Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

La mordida legal: cuando una buena acción termina en daño

Celeste adoptó un perro por redes sociales. Venía de un refugio informal, estaba desnutrido, sin vacunas ni controles. La mordió dos veces. El caso dejó huellas físicas, emocionales… y también jurídicas. ¿Qué dice el derecho argentino cuando ayudar a un animal se convierte en una pesadilla legal?

Clara, nombre ficticio, creyó estar salvando una vida. Adoptó un perro a través de redes sociales, gestionado por un refugio no registrado formalmente. Le solicitaron una “donación” de $80.000 como ayuda para los gastos del animal. Lo entregaron flaco, sucio, sin vacunas ni certificado veterinario. Ni boleta ni contrato.

Durante el trayecto, el perro se mostró agresivo. La mordió. Celeste no lo quiso devolver —temía que el animal volviera a ser ofrecido sin asistencia— pero días después fue mordida nuevamente, esta vez en la pierna. Terminó en la guardia de un hospital, con antibióticos, curaciones, y miedo.

El refugio no respondió. Celeste se quedó sola, con una herida, un perro con problemas conductuales y sin saber cómo actuar legalmente.

El marco legal: ¿quién responde por los daños?

En el derecho argentino, el Código Civil y Comercial de la Nación establece una figura clave: la responsabilidad objetiva por daños causados por animales. Esto significa que no hace falta probar culpa, solo el hecho del daño y la relación con el responsable. El dueño o “guardián” del animal es responsable, salvo que pruebe un hecho externo que lo exima (caso fortuito, culpa de la víctima, etc.).

Cuando un refugio entrega un perro que causa lesiones, y lo hace sin advertencias, controles veterinarios ni información precisa sobre su conducta, podría incurrir en responsabilidad. No solo por los artículos relativos a la responsabilidad civil, sino también por los principios generales del derecho.

 

La figura del contrato implícito

Aunque no haya papeles firmados, el vínculo entre adoptante y refugio puede entenderse como un contrato tácito o de adhesión. El refugio impone condiciones, cobra una “donación” y promete entregar un animal sano o al menos viable. Esto genera deberes: informar, actuar con prudencia, y no exponer a quien adopta a un daño previsible.

Si se omitieron advertencias esenciales, o si el perro presentaba señales claras de conducta riesgosa, el refugio podría ser civilmente responsable.

La adopción de animales no está regulada como una compraventa, pero si media dinero y se ofrece un “servicio”, la relación podría considerarse de consumo. En tal caso, el adoptante sería consumidor, y el refugio, proveedor.

La Ley  24.240 establece que toda persona que ofrece un bien o servicio debe informar debidamente, asegurar condiciones de seguridad y actuar de buena fe. Si se ocultan antecedentes médicos o de conducta del animal, eso puede considerarse una omisión relevante.

 

La ciencia y la prevención: lo que un refugio debe hacer

Desde la medicina veterinaria y la etología, existen mínimos éticos y técnicos antes de entregar un animal:

  • Examen clínico completo.
  • Vacunación al día.
  • Castración, si corresponde.
  • Evaluación del comportamiento.
  • Informe claro y por escrito al adoptante.

Todo perro con historial agresivo debe ser evaluado por un profesional, y el adoptante debe recibir esa información por escrito. No hacerlo puede configurar una negligencia grave. Se puede denunciar en fiscalía si se sospechan irregularidades.


El mensaje de Clara.

 

“Hola, ¿Qué tal??

Quisiera hacer una consulta. Adopté un perro rescatado de un supuesto refugio. Dentro del formulario que me pidieron llenar por él, me pedían 80 mil pesos como bono contribución por los gastos del animal.

Cuando hablé con esta gente me dijeron que lo habían devuelto porque ladraba y gruñía a la persona que lo adoptó. Cuestión que el domingo lo fui a buscar, todo bien. Pregunté si había algo que necesite saber. Se supone, a todo esto, que está desparasitado, castrado, etc.

En el trayecto el perro está muy nervioso, lo que me pareció normal, es rescatado de alguien que lo golpeaba y lo dejaba en la calle. Ladró y gruñó, hasta que en un momento me mordió el brazo (como tenía la campera puesta, solo me quedó un moretón), luego decidimos cambiar el transporte y volver en auto porque iba a ser imposible.

Le pude sacar porque estaba muy eufórico, me tuve que quedar en el lugar con él sin poder hacer nada. Cuando me moví un poco me volvió a morder la pierna.

Hablé con la gente de la protectora para que me digan qué vacunas tiene y me dicen que ninguna. El perro está en mal estado, sucio, no está bien nutrido, y en cuanto le puse agua y comida estaba desesperado por comer y beber.

Ahora, si yo devuelvo este perro, lo vuelven a dar en adopción sin avisar su carácter y vuelven a cobrar 80 mil pesos.

El chico que habló conmigo me dijo por mensaje que es adiestrador, entonces no entiendo cómo dan así un animal, sin importar ni avisar de su conducta.

¿Hay algo que pueda hacer?? No quisiera devolverlo ahí. Me gustaría que esté en un mejor lugar. Pero creo que esta gente lo puede volver a dar sin ninguna responsabilidad. Yo ayer tuve que ir al hospital por la mordida… Honestamente no sé qué puedo hacer. Creo que piensan más en el dinero que en los animales. Cualquier ayuda que me puedan dar…

Les agradezco muchísimo!!!!!”

Los comentarios están cerrados, pero trackbacks Y pingbacks están abiertos.