Absolución por Robo de una Gallina: Un Caso Jurídico
un proceso judicial, el derecho penal y la teoría de la insignificancia
Un hombre estaba acusado y con un proceso penal pendiente por robar una gallina en el año 2019. El individuo fue denunciado por el robo de cuatro aves, y en el momento de su arresto, la Policía logró recuperar dos de las gallinas, cada una valorada en R$ 5 en ese momento.
En diciembre del mismo año, el tribunal de la Vara Criminal de la ciudad e de Bambuí, en la región Centro-Oeste de Minas Gerais.decidió absolver al acusado. La justificación fue que “los hechos perpetrados por el acusado no configuran la tipicidad material necesaria para el reconocimiento del delito”.
Sin embargo, el Ministerio Público apeló al Tribunal de Justicia de Minas Gerais (TJMG). En febrero de 2022, la 5ª Cámara Criminal aceptó la apelación y condenó al hombre.
Contrariamente a la decisión anterior, el ponente argumentó que no era aplicable el principio de insignificancia. Afirmó que la decisión se basó en “la reincidencia y los malos antecedentes del acusado, así como el hecho de que estaba cumpliendo una pena”.
Luego, la Defensoría Pública de Minas Gerais (DPMG), encargada de la defensa del acusado, presentó dos recursos y apeló al Superior Tribunal de Justicia (STJ). Sin embargo, en junio de este año, el STJ confirmó la decisión del tribunal de Minas en ambas instancias.
Finalmente, la DPMG solicitó la absolución del hombre ante el Supremo Tribunal Federal (STF). La ministra Cármen Lúcia, relatora del caso, aceptó el principio de insignificancia a pesar de reconocer que el joven ya había cometido el mismo delito en el pasado.
El 30 de noviembre, el Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil absolvió al acusado. Esta decisión marcó el cierre de un caso que había pasado por diversas instancias judiciales durante cuatro años.
“No se desconoce la reincidencia específica del agente, pero en relación con el delito objeto del presente proceso, se evidencia la insignificancia jurídica y económica de la conducta para los fines de su clasificación penal, con los contornos probados”, afirmó la ministra.
Fuente: @portalbhaz
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