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Actualizan honorarios a profesionales de la abogacía

Se fija el valor UMA según lo había pedido el Colegio

La nueva acordada de la Corte dispuso, tal como había pedido el colegio público de la abogacía: “en lo sucesivo y con posterioridad a que se dispongan incrementos salariales, la Secretaría General de Administración deberá calcular el nuevo valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA), con arreglo a lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y a las pautas establecidas por el Tribunal mediante la acordada n° 27/2018”

Sobre el tema, el Dr. Ricardo Gil Lavedra, Presidente del Colegio, dijo: “Es muy importante para todos los abogados y abogadas, la acordada de la Corte que dispone la actualización automática de la UMA. En varias oportunidades hemos hecho presentaciones a la CSJN solicitando esta circunstancia. En épocas tan agudas de inflación no era posible esperar que la Corte actualizara la UMA, luego de haber dispuesto el hecho que lo originaba que rea el aumento de salarios en el Poder Judicial. Afortunadamente se han hecho eco de nuestro pedido y a partir de ahora cada vez que haya un aumento de salarios, se va a actualizar automáticamente la UMA”-

“Es muy importante para todos los abogados y abogadas, la acordada de la Corte que dispone la actualización automática de la UMA. En varias oportunidades hemos hecho presentaciones a la CSJN solicitando esta circunstancia. En épocas tan agudas de inflación no era posible esperar que la Corte actualizara la UMA, luego de haber dispuesto el hecho que lo originaba que rea el aumento de salarios en el Poder Judicial. Afortunadamente se han hecho eco de nuestro pedido y a partir de ahora cada vez que haya un aumento de salarios, se va a actualizar automáticamente la UMA”.

con motivo del último aumento dispuesto, el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, solicitó que en lo sucesivo, al fijarse el incremento salarial, se publique en forma inmediata el nuevo valor de la Unidad de Medida Arancelaria, con el fin de evitar perjuicios a los profesionales (conf. escritos 374/2023 y 2756/2023, ambos del expediente 7317/2022).

acordada completa

 

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

I) Que este Tribunal, de acuerdo a las
atribuciones legales conferidas en el artículo 7mo. de la Ley
23.853, con el propósito de mantener el poder adquisitivo de
los sueldos de todas las categorías del escalafón del Poder
Judicial de la Nación respecto a la inflación, ha decidido
establecer un incremento salarial del doce por ciento (12%) a
partir del primero de agosto de 2023 y del diez por ciento
(10%)a partir del primero de setiembre de 2023, como parte de
la política salarial del año 2023.

Que se ha solicitado a la Jefatura de Gabinete de
Ministros de la Nación la modificación de las partidas
presupuestarias vigentes y la disposición de los recursos
financieros necesarios para afrontar el correspondiente
incremento.

II) Que por otro lado, con motivo del último
aumento dispuesto, el Colegio Público de la Abogacía de la

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Capital Federal, solicitó que en lo sucesivo, al fijarse el
incremento salarial, se publique en forma inmediata el nuevo
valor de la Unidad de Medida Arancelaria, con el fin de evitar
perjuicios a los profesionales (conf. escritos 374/2023 y
2756/2023, ambos del expediente 7317/2022).

Que en lo que respecta a la intervención que
corresponde a este Tribunal en la determinación del valor de
la Unidad de Medida Arancelaria, la ley 27.423 -de Honorarios
Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la
Justicia Nacional y Federal- dispone, en lo pertinente, que
“…La Corte Suprema de Justicia de la Nación suministrará y
publicará mensualmente, por el medio a determinar por dicho
Alto Tribunal el valor resultante, eliminando las fracciones
decimales, e informará a las diferentes cámaras el valor de la
UMA” (conf. art. 19).

Por lo que, en razón a la naturaleza que
revisten los honorarios profesionales y a fin de lograr la
mayor celeridad y simplificación en su tramitación,
corresponde disponer que, en lo sucesivo, cuando se disponga
el respectivo incremento salarial, la Secretaría General de
Administración deberá proceder a calcular, publicar e informar

Corte Suprema de Justicia de la Nación

el nuevo valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA),
conforme a lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y a
las pautas establecidas en la acordada n° 27/2018.

Por ello,

ACORDARON:

1o) Disponer la liquidación y pago de un
incremento salarial del doce por ciento (12%) a partir del
primero de agosto de 2023 y del diez por ciento (10%) a partir
del primero de setiembre de 2023, ambos remunerativos y
bonificables, para todas las categorías del escalafón del
Poder Judicial de la Nación.

2o) Establecer que, en lo sucesivo y con
posterioridad a que se dispongan incrementos salariales, la
Secretaría General de Administración deberá calcular el nuevo
valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA), con arreglo a
lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y a las pautas
establecidas por el Tribunal mediante la acordada n° 27/2018.
La respectiva resolución se publicará en el sitio
institucional de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación y

Corte Suprema de Justicia de la Nación

se informará a los distintos tribunales federales y
nacionales.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que
se comunique, se publique en la página web del Tribunal y se
registre en el libro correspondiente, de lo que doy fe.

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