Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Reglamentos de consorcio sobre ruidos molestos

Un curioso cso de reglamentarismo de consorcio, la normal tolerancia entre vecinos

La regla es la normal tolerancia; dentro de este parámetro, consorcio no puede interferir con la vida de cada persona que habite un edificio. Fuera de eso, se pueden tomar acciones legales.”

El consorcio de propietarios ha establecido normas claras para mantener la tranquilidad y el orden en el edificio, con medidas específicas sobre ruidos molestos y trabajos de reparación, incluyendo sanciones para quienes no cumplan con estas disposiciones. Este artículo analiza la legalidad de estas normas y presenta un caso judicial relevante sobre la imposición de multas en un consorcio de propietarios.

La nota dice así:

 

Nota del administrador de consorcio

Sr propietario/inquilino:
Se les informa mediante esta nota:
1. Queda prohibido en toda la extensión del edificio los ruidos y olores
molestos que puedan perjudicar el descanso o la tranquilidad de los
vecinos. Esta norma deberá observarse, por trabajos de reparación en
unidades, especialmente en el horario de descanso entre las 13:00 y
las 16:00 horas, y entre las 22:00 y las 8:00 del día siguiente.
Ante reuniones numerosas en una unidad funcional, se deberá avisar a
la administración con 48 hs de anticipación y a los vecinos más
inmediatos. El horario habilitado para reuniones será hasta las 23 hs
de Lunes a Jueves y hasta las 2 de la madrugada los Viernes y
Sábados. Sujeto a la aplicación de una multa por la administración del
edificio.
2. Queda prohibido realizar todo tipo de trabajo de arreglos o
modificaciones los fines de semana o días feriados con excepción de
los sábados de 8 a 13hs. Sujeto a la aplicación de una multa por la
administración del edificio.
Ruidos Molestos. De acuerdo con lo establecido en los puntos 1 y 2, se
considerarán actividades que pueden generar ruidos molestos:
a) Los que emitan reuniones numerosas.
b) Emisiones de música.
c) Movimientos de mobiliario.
d) Trabajos internos de las unidades.
e) Ladridos, maullidos y otros ruidos de animales.
En general, todos aquellos sonidos que perturben en forma directa o
indirecta la tranquilidad y convivencia.
IMPORTANTE: Queda exceptuado de esta exigencia a las
Reparaciones Generales, sea en espacios comunes y /o en
unidades funcionales afectadas, ordenadas por la Administración
del Edificio con el fin de priorizar la finalización de las tareas.
MULTAS:
1) Si se realiza fuera del horario indicado se aplicará una multa del 20%
del valor resultante de la suma de las 3 últimas liquidaciones de
expensas de la unidad responsable. Las cuales 15% serán destinados
para el Fondo del Consorcio y un 5% por Gastos Administrativos del
Administrador.
2) Por cualquier daño causado a las instalaciones de uso común y
privado del consorcio de propietarios e inquilinos se aplicará un 50 %
del valor resultante de la suma de las 3 últimas liquidaciones de
expensas de la unidad responsable. Las cuales 40% serán destinados
para el Fondo del Consorcio y un 10% por Gastos Administrativos del
Administrador.”

 

Comentarios legales

eglamento de Copropiedad y Administración: Cada edificio tiene su propio reglamento de copropiedad y administración, que establece las normas específicas para los copropietarios e inquilinos. Las disposiciones mencionadas en la nota deben estar alineadas con este reglamento.
Asambleas de Propietarios: Las decisiones sobre la imposición de multas y restricciones deben ser aprobadas en asamblea de propietarios. Es fundamental verificar si las medidas mencionadas han sido debidamente aprobadas por una mayoría en la asamblea.
Consideraciones sobre Multas y Sanciones
Proporcionalidad y Razonabilidad: Las multas y sanciones deben ser proporcionales y razonables en relación con la infracción cometida. Multas excesivas pueden ser impugnadas.
Debido Proceso: Los propietarios e inquilinos deben tener la oportunidad de ser escuchados antes de que se les imponga una multa. Esto implica que deben ser notificados de la infracción y tener la oportunidad de presentar su defensa.

 

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