Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

ANSES modifica el trámite para el cambio de titularidad de la AUH

Se cobrará a AUH bajo la condición de que se le pague la deuda al anterior titular

Por Lia Aylen Abraham Lafuente

Hasta hace un tiempo, el progenitor que no percibía la Asignación Universal por Hijo, dado que la percibía el otro, podía solicitar el cambio de titularidad realizando el trámite de “Adenda 63”, que lo encontramos en la pagina web.

Se trata de un trámite que ANSES lanzó a los fines de que cuando la niña, el niño o adolescente no están bajo el cuidado de uno o ninguno de sus progenitores/as, se le transfiera la titularidad y la percepción del beneficio a quien esté ejerciendo efectivamente el rol del cuidado y poder así registrar esta “nueva realidad”.

Desde el pasado 12 de abril, ANSES dio origen a una nueva manera para acceder a ello, llamado “más derechos para quienes tienen a sus hijas e hijos a cargo”.  ¿Por qué nace este trámite si ya había otro cuyo resultado es exactamente el mismo?

La realidad es que el trámite de Adenda 63 no podía cumplir su fin, si el titular actual del beneficio había solicitado un crédito ANSES, dado que había que esperar a que se terminara de pagar.

Esto quiere decir que, aunque en la realidad el niño, niña o adolescente ya no conviviera más con el progenitor titular de la AUH, el que ejercía su cuidado no lo podía percibir porque aquel había pedido un préstamo cuya cuota se deducía del beneficio. En otras palabras, ANSES debía asegurarse que el dinero que había prestado sea devuelto.

Nuevo mecanismo de cambio de titularidad de AUH

Ahora este organismo anunció este nuevo mecanismo para que “quienes tienen a sus hijas y/o hijos a cargo puedan solicitar el cobro de las asignaciones y que sean las chicas y chicos quienes efectivamente la reciban”, tal como figura su sitio web, aunque existan cuotas pendientes de un préstamo dado por el organismo.

En ese marco, la directora ejecutiva de ANSES explicó que decidieron modificar esta normativa porque consideran que es “una injusticia que las mamás, que son las que se hacen cargo de sus hijas e hijos, no pudieran
administrar ese recurso que es de las nenas y los nenes”.

Asimismo afirmó que a través de este trámite, “el Estado garantiza que la asignación les llegue a quienes realmente les corresponde”.

Por otro lado, el organismo señaló a través de un comunicado que “esta medida fue establecida a partir del diálogo permanente entre el organismo y las mamás de la AUH que transmitían la imposibilidad de hacerle llegar ese dinero a sus hijas e hijos cuando lo cobraba el otro progenitor.

Cabe aclarar que, en su gran mayoría, se trata de mamás que se hacen cargo de hijas e hijos y cuyos padres cobran la asignación, pero no les transfieren el dinero correspondiente”. Lo cual se materializa en el video que encontramos en la cuenta oficial de Youtube

La deuda por el beneficio de AUH

El Estado garantiza que la asignación les llegue a quienes corresponde, pero… ¿y la deuda? ¿También la paga quien corresponde?

No todo es color de rosa. La persona que haga este segundo trámite, tendrá también que hacerse cargo del pago de ese préstamo. Las asignaciones que perciba no serán totales sino parciales, dado que se le va a deducir automáticamente las cuotas que aún no se han pagado.

La nueva persona beneficiaria va a tener más dinero que antes, podríamos decir que se le ha reconocido un derecho. Pero también está abonando por un préstamo que no ha solicitado y menos aún disfrutado, o sea que ha adquirido una obligación.

A simple vista parece ser la manera más rápida y sencilla, corporativamente, de cobrar una deuda, donde menos importa quién paga. El asunto es que, aunque las personas que lo solicitan saben que así será, no creo que alguien quiera pagar una deuda ajena voluntariamente, simplemente por que sí.

Seguramente la familia lo hace por amor, un prestamista lo hará por negocios, pero éstas madres lo hacen porque no les queda otra opción, es esto o no cobrar nada, lo hacen por necesidad.

La realidad es que ningún agente de ANSES va a obligar a nadie a realizarlo, pero… ¿Hacer el trámite es una decisión que tomarán con voluntad?

Posibles alternativas para la AUH

Es comprensible que el organismo otorgue beneficios como éstos a los sectores más vulnerables, pero ¿estaría eximido de hacer las actividades normales en el otorgamiento y cobro de préstamos?

Por la modalidad en la que son otorgados, claro está que el fin no es lucrar con ello, pero no deja de hacer una actividad financiera.

Así como está planteado el asunto, en el que el préstamo persigue al beneficio, considero que es necesario hacer algo al respecto. Algo que proteja a la familia completa y no solo a ANSES y por defecto a un integrante de la familia.

¿A que voy? Voy al hecho que ya que la persona solicita un préstamo que va a abonar con la asignación que el Estado Nacional brinda por tener un hijo/a, se le podría solicitar al otro progenitor su consentimiento, a fin de cuentas el dinero lo percibe el adulto pero es para los niños, ¿no?

Préstamos, crédito y deuda de AUH

El préstamo debería perseguir al deudor, no a la fuente de donde se abona. De lo contrario, se entiende que la asignación no es más que una garantía.

Se da por sentado que el deudor no puede abonar, por lo que se le cobra al garante, la asignación. La realidad es que si el deudor no puede abonar, tendría que ser un problema que debería resolver ANSES con éste directamente, tendrá que arbitrar los medios para que este ciudadano cumpla con sus obligaciones, pero sin afectar
derechos de terceros, que en este caso son menores de edad que necesitan ese dinero.

El mecanismo de deducción no es malo per se, contrariamente es una herramienta excelente para que el organismo perciba con normalidad los ingresos que tiene dispuestos, pero cambia radicalmente cuando hay un cambio de titularidad y arrastra una deuda no contraída por éste.

La asignación para el nuevo titular es dinero que percibirá para atender mejor a su descendencia, no para pagarle algo al anterior titular. Más en estas circunstancias, donde hay madres que no han podido cobrar por meses un beneficio que les correspondía, simplemente por que el otro progenitor había solicitado un préstamo.

O sea, además de perder ese dinero por meses, dado que la Adenda 63 no lo podían realizar, también tienen que pagarle las cuotas al padre de un préstamo que no se sabe si ella estuvo de acuerdo o si fue en beneficio real para los niños.

El que cobró el préstamo se está enriqueciendo indebidamente: pidió un préstamo y por decisión de ANSES, de alguna manera, se lo exime de pagarlo ya que lo carga a la cuenta del nuevo beneficiario.

De la lectura se desprende que ANSES puede afectar, ergo, deducir, las prestaciones, como es el caso de la AUH con el fin de otorgar financiamiento a los titulares de las prestaciones. Esto puede despertar algunas críticas, veremos en cada caso concreto cómo se resuelven.

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