Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Premio Mercedes Sosa

la Dirección de Asuntos Culturales, dependiente de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, ha tomado la intervención en el ámbito de su competencia.

Que la Dirección de Gestión Documental intervino en el marco de su competencia a los fines de realizar el control formal del acto.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el marco de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el Artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el PREMIO INTERNACIONAL MERCEDES SOSA del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO (en adelante el PREMIO) como un reconocimiento cuyo fin primario es destacar y valorar la labor de los artistas y profesionales de la cultura que, a través de su trabajo, han contribuido significativamente a la promoción y difusión de la cultura en el ámbito internacional y al fortalecimiento, estímulo e impulso de los vínculos culturales bilaterales de la REPÚBLICA ARGENTINA , así como resaltar el papel de la cultura como catalizador de las relaciones bilaterales entre los pueblos y fomentar la colaboración y el intercambio cultural entre diferentes naciones.

ARTÍCULO 2°.- Defínase como destinatarios del PREMIO artistas y profesionales de la cultura internacionales que a través de su labor cultural han potenciado los lazos de hermandad de la REPÚBLICA ARGENTINA y su país de origen, afianzando así el conocimiento mutuo de nuestras naciones.

ARTÍCULO 3°.- Defínase como PREMIO material y simbólico el otorgamiento por parte del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO de un diploma acreditante y una estatuilla o similar a designar.

ARTÍCULO 4°.- La Dirección de Asuntos Culturales tendrá a su cargo la coordinación y ejecución de la ceremonia de premiación que se realizará como un acto público en el Palacio San Martín de la Cancillería Argentina, en el marco del PROGRAMA EL PALACIO CULTURAL.

ARTÍCULO 5°.- La Dirección de Asuntos Culturales tendrá a su cargo la selección de los posibles premiados siendo la decisión final responsabilidad del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a las partidas específicas de la Jurisdicción 35 – MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme disponibilidad presupuestaria.

ARTÍCULO 7°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

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