Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Beca MANTA

Se publicó en el boletín oficial esta beca de cultura. Destinada a artesanos y artesanas de todo el país, con el objetivo de fomentar e incentivar la producción y la actividad artesanal de manera sustentable. Se otorgarán ayudas de hasta $300.000 y se podrá aplicar hasta el 16/11.

 

BECA MANTA. 1. MARCO GENERAL

El Ministerio de Cultura de la Nacion, a través de la Secretaría de Desarrollo Cultural, en carácter de autoridad de aplicación del programa Mercado Nacional de Artesanías Tradicionales e Innovadoras Argentinas invita a artesanos y artesanas de todo el territorio nacional -del ámbito urbano, periurbano y rural incluyendo a quienes tengan pertenencia indígena y/o campesina- a participar de la tercera convocatoria de MANTA Beca para el desarrollo productivo artesanal.

Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado dirigido al sector artesanal con el objetivo de promover el desarrollo productivo artesanal.

A tal efecto se entiende por ARTESANÍAS a las producidas por los/as artesanos/as, ya sea totalmente a mano, o con la ayuda de herramientas manuales o medios mecánicos, siempre que la contribución manual directa del artesano/a siga siendo el componente más importante del producto acabado. Para su producción se emplean materias primas en su estado natural o procesadas. La naturaleza especial de las artesanías se basa en sus características distintivas, que pueden ser utilitarias, estéticas, artísticas, creativas, vinculadas a la cultura, decorativas, funcionales, tradicionales, simbólicas y significativas religiosa y socialmente.

ARTESANO o ARTESANA a toda persona que ejerce su oficio expresando su creatividad a través de la producción artesanal, representando una forma de vida y de trabajo.

ARTESANOS CON RECONOCIMIENTO A LA CALIDAD DEL PRODUCTO ARTESANAL son aquellos artesanos y artesanas que lograron los estándares de calidad propuestos por UNESCO y World Crafts Council en las seis ediciones del Programa Internacional “Reconocimiento a la Calidad del Producto Artesanal del Cono Sur”.

2. DESTINATARIOS Y MODALIDADES DE BECA

Podran aplicar a las siguientes modalidades:

1.Artesanos y artesanas mayores de 18 años, de todo el territorio nacional. Ayuda máxima a otorgar DOSCIENTOS MIL PESOS ($200.000).

2. Artesanos y artesanas con Reconocimiento a la Calidad del Producto Artesanal del Cono Sur en cualquiera de sus ediciones. Ayuda máxima a otorgar TRESCIENTOS MIL PESOS ($300.000).

3. ADJUDICACION Y DESTINO DE LAS BECAS

Esta convocatoria otorgara becas para el desarrollo productivo artesanal de los artesanos y artesanas del país, con el propósito de fomentar la producción e incentivar la actividad de manera sustentable.

Las becas serán otorgadas en una cuota.

4. CONTRAPRESTACIÓN DE BECA

Para el cumplimiento de la beca los beneficiarios deberán realizar una contraprestación. Los artesanos y artesanas becados deberán ofrecer una capacitación o actividad de divulgación de modo presencial en base a sus saberes de 10hs, que deberán comprometerse a presentar en un plazo no mayor a sesenta (60) días a partir de la percepción de la beca y que deberán acreditar a través de una certificación del organismo o entidad que la reciba, siendo estas escuelas, municipios, museos, u otras instituciones receptoras del aprendizaje o promotoras de la cultura. Luego de realizada la contraprestación deberán completar y adjuntar una declaración jurada junto con la certificación del organismo o entidad a través de la plataforma Somos Cultura.

5. POSTULANTES

Podrán postularse aquellas personas humanas que cumplan con los requerimientos que se detallan a continuación, contemplando únicamente artesanos y artesanas que sean mayores de 18 años de edad y que acrediten una trayectoria no menor a dos (2) años en la actividad.

No podrán presentarse a esta convocatoria de MANTA Beca para el desarrollo productivo artesanal:
– Personas que hayan obtenido una beca o subsidio del Ministerio de Cultura de la Nacion en el corriente año.

– Personas que sean funcionarios del Ministerio de Cultura de la Nacion o desarrollen tareas bajo cualquier modalidad de vinculación contractual con el mismo.

– Quienes no hayan acreditado el cumplimiento de la contraprestación de becas correspondientes a anteriores convocatorias del MANTA.

6. FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCION

La inscripción se realizará a través de la plataforma https://somos.cultura.gob.ar/. Para postularse a la convocatoria será requisito estar inscripto o inscribirse previamente en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA, creado por Resolución N°130/2021 del Ministerio de Cultura de la Nación, y posteriormente completar el formulario de inscripción en la sección del MANTA – tercera convocatoria. En el mismo los solicitantes deberán adjuntar la documentación e información solicitada en los campos correspondientes, detallando localización, conectividad, producción, comercialización, sostenibilidad de la actividad artesanal, patrimonio cultural y pueblos originarios sin correspondiere, años de trayectoria, destino y proyecto a desarrollar con la beca.

Todos los datos que las y los postulantes incluyan tanto en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA como en el formulario de inscripción al “MANTA – tercera convocatoria” tienen carácter de declaración jurada y formarán parte de la presente convocatoria. Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen a través de la plataforma de inscripción y al correo electrónico declarado por el o la postulante en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA, siendo responsabilidad de cada usuario, mantenerlo actualizado para recibir las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria.

Una misma persona humana podrá realizar sólo una (1) postulación.
No se aceptarán presentaciones remitidas por otras vías y/o en otros soportes o fuera del plazo establecido.

La convocatoria dara comienzo el dia habil inmediato posterior a la publicacion de las presentes bases en el Boletin Oficial de la Republica Argentina y se extendera durante un periodo de treinta (30) dias corridos.

6. 1 Documentación del postulante

Los artesanos y artesanas deberán presentar:
1. DNI del postulante a la beca (bifaz en el caso de la tarjeta)
2. Constancia de CUIT o CUIL del postulante a la beca.
3. Curriculum Vitae con descripción de la experiencia y trayectoria del o la postulante.

6.2 Información relativa a la contraprestación de la beca

Los artesanos y artesanas deberán informar:

  • Título o nombre de la capacitación o actividad a desarrollar
  • Temática de la capacitación o actividad con breve descripción de sus contenidos
  • Nombre de organización o entidad receptora
  • Localidad
  • Provincia

7. EVALUACION Y SELECCION

7.1 Validacion formal y aceptación de las postulaciones

Una vez presentadas, las postulaciones serán revisadas por personal administrativo del Ministerio de Cultura de la Nación con el objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos formales de admisibilidad y la condición de artesanos de los postulantes.

Aquellas postulaciones que resulten admisibles desde el punto de vista formal, pasarán a ser evaluadas por un Comité Evaluador que seleccionará a los y las beneficiarios/as.

7.2 Comite Evaluador

La evaluación de las postulaciones y la selección de los beneficiarios serán realizadas por un Comité Evaluador conformado por: un funcionario del Ministerio de Cultura de la Nación y dos representantes y/o especialistas, designados por la autoridad de aplicación. Las decisiones del Comité Evaluador serán inapelables.

Los beneficiarios serán elegidos en base a los siguientes criterios de selección por parte del Comité Evaluador:

● Importancia de la artesanía como generador del ingreso principal de la economía familiar: si la creación, producción y comercialización de artesanías es una actividad regular que solventa de manera contundente la economía familiar.

● Impacto federal de acuerdo a la población artesana por distritos: selección proporcional a una distribución federal de los recursos considerando la cantidad de población artesana en cada distrito que surge del Registro Federal de Cultura.

● Trayectoria de los artesanos y artesanas: la incidencia del oficio de los artesanos y artesanas en su biografía y sus principales hitos.

La designación de los miembros del Comité Evaluador y la aprobación del Acta de selección de beneficiarios/as serán efectuadas por la Autoridad de Aplicación y anunciada oportunamente en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación www.cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes seleccionados a través de correo electrónico denunciado en el formulario de inscripción.

8. RENDICIÓN DE LA BECA Y DEMÁS OBLIGACIONES

Luego de la percepción de la beca y dentro de un plazo no mayor a sesenta (60) días corridos, el becario deberá realizar la capacitación o actividad presencial en base a sus saberes ofrecida en el formulario de postulación. Cada beneficiario/a deberá informar en la declaración jurada la fecha de realización de la capacitación o actividad ofrecida así como la cantidad de público asistente, adjuntando una certificación del organismo o entidad que recibió la capacitación a los efectos del cumplimiento de la contraprestación comprometida.

Los artesanos y artesanas deberán consignar de manera visible el apoyo del Ministerio de Cultura de la Nación con la siguiente leyenda: “APOYO DE MANTA Beca para el desarrollo productivo artesanal- Ministerio de Cultura de la Nación” y la aplicación grafica de los isologotipos provistos por el equipo técnico del Ministerio de Cultura de la Nación en toda pieza de comunicación, referencia publica, sitios webs y redes sociales durante el presente ano.

9. INCUMPLIMIENTOS

Frente al incumplimiento de cualquier obligación derivada de las presentes bases y condiciones, durante alguna de las etapas, el Ministerio de Cultura de la Nación intimara al beneficiario al correo electrónico constituido en el proceso de inscripción que se ha detectado el incumplimiento, para que se proceda a subsanarlo en un plazo no mayor a quince (15) días corrido de notificado.

En caso de omisión o negativa, o fracasada la intimación, se girarán las actuaciones a la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA para que tome la intervención que le compete.

Asimismo, cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios, lo inhabilitara para recibir futuras ayudas otorgadas por el Ministerio de Cultura de la Nación.

10. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN

Los artesanos y grupos de artesanos seleccionados, autorizan al Ministerio de Cultura de la Nacion a generar registros audiovisuales de la actividad beneficiada con MANTA Beca para el desarrollo productivo artesanal. En ese marco, el Ministerio de Cultura de la Nacion podra reproducir el registro generando copias en cualquier soporte idoneo a tal efecto, y adicionalmente, efectuar actos de comunicacion publica del material a traves de cualquier entorno o plataforma comunicacional, analogica o digital, incluida la facultad de alojar el registro en un servidor de

internet, su comunicacion mediante portales, sitios web, plataforma digitales, o redes sociales de caracter institucional. El Ministerio de Cultura de la Nacion podra generar formatos adaptados del material, cuando la plataforma comunicacional utilizada asi lo requiera. La autorización conferida se otorga sin límites temporales y territoriales de ninguna naturaleza y posee caracter no exclusivo, es decir que el beneficiario conserva la facultad de utilizar identicos registros en su actividad. Por ultimo, los artesanos y artesanas seleccionados autorizan el uso de su imagen personal con el objeto de divulgar los resultados de la convocatoria o cualquier otro evento de difusion institucional relacionado.

11. ACEPTACIÓN

La participación en la Convocatoria implica el conocimiento y aceptación de las presentes Bases y Condiciones, por lo cual los/as participantes renuncian a deducir todo reclamo o acción de cualquier naturaleza contra el Ministerio de Cultura de la Nación, con fundamento en el eventual desconocimiento de este instrumento.

12. IMPREVISTOS

Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por el Ministerio de Cultura de la Nación o la autoridad de aplicación del presente, y no dará lugar a reclamo alguno por parte de los/as participantes.

Más info de la BECA MANTA

Los comentarios están cerrados, pero trackbacks Y pingbacks están abiertos.