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Nuevas uvas, nuevos vinos: dos cepas más se suman al vino argentino

Con la incorporación de las variedades Saint Jeannet y Moscatel Rosado al listado oficial de cepas autorizadas para vinos de calidad, el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) renueva el mapa enológico argentino. ¿Qué dice la normativa, qué implicancias legales tiene y qué ocurre si se usa una variedad no listada?

Una mañana de junio en Mendoza, se aprobó la incorporación de dos nuevas variedades de uva al listado de aquellas reconocidas como aptas para elaborar vinos de calidad: Saint Jeannet, de delicada estructura y origen mediterráneo, y Moscatel Rosado, aromática y vivaz.

Aunque parezca un mero trámite técnico, esta modificación tiene implicancias legales y productivas profundas. Porque en Argentina, para que un vino sea considerado de calidad o pueda lucir la denominación “Reserva” o “Gran Reserva”, no alcanza con una buena cosecha: debe cumplir con la ley.

Qué dice la ley sobre las variedades autorizadas

La Ley 25.163 —que regula la designación y presentación de vinos— y su Decreto Reglamentario N° 57/2004 establecen que solo se pueden usar determinadas variedades de Vitis vinifera L. para que un vino pueda ser certificado como varietal, Reserva o Gran Reserva.

El INV, como autoridad de aplicación, tiene la potestad de sumar o quitar variedades, siempre que existan estudios que avalen su aptitud enológica. Y aquí se enmarca esta resolución: dos nuevas variedades superaron la prueba.

Además, desde la Resolución 57/2024 se unificaron los listados de variedades para vinos de calidad y para aquellos Reserva o Gran Reserva, lo que agiliza la trazabilidad y certificación en origen.

Qué cambia para bodegas y enólogos

Con la inclusión de Saint Jeannet y Moscatel Rosado:

  • Se podrán etiquetar vinos varietales con estas uvas.

  • Quedan exentos del grado alcohólico mínimo fijado anualmente por el INV (Art. 2).

  • Los vinos con cepas fuera del listado aún pueden ser certificados, pero deberán cumplir con requisitos más estrictos (como el grado alcohólico mínimo).

Esto facilita la innovación enológica y ofrece nuevas herramientas a pequeños productores que buscaban diferenciarse con variedades poco comunes.

¿Y si uso una uva no autorizada?

Legalmente, nada impide que se utilicen variedades no listadas. Sin embargo, los vinos elaborados con ellas:

  • No podrán llevar la mención de “varietal” si no se alcanza el grado alcohólico mínimo.

  • No podrán ser certificados como Reserva ni Gran Reserva.

  • No gozarán de las exenciones previstas en el Artículo 2º de la Resolución 22/2025.

Así, el uso de cepas no reconocidas implica quedar fuera de ciertas categorías del mercado, con efectos comerciales concretos.

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