Comisiones por operar en efectivo que cobran los bancos, cómo defenderse

Ante el costo de manejar el dinero cash y el volumen de los billetes, algunos bancos empezaron a arancelar el servicio por operar en ventanilla con billetes de baja denominación

Para personas físicas no puede haber comisiones por operar por ventanilla. Esto lo dispone la comunicación del Banco Central de la República Argentina BCRA a 5460. Tampoco pueden restringir la operación por ventanilla y es un derecho hacerlo si se desea en lugar de medios electrónicos, cajero automático.

Para empresas, la situación es diferente. Su relación con el banco se rige por el respectivo contrato y depende de la negociación o de la imposición del banco de sus términos y condiciones. Por ende, podrían modificar el contrato y arancelar ciertos servicios u operaciones.

En este caso hay un problema porque todos los billetes son de curso legal, son moneda vigente. Por ende, se plantea la duda si es legal que el banco cobre un plus por un billete de menor denominación, como de $ 100 o $ 200.-

En definitiva, es como si los tomare a un valor facial menor, como si el billete de $ 200 lo tomase a $ 190, lo cual no es legal. Se podría plantear al Banco Central y ver cómo se resuelve. Para los bancos, el costo de transportar ese volumen de efectivo puede ser alto.

Información del BCRA sobre el Costo de operar con billetes por ventanilla

¿Tienen costo las operaciones por ventanilla?  No podrán aplicarse comisiones ni cargos por los siguientes conceptos:

a) Operaciones efectuadas por ventanilla por los usuarios de servicios financieros que sean personas humanas.

b) Depósitos de efectivo en pesos en cuentas cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas que revistan el carácter de micro, pequeñas o medianas empresas (MiPyME), de acuerdo con las condiciones previstas en las normas sobre “Determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa”.”

Esta condición también alcanza a las casas operativas distintas a aquella en la cual esté abierta tu cuenta, a los movimientos de fondos en efectivo en pesos (depósitos y/o extracciones) y a la recepción de depósitos de cheques efectuados por cuenta propia y/o de terceros.

Ello, independientemente de las comisiones y/o cargos que correspondan por la gestión de cobro de dichos documentos y por los servicios que, por sus características, sólo pueden ser prestados por ventanilla (certificación de cheques, transferencias internacionales, etc.), dice la entidad.

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