Preguntas frecuentes dólar tarjeta, dólar turismo y dólar solidario
A raíz del aumento de la retención del dolar al 75%, algunas preguntas básicas.
Ante la suba de la retención al 45% (más bien percepción porque es cuando se paga) del dólar tarjeta o turismo, algunas preguntas.
¿Se aplica a dólar ahorro?
No. Para las pocas personas que pueden comprar ese dólar ahorro, con el cupo de 200 USD, no se aplica esta percepción.
¿Cuál es el dólar turismo y dólar tarjeta?
Casi todo gasto con tarjeta de crédito o débito, en dólares o moneda extranjera. Salvo temas de salud, libros y algún que otro concepto educativo o viático oficial. Ver más acá
Dólar tarjeta sube 10%, así el dólar solidario queda en 75% para turismo
¿Se aplica a productos importados el nuevo dólar tarjeta?
Depende, en principio no si se venden en Argentina y en pesos. Importadores a los que el Estado les deje importar mantendrán el dólar oficial. Es para personas que usen tarjeta de crédito.
Indirectamente, favorece el compre local. Por ejemplo, si antes una MAC salía 500 USD en pesos al dólar oficial más 65%, ahora será más 75%… Es decir, la medida favorece a las empresas argentinas a las que autoricen a importar, porque lo hacen el dólar oficial. Para quien compra directamente tiene esta retención del 75%, por ejemplo en tiendas del exterior
¿Puedo zafar legalmente de la retención?
Sí se paga con dólar en cuenta. O si para turismo por ejemplo se compra con agencia de viajes local. Otra opción es comprar los pasajes y hoteles con agencia de viajes en pesos ya congelados. Para comida y demás gastos en el exterior se complica.
¿Se aplica a Netflix y servicios digitales, turismo?
Sí a todo. Se aplica la retención del 45% (en total 75% más la percepción a cuenta de Ganancias) a toda compra con tarjeta de crédito de un insumo o servicio que esté en dólares. Si ya viene en pesos el impuesto no se aplicaría. De hecho los conceptos son muy amplios, desde turismo a cualquier servicio, veamos:
-Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente locatario o prestatario destinadas al pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito
-Compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera;
-pago, por cuenta y orden del contratante residente en el país de servicios prestados por sujetos no residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y de débito
– Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país.
– Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática
¿Desde cuándo se aplica?
Ya. Pero hay que ver la fecha de cierre de la tarjeta y del resumen, porque se congela ahí el monto. Mejor pagar con débito. Si se paga con dólares en cuenta, no se aplicaría. Para leer la resolución AFIP completa y más del tema, desde cuándo se aplica, ver este link:
Dólar tarjeta sube 10%, así el dólar solidario queda en 75% para turismo
¿Puedo pedir la devolución o reembolso de la retención del dólar?
Sí, pero tarda y con una inflación del 80% anual el monto real será menor, devaluado. Además hay condiciones y requisitos para pedir el reintegro de la percepción del dólar solidario o turismo.
¿Un 45% no es confiscatorio? 1 dia antes de las vacaciones de invierno?
Me han hecho esa pregunta en Twitter. Toda medida está sujeta al control judicial. Se podría argumentar que equivale a un impuesto, que debiera salir por ley. Hay que analizarlo.
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