Enfermedad Laboral por Estrés, indemniza ART
Derecho laboral y seguridad en el trabajo, el cuidado de la salud
Este caso trata sobre un trabajador que reclamó a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) una compensación económica por problemas psiquiátricos (estrés, ansiedad, etc.) que, según él, fueron causados por su trabajo como telemarketer.
Primera Instancia (Juzgado N° 64): El juez de primera instancia le dio la razón al trabajador. Consideró que sus problemas psiquiátricos eran una enfermedad laboral causada por las condiciones de trabajo y ordenó a la ART pagarle una indemnización según las leyes de riesgos del trabajo (24.557 y 26.773).
Apelación de la ART: La ART no estuvo de acuerdo con la sentencia y apeló ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Sus argumentos principales (implícitos) fueron:
Que el informe del perito psiquiatra estaba mal o no era concluyente.
Que no había una relación directa (nexo causal) entre el trabajo de telemarketer y la enfermedad del trabajador, considerándola una enfermedad común (“inculpable”).
Decisión de la Cámara (Sala III – La sentencia que analizamos): La Cámara confirmó en gran medida la decisión de primera instancia, pero hizo un cambio importante en cómo calcular los intereses. Su razonamiento fue:
Sobre la Apelación de la ART: Consideró que la ART no criticó la sentencia de forma concreta y detallada, sino que solo dijo que era “arbitraria” .
Sobre la Pericia Psiquiátrica: Le dio total validez al informe del perito. Dijo que los jueces deben confiar en los expertos, salvo errores muy evidentes, y que en este caso el perito hizo un análisis detallado, fundado en la evaluación del trabajador y los antecedentes, explicando la posible relación con el trabajo . La ART solo criticó el informe sin aportar pruebas científicas en contra .
Sobre la Relación Causal (Trabajo-Enfermedad): La Cámara coincidió en que el trabajo de telemarketer sí pudo causar la enfermedad. Argumentó que:
Es sabido que ese trabajo se caracteriza por la sobrecarga, presión por tiempos, controles constantes y poco descanso, lo que genera estrés.
La ART, como aseguradora, tenía la obligación de evaluar los riesgos en el lugar de trabajo y proponer medidas preventivas.
Aplicando la “teoría de las cargas probatorias dinámicas”, la ART estaba en mejor posición para demostrar que no existían esos riesgos o que la enfermedad no era laboral. Sin embargo, la ART no presentó ninguna evaluación de riesgos ni estudios que justificaran por qué rechazó el reclamo inicialmente.
Por lo tanto, se confirmó que la incapacidad psiquiátrica estaba directamente vinculada con las condiciones de trabajo.
Sobre los Intereses (¡Cambio Importante!): Aquí la Cámara se apartó de criterios anteriores y de la sentencia de primera instancia.
Reconoció el gran problema de la inflación y cómo destruye el valor del dinero que se debe pagar.
Criticó la prohibición de actualizar las deudas (Ley 23.928) por considerarla desactualizada y perjudicial .
Mencionó que la Corte Suprema descalificó métodos anteriores usados por la justicia laboral para compensar la inflación (como la capitalización periódica de intereses o el ajuste por CER del Acta 2783/24) .
Citó el DNU 70/2023 (aunque está suspendido ) que proponía actualizar los créditos laborales por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un interés puro del 3% anual.
Decisión Final sobre Intereses: Para evitar que el crédito del trabajador se licúe por la inflación y ante la falta de otras herramientas válidas según la Corte, la Cámara decidió declarar inconstitucional para este caso la prohibición de actualizar (Art. 7, Ley 23.928). Ordenó que el capital de la indemnización se actualice desde la fecha del accidente usando el índice IPC y se le sume un interés del 3% anual . Si no hay IPC para algún período, se usará el índice RIPTE. Aclaró que esta declaración de inconstitucionalidad la pueden hacer los jueces de oficio (sin que lo pida la parte) si ven una violación a derechos constitucionales .
El poder judicial mantuvo que la ART debe pagar todos los gastos del juicio (costas) de ambas instancias y recalculó los honorarios de los abogados y peritos
Y confirmó que el estrés del trabajo de telemarketer le causó una enfermedad psiquiátrica al trabajador y la ART debe indemnizarlo. La novedad más grande es que, para que la indemnización no pierda valor por la inflación, la Cámara ordenó actualizarla por IPC más un 3% de interés anual, declarando inconstitucional la norma que prohíbe la indexación.
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