Prohíben glitter y maquillajes, cosmético
Una serie de productos de belleza importados fueron detectados en la Ciudad de Buenos Aires sin cumplir la normativa vigente. La ANMAT ordenó su prohibición por considerarlos ilegítimos y sin garantía sanitaria. Te contamos qué dice la ley, los riesgos ocultos tras el glitter y por qué un lápiz labial puede ser ilegal
En el corazón de una perfumería de barrio en CABA, una inspectora del área de domisanitarios de la ANMAT descubrió una góndola brillante y colorida: paletas de sombras de 24 colores, sprays con aroma floral y labiales con nombres exóticos. Todo muy tentador, salvo por un pequeño detalle legal: ninguno estaba inscripto en el registro nacional.
Así surgió el expediente EX-2024-139701689-APN-DVPS#ANMAT, que terminó en una prohibición nacional.
Productos sin papeles: ¿qué faltaba?
Los productos incautados eran los siguientes:
Sombras “24 COLORS FASHION GIRL EYELASHADOW” (marca HUDA NEW)
Perfume “EAU DE TOILETTE NATURAL SPRAY” (marca HAPPY PARTY)
Spray “FLOWER ROCOCO”
Lápiz labial rosa “IMAN OF NOBLE”
Spray iluminador “HIGHLIGHT SPRAY”
En todos los casos, faltaban datos esenciales como el número de legajo del importador o elaborador, y la resolución que avala su inscripción (Res. 155/98). Esta información es obligatoria para garantizar que los cosméticos cumplen con controles sanitarios mínimos.
¿Qué dice la ley?
Los productos cosméticos en Argentina deben inscribirse según la Resolución 155/98 del Ministerio de Salud, que establece el marco regulatorio para su elaboración, importación, fraccionamiento y comercialización.
Además, el Decreto 1490/92 otorga a la ANMAT la facultad de fiscalizar productos de uso personal que puedan afectar la salud.
Según el Código Civil y Comercial, artículo 1092, los consumidores tienen derecho a la seguridad de los productos. Y el artículo 1757 establece responsabilidad objetiva si un cosmético no autorizado produce daños.
El peligro detrás del glitter y la medida anmat
Más allá del diseño colorido o de la promesa de “efecto mate radiante”, la ANMAT advirtió un riesgo concreto: no se puede garantizar la composición real de estos productos ni su inocuidad. No hay forma de saber si contienen ingredientes tóxicos, alérgenos, o contaminantes.
Como indica el Departamento de Cosméticos del organismo: si no hay control ni trazabilidad, el producto es ilegítimo.
La medida de la ANMAT: La Disposición 1987/2025 prohíbe en todo el país la comercialización, uso, distribución y publicidad de los cinco productos mencionados, en todas sus presentaciones y hasta que sean regularizados.
Esta decisión busca proteger a los consumidores de riesgos sanitarios invisibles, y de productos que podrían parecer inofensivos pero esconder ingredientes no permitidos.
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