Declaración Jurada de Bienes Personales: Plazos y Procedimientos
Nueva resolución sobre el pago del tributo al patrimonio
La AFIP reglamentó los plazos y formas para presentar la DDJJ del Impuesto a los Bienes Personales. Estos son los detalles de la normativa.
Plazos de Presentación y Pago para el Período Fiscal 2023 (se presenta en 2024)
ARTÍCULO 1°: Los responsables comprendidos en la Resolución General N° 5.515 deben presentar la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales y el ingreso del saldo resultante según el siguiente calendario basado en la terminación de la CUIT:
Terminación CUIT | Fecha de Presentación y Pago |
---|---|
0, 1, 2 y 3 | 26/08/2024 |
4, 5 y 6 | 27/08/2024 |
7, 8 y 9 | 28/08/2024 |
Aplicativo para la Liquidación del Impuesto
ARTÍCULO 2°: Los responsables sustitutos deberán utilizar el programa “BIENES PERSONALES – ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIETARIAS – Versión 6.0”, disponible en AFIP.
Presentación de Nueva Declaración Jurada
ARTÍCULO 3°: Los responsables que ya hayan cumplido con la obligación deberán presentar una nueva declaración jurada utilizando el aplicativo mencionado para aprovechar el beneficio del artículo 65 de la Ley N° 27.743. Esta no será considerada rectificativa si solo reduce la alícuota.
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