Inversiones exentas y gravadas en el impuesto a los Bienes Personales
Un resumen de algunos activos financieros y su tratamiento por el derecho tributario, impuesto al patrimonio en Argentina 2023
Inversiones Exentas del Impuesto a los Bienes Personales según la ley argentina. Esta lista no implica consejo de inversión y debe consultarse la situación tributaria particular con contador/a pública.
- Plazos Fijos y Depósitos en Cajas de Ahorro:
- Mantienen la exención, tanto en pesos como en moneda extranjera
- Títulos Públicos Argentinos:
- Incluyendo Nacionales, Provinciales o Municipales, en pesos o moneda extranjera.
- Cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión:
- Exentas si al menos el 75% de sus activos subyacentes son exentos.
- Acciones Argentinas:
- No tributan el impuesto directamente; es la sociedad emisora quien lo ingresa.
- ADR Emitidos por Sociedades Argentinas:
- Posición mayoritaria sostiene que no están gravados debido al pago realizado por la sociedad emisora.
- Obligaciones Negociables en Moneda Nacional y con Oferta Pública:
- Exentos si hacen oferta pública
- Instrumentos para la Inversión Productiva y Fideicomisos Financieros del país:
- Incluidos en la exención (Art. 21 Inciso k Ley de Bienes Personales).
Algunas Inversiones Gravadas con el Impuesto (lista enunciativa)
- Fondos en Cuentas Comitentes al 31/12/23:
- Gravados con la alícuota correspondiente.
- Depósitos en Cuenta Corriente:
- Sujetos al impuesto.
- Plazos Fijos en el Exterior:
- Gravados.
- CEDEAR:
- Considerados bienes en el exterior, gravados con la alícuota de bienes personales.
- Obligaciones Negociables en Moneda Extranjera:
- Gravadas según la Ley 27.638/2021.
- Fondos Comunes de Inversión con Activos no Cumplidores del 75% Exento:
- Quedan gravados.
- Monedas Digitales:
- Sujetas a interpretación AFIP Dictamen DAT 2/2022.
- Cheques, Facturas y Pagarés en Pesos y Dólares:
- Gravados según su valor de cotización al 31/12/2023.
- Bonos Soberanos y Corporativos de Brasil:
- Sujetos al impuesto.
Tratamiento de las Inversiones Financieras Período Fiscal 2023
El consejo profesional de Ciencias Económicas publicó esta información, cuadro de inversiones y bienes personales. Hay que ver cada caso particular:
( con normativa publicada al 25/09/2023)
Activo Financiero |
Tratamiento en Ganancias P.Fiscal 2023 |
Tratamiento en Bs Personales P. Fiscal 2023 |
|
Rendimiento Resultado Enajenación |
|||
Acciones argentinas con cotización (CNV) |
dividendo: gravado 7% (b) |
exento |
exento (tributa R.Sustituto) |
Acciones argentinas con cotización (no comercializada en CNV) |
dividendo: gravado 7% (b) |
gravado 15% |
exento (tributa R.Sustituto) |
Acciones argentinas sin cotización |
dividendo: gravado 7% (b) |
gravado 15% |
exento (tributa R.Sustituto) |
Acciones del exterior |
dividendo: gravado a escala |
gravado 15% |
gravado |
ADR |
dividendo: gravado 7% (b) |
gravado 15% |
(1) |
Bonos Soberanos de Brasil |
No gravado |
gravado 15% |
gravado |
Bonos Corporativos de Brasil |
gravado a escala |
gravado 15% |
gravado |
Bonos corporativos del exterior |
gravado a escala |
gravado 15% |
gravado |
Bonos del Estado Argentino en $ |
exento |
exento ( **) |
exento |
Bonos del Estado Argentino en USD |
exento |
exento ( **) |
exento |
Bonos del Estado Extranjeros |
gravado a escala |
gravado 15% |
gravado |
Caja de ahorro argentina en dólares |
exento |
(*) |
exento |
Caja de ahorro argentina en pesos |
exento |
(*) |
exento |
Cauciones Bursátiles (a) |
gravado a escala |
(*) |
gravado |
CEDEAR |
dividendo: gravado a escala |
exento |
gravado |
Cuenta corriente argentina en dólares |
(*) |
(*) |
gravado |
Cuenta corriente argentina en pesos |
(*) |
(*) |
gravado |
FCI argentinos Art. 21 inciso K) LBP (d) |
exento |
exento (***) |
exento |
FCI argentino abierto en pesos (CNV) |
(2) |
exento ( **) |
gravado (4) |
FCI argentino abierto en USD (CNV) |
(2) |
exento ( **) |
gravado (4) |
FCI argentino abierto en pesos (fuera de CNV) |
(2) |
gravado 5% |
gravado |
FCI argentino abierto en USD (fuera de CNV) |
(2) |
gravado 15% |
gravado |
FCI cerrado en pesos |
(2) |
exento |
gravado (4) |
FCI cerrado en dólares |
(2) |
exento |
gravado (4) |
FCI del exterior |
gravado a escala |
gravado 15% |
gravado |
Fideicomiso Financiero del exterior |
gravado a escala |
gravado 15% |
gravado |
FideicomisosFinancierosdelpaísArt,21incisoK)LBP (d) |
exento |
exento (***) |
exento |
Instrumentos emitidos en $ para formentar inversión productiva (3) |
exento |
gravado |
exento |
Letras del Tesoro extranjero |
gravado a escala |
gravado 15% |
gravado |
Letras del Tesoro Argentino en $ |
exento |
exento ( **) |
exento |
Letras del Tesoro Argentino en USD |
exento |
exento ( **) |
exento |
Monedas digitales (5) |
(*) |
gravado 15% |
gravado |
Money market o cualquier otra cuenta remunerada del exterior |
gravado a escala |
(*) |
gravado |
ON (Obligaciones negociables) de empresas argentinas en $ |
exento |
exento ( **) |
exento (c) |
ON (Obligaciones negociables) de empresas argentinas en USD |
exento |
exento ( **) |
gravado |
ON (Obligaciones negociables) de empresas extranjeras |
gravado a escala |
gravado 15% |
gravado |
Plazo fijo en Argentina en pesos sin cláusula de ajuste |
exento |
(*) |
exento |
Plazo fijo en Argentina en pesos con cláusula de ajuste |
exento |
(*) |
exento |
Plazo fijo en Argentina en dólares |
gravado a escala |
(*) |
exento |
Plazo fijo (time deposit) en el exterior |
gravado a escala |
(*) |
gravado |
Títulos públicos argentinos en $ |
exento |
exento ( **) |
exento |
Títulos públicos argentinos en USD |
exento |
exento ( **) |
exento |
Títulos Públicos Extranjeros |
gravado a escala |
gravado 15% |
gravado |
Títulos, acciones y demás valores de Bolivia |
No gravado |
No gravado |
No gravado |
(*) No resulta de aplicación
(**) Según el artículo 26 inciso u) para el período fiscal 2023 el resultado de la compraventa estará exento en la medida que coticen en bolsas o mercados de valores
(***) en tanto cumplan las condiciones del inciso u) del artículo 26 LIG
(1) No existe una única postura: La posición mayoritaria es que no está gravado por haber tributado la Sociedad emisora de las acciones como
R. Sustituto en Bs.Personales
(2) De acuerdo a la modificación del art. 26 inciso h) introducida por el art. 33 de la Ley 27541 vuelve a renacer la exención para los rendimientos de los FCI según art. 25 inc b) Ley 24083 siempre que los referidos títulos sean colocados por oferta pública.
(3) Serán aquellos que establezca el PEN, siempre que lo disponga la norma que los regule. No hay remisión a la exención si estos instrumentos se enajenaran ( modificación introducida por Ley 27.638), por lo tanto, bajo el supuesto que esos instrumentos encuadren en la definición de “demás valores” del art. 9 del Decreto Reglamentario de la LIG, entendemos que su enajenación, estará alcanzada por el impuesto cedular del art. 98 LIG t.o. 2019
(4) No comprendidos en el Artículo 21 inciso k) de la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales -incorporado por la Ley 27.638- (d)
(5) Destacamos la interpretación exteriorizada por AFIP a través de su Dictamen DAT 2/2022
(a) Existen opiniones doctrinarias que consideran su tratamiento asimilable a operaciones de pase y por tanto las consideran exentas.
(b) Modificación introducida por el artículo 7 de la Ley 27.630 al primer párrafo del artículo 97 de la LIG (T.O. 2019 )
(c) Exención introducida por Ley 27.638 en tanto sean en moneda nacional y cumplan las condiciones del art. 36 Ley 23.576
(d) La Ley 27.638 ha agregado una nueva exención para estos instrumentos que hubieran sido colocados por oferta pública de la CNV y cuyo activo subyacente esté integrado como mínimo por un porcentaje a determinar por la reglamentación por los siguientes bienes:1) Los títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por el Estado; 2) depósitos en moneda argentina y extranjera en instituciones comprendidas bajo el régimen de la Ley 21526 a plazo fijo, caja de ahorro u otras formas de captación de ahorro. 3) Obligaciones Negociables en pesos emitidas según los requisitos del art. 36 Ley 23576 y 4) instrumentos en pesos destinados a fomentar la inversión productiva
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