Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Plazo de gracia para refinanciar deudas bancarias

Quien adeude una suma al banco tendrá un plazo de dos meses para pagarla

Los clientes que no puedan afrontar a partir de abril el pago de las cuotas podrán a lo largo de dos meses buscar un acuerdo con la entidad financiera para una reprogramación del crédito, antes de que se considere que ingresó en estado de mora.

De esta manera, no se considerarán para la Central de Deudores las cuotas impagas durante los meses de abril y mayo.

Recién a partir de junio las entidades financieras clasificarán a sus deudores conforme a los criterios de mora preexistentes en marzo de 2020, antes de las medidas de emergencia dictadas en el marco de las políticas de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuestas por el Gobierno nacional.

El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió establecer una transición gradual en la definición de deudores para los clientes que optaron por postergar el pago de las cuotas, beneficio que no se renovará a partir del vencimiento a fin de mes.

La medida buscar cierto alivio temporal a que no pueda pagar el saldo adeudado. Finalizado este plazo, sino un acuerdo con el banco, éste podrá iniciar las acciones legales de cobro.

 

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