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Importación de autos clásicos, agilizan el trámite

Se digitaliza y simplifica el trámite para importar vehículos de colección a la Argentina

La nueva Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) integró la autorización de importación de “Vehículos Automotores Clásicos” (VAC) a la Ventanilla Única de Comercio Exterior. Cuáles son los requisitos, cuánto deben valer y qué antigüedad deben tener para entrar al país.

Importar un auto usado en Argentina está, por regla general, prohibido. Sin embargo, existe una excepción histórica para los fanáticos de los fierros: los autos de colección.

Hoy, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —el organismo que reemplazó a la AFIP— publicó la Resolución General 5796/2025, que moderniza el trámite para traer estas joyas mecánicas al país. A partir de ahora, todo el proceso de autorización se integra a la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), eliminando burocracia en papel y cruzando datos automáticamente entre la Secretaría de Industria y la Aduana.

🚗 ¿Qué se considera un “Vehículo Clásico” (VAC)?

No cualquier auto viejo puede entrar. Para que la Aduana permita el ingreso bajo esta excepción (Decreto 110/99 y Res. 24/25 de Industria), el vehículo debe cumplir dos requisitos excluyentes:

  1. Antigüedad: Debe tener más de 30 años de antigüedad (fabricado antes de 1995 para la fecha actual).

  2. Valor Mínimo: Su valor FOB (valor de la mercadería puesta a bordo del transporte) no puede ser inferior a los USD 12.000.

    • El objetivo de este piso es evitar que se importen autos viejos “chatarra” y asegurar que sean piezas de valor histórico o de colección.

💻 El Nuevo Trámite Digital: Paso a Paso

Hasta ahora, conseguir los permisos implicaba expedientes que iban y venían. Con la nueva norma, el circuito es 100% digital:

  1. Solicitud: El importador tramita el Certificado de Importación de Vehículos Automotores Clásicos (VAC) ante la Secretaría de Industria y Comercio. Se debe acreditar el valor y la condición de clásico/histórico.

  2. Validación Automática: Una vez que Industria aprueba el certificado, este “impacta” automáticamente en el sistema de la Aduana (Sistema Informático MALVINA) a través de la VUCEA.

  3. Despacho: Al momento de oficializar la importación, el Despachante de Aduana invoca el certificado digital. El sistema valida que esté vigente y que los datos (VIN, marca, modelo) coincidan. Si está OK, el auto se libera.

⚠️ A tener en cuenta: Costos y Restricciones

Aunque el trámite se simplifica, los impuestos no desaparecen. Importar un auto clásico sigue siendo costoso. Quienes quieran traer una unidad deben calcular:

  • Derechos de Importación: Suelen ser elevados para extrazona.

  • Impuestos Internos: Dependiendo del valor.

  • IVA y Tasa de Estadística.

  • Flete y Seguro internacional.

La medida busca agilizar la operatoria para coleccionistas y museos, dando transparencia al proceso mediante el cruce de datos sistémico.

Vigencia: El nuevo sistema digital estará operativo a los 10 días hábiles desde hoy (es decir, a mediados de diciembre de 2025).

 

Resolución completa

 

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA”

ANEXO

Número:

Referencia: Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA). Autorización de importación de

Vehículos Automotores Clásicos (VAC). Decreto N° 110/99 y sus modificatorios y Resolución N° 24/25

(SIC) y su modificatoria. Su implementación. ANEXO.

ANEXO

PAUTAS PROCEDIMENTALES PARA LA DECLARACIÓN DE LAS AUTORIZACIONES DE

IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES CLÁSICOS (VAC), DEL DECRETO N°

110/99 Y SUS MODIFICATORIOS Y LA RESOLUCIÓN N° 24/25 (SIC) Y SU

MODIFICATORIA

1. Para la importación de Vehículos Automotores Clásicos (VAC), del inciso e) del artículo 7° del

Decreto N° 110/99 y sus modificatorios, el declarante deberá contar con el acto administrativo

emitido por la Dirección de Evaluación y Promoción Industrial, dependiente de la Subsecretaria de

Gestión Productiva de la Secretaria de Industria y Comercio, conforme lo previsto en el artículo 7°

de la Resolución N° 24/25 (SIC) y su modificatoria.

2. Para su validación en el Sistema Informático MALVINA (SIM), al momento de realizar la

declaración aduanera, el declarante deberá invocar el código de ventaja “VEHICOLEC” e indicar el

código identificador correspondiente a la autorización emitida por la Dirección de Evaluación y

Promoción Industrial como información de referencia en el Código de Documento

“LPCOVUCE0032”.

3. Una vez realizados los controles y validaciones informáticas, de no existir inconsistencias, se

permitirá la oficialización de la declaración aduanera.

En caso de existir inconsistencias de datos, el Sistema Informático MALVINA (SIM) imposibilitará

la oficialización de la declaración aduanera e informará al declarante los motivos correspondientes, a

los fines de su subsanación.

4. Solamente podrá comprometerse una autorización por ítem de la mencionada destinación, tanto sea

que cubra en forma total o parcial la cantidad de bienes autorizados.

5. En caso de existir fallas en la comunicación entre los organismos que impidan la transmisión de

datos en tiempo y forma u otras fallas de índole informática, ajenas al declarante, que imposibiliten

llevar a cabo la validación automática, se deberá seguir el plan de contingencia establecido en el

apartado C) del Anexo de la Resolución General N° 5.384.

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