Dejar solo mucho tiempo a la mascota supone maltrato animal
Si se aprueba el proyecto de ley de España que precisa los alcances de bienestar animal para perros y demás mascotas. Los detalles. Mascotas En Zapatillas
El Reino de España está por aprobar una normativa innovadora en materia de trato animal. Fija standards y criterios que las personas dueñas deben dispensarles, entre ellos, no dejar un perro solo mucho tiempo.
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el Proyecto de Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales de España, por números bastante ajustados: 174 votos a favor, versus 167 votos en contra. Ahora la iniciativa es remitida al Senado para su tratamiento y debate.
La norma consagra a los animales como seres sintientes e introduce un nuevo paradigma de derecho animal. Las tiendas no podrán exhibirlos en sus escaparates o vidrieras, y no se podrá dejar al perro o gato solo mucho tiempo.
Deberes de las personas que conviven con animales de compañía, derecho animal
De aprobarse, la norma establece que los titulares o personas que convivan con animales de compañía tienen el derecho a disfrutar responsablemente de su compañía y el deber de protegerlos, así como la obligación de cumplir la ley, y en particular: a) Mantenerlos integrados en el núcleo familiar, siempre que sea posible por su especie, en buen estado de salud e higiene.
También se sanciona dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas, salvo algunos animales de granja que andan sueltos y libres (independientes). Es decir, los perros podrán pasar un máximo de un día solos en el hogar. O será considerado maltrato animal con las sanciones de la nueva ley de bienestar de España.
Para con los gatos o felinos domésticos, la nueva normativa (de aprobarse) establece un límite de 72 horas para soledad. El dueño o dueña no podrá dejarlos solos más de tres días. Ese mismo tiempo máximo también se aplica a otros animales, como los peces o animales en jaulas (pájaros, cobayos o conejillos de india, hámsters, etc). (fuente)
Acceso de mascotas a bares, restaurantes y transporte
La norma también indica que los transportes públicos y privados facilitarán la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, en las ordenanzas municipales o normativa específica.
No obstante, los conductores y conductoras del servicio público del taxi o de vehículos de turismo con conductor podrán aceptar animales de compañía en sus vehículos de manera discrecional.
Además, los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos.
En caso de no admitir la entrada y estancia del animal deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento. En la misma línea, salvo prohibición expresa, debidamente señalizada y visible desde el exterior, se permitirá el acceso de animales de compañía a edificios y dependencias públicas.
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