¿Cuán legal trabajar con calor?
Normativa de seguridad e higiene laboral sobre calor y stress térmico para el trabajador. Temperatura máxima de trabajo
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo ha actualizado hoy la normativa referida al “estrés térmico”, es decir al trabajo en condiciones de exceso de calor. La norma toma en cuenta el grado de actividad corporal, ya que no es lo mismo una actividad sedentaria que otra que exija gran esfuerzo físico.
La regulación también toma en cuenta la humedad relativa ambiente del lugar de trabajo y la indumentaria del trabajador. Con todos esos parámetros establece valores límite permisibles, por encima de los cuales ningún trabajador puede realizar tareas y valores límite de acción, que son menores.
A partir de esos topes, superado el rango, los empleadores deben establecer medidas para no llegar a los límites superiores y se debe, además, monitorear el impacto en la salud de los trabajadores realizándose los exámenes médicos que correspondan
Normativa técnica de seguridad e higiene laboral – calor
Apruébanse las “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOBRE CARGA TÉRMICA – ESTRÉS POR CALOR” que como Anexo IF-2023-82368389-APN-GP#SRT forma parte integrante de la presente resolución, las que serán de aplicación a toda tarea que se realice en los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el apartado “ESTRÉS TÉRMICO Y TENSIÓN TÉRMICA” del Anexo II “ESTRÉS TERMICO (Carga térmica)” del Decreto N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979 – Texto sustituido por el artículo 3° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 295 de fecha 10 de noviembre de 2003- por las “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOBRE CARGA TÉRMICA – ESTRÉS POR CALOR” aprobadas por el artículo 1° de la presente Resolución.
Anexo técnico, carga térmica
Apruébanse las “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOBRE CARGA TÉRMICA – ESTRÉS POR CALOR” que como Anexo IF-2023-82368389-APN-GP#SRT forma parte integrante de la presente resolución, las que serán de aplicación a toda tarea que se realice en los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el apartado “ESTRÉS TÉRMICO Y TENSIÓN TÉRMICA” del Anexo II “ESTRÉS TERMICO (Carga térmica)” del Decreto N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979 – Texto sustituido por el artículo 3° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 295 de fecha 10 de noviembre de 2003- por las “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOBRE CARGA TÉRMICA – ESTRÉS POR CALOR” aprobadas por el artículo 1° de la presente Resolución.
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