuosa
Establézcase en todo el territorio de la Provincia de Mendoza la “Hora Respetuosa”, dirigida a la inclusión de las personas con Trastorno de Espectro Autista (TEA) y cualquier dificultad de hipersensibilidad y tolerancia a los ruidos fuertes y a las luces. La hora respetuosa abarcará una franja horaria en donde se atenuarán ruidos y luces, para que personas incluidas en el Artículo 1º, realicen sus compras minimizando los estímulos del entorno.
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