Por Luciana Osacar
¡Es una de las preguntas muy frecuentes!
¿Puede una empleada doméstica estar como “cuidado de personas (4ta categoría) y hacer tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar??
La respuesta es: SI!
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad y cobra el sueldo por la más alta.
Es erróneo decir que cobrará dos sueldos.
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