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«À beça»: la expresión brasileña que nació en un juicio sobre federalismo

Detrás de una de las expresiones más usadas de Brasil hay un litigio por el control de un territorio. La misma pregunta atraviesa la historia argentina, de los territorios nacionales al traspaso de la justicia porteña, y define a qué ventanilla acudir hoy

En Brasil, cuando algo abunda, se dice que hay “à beça”: comida à beça, gente à beça, trabajo à beça. Es una de esas expresiones que se usan todos los días sin pensar de dónde vienen. Pero detrás de estas dos palabras no hay un poeta ni una canción: hay un expediente judicial, dos abogados enfrentados y una pregunta que también atraviesa la historia argentina: ¿quién gobierna un territorio?

Un territorio nuevo y una pelea por quedárselo

En 1903, mediante el Tratado de Petrópolis, Brasil incorporó el Acre, una región amazónica que hasta entonces estaba en manos de Bolivia. Resuelto el conflicto con el país vecino, apareció otro, puertas adentro: ¿a quién le correspondía administrar ese territorio?

El Estado de Amazonas sostenía que el Acre era suyo y debía integrarse a su jurisdicción. Para defender esa postura contrató a nada menos que Rui Barbosa, una de las figuras más brillantes del derecho y la política brasileña. Barbosa llevó el caso ante el Supremo Tribunal Federal y escribió un extenso alegato titulado “O Direito do Amazonas ao Acre Setentrional” (“El derecho de Amazonas al Acre Septentrional”).

El abogado que llegó con argumentos de sobra

Del otro lado estaba Gumercindo Bessa (1859-1913), jurista y periodista del nordeste brasileño. Bessa representaba a los habitantes del Acre que no querían ser anexados a Amazonas y pedían que la región pasara a ser un territorio federal, administrado directamente por la Unión.

Enfrentarse a Rui Barbosa era, en esa época, algo así como salir a la cancha contra el mejor jugador del mundo. Pero Bessa se presentó con una cantidad impresionante de fundamentos, ordenados y difíciles de rebatir. Y ganó: el Acre se convirtió en territorio federal, condición que mantuvo hasta 1962, cuando pasó a ser un estado más de Brasil.

De ahí nació la frase “argumentos à Bessa”, es decir, argumentos “a la manera de Bessa”: muchos, sólidos y bien presentados. Con el tiempo, el apellido se desdibujó, las dos “s” se transformaron en “ç” (nadie sabe muy bien por qué) y quedó “à beça”, con el sentido de “en gran cantidad”. La difusión de la expresión suele atribuírsele al entonces presidente Rodrigues Alves.

La misma pregunta, en clave argentina

La discusión del Acre, en el fondo, era sobre federalismo: qué decide el gobierno central, qué deciden los estados y quién arbitra cuando chocan. La Argentina conoce bien ese dilema.

En 1884, la Ley 1.532 organizó los llamados territorios nacionales: enormes regiones que, como el Acre, eran administradas directamente por el Estado nacional. Sus habitantes no elegían a sus gobernadores y durante décadas no tuvieron una representación plena en el Congreso. Recién en 1951, con la Ley 14.037, Chaco y La Pampa se convirtieron en provincias. Siguió Misiones en 1953 y, en 1955, la Ley 14.408 provincializó a los territorios restantes. La última en completar el mapa fue Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que alcanzó el rango de provincia en 1990 con la Ley 23.775.

Cuando chocan dos provincias, decide la Corte

Así como el caso del Acre terminó en el máximo tribunal de Brasil, en la Argentina los conflictos entre provincias, o entre una provincia y la Nación, van directamente a la Corte Suprema. La Constitución Nacional le da competencia originaria en estos casos (artículo 117) y prohíbe a las provincias resolver sus diferencias por la fuerza (artículo 127).

El ejemplo más famoso es el del río Atuel. La disputa por sus aguas empezó cuando La Pampa todavía era territorio nacional. En 1979, ya convertida en provincia, demandó a Mendoza. En 1987 la Corte declaró que el río era interprovincial; en 2017 ordenó a ambas provincias acordar un caudal apto, y en 2020 fijó un caudal mínimo permanente de 3,2 metros cúbicos por segundo a favor de La Pampa. Un litigio que, como el del Acre, se gana con argumentos “à beça”.

El capítulo que se escribe ahora: la Ciudad de Buenos Aires

Desde la reforma constitucional de 1994, el artículo 129 le reconoce a la Ciudad de Buenos Aires un gobierno autónomo, con facultades propias de legislación y jurisdicción. Sin embargo, buena parte de la justicia ordinaria que funciona en la Ciudad todavía depende de la Nación.

Ese traspaso avanza en 2026. En febrero, Nación y Ciudad firmaron un acuerdo para transferir la Justicia Nacional del Trabajo, que requiere la aprobación del Congreso y de la Legislatura porteña. En julio se sumaron dos convenios para pasar nuevas competencias penales a la Justicia de la Ciudad. Es, en definitiva, la misma pregunta que Bessa y Barbosa discutieron hace más de un siglo: quién se ocupa de qué.

Lo práctico: a quién reclamar según el tema

El federalismo no es solo historia: define qué ventanilla corresponde para cada trámite o reclamo. La regla de base está en el artículo 121 de la Constitución: las provincias conservan todo el poder que no delegaron en la Nación. En la práctica, el mapa se ve más o menos así:

  • Nación: DNI y pasaporte (RENAPER); jubilaciones, pensiones y asignaciones (ANSES); impuestos nacionales como Ganancias o IVA (ARCA); delitos federales como narcotráfico, contrabando o trata de personas.
  • Provincias y Ciudad de Buenos Aires: la justicia ordinaria (la mayoría de los delitos comunes y de los conflictos civiles, de familia y laborales), la policía local, Ingresos Brutos, el impuesto inmobiliario o el ABL, y las escuelas y hospitales públicos de su jurisdicción.
  • Municipios: alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento de calles, habilitaciones de comercios y, en muchos lugares, licencias de conducir. En la Ciudad de Buenos Aires, que no tiene municipios, esas funciones las cumple el propio Gobierno porteño (por ejemplo, a través de la línea 147).

Algunas claves para no perder tiempo:

  • Identificar primero quién es responsable. Reclamar en el organismo equivocado demora la respuesta y, en algunos casos, puede hacer correr plazos.
  • Mirar quién cobra. Si el impuesto o la tasa la cobra la provincia, la Ciudad o el municipio, en general ahí también se reclama.
  • Revisar el fuero en temas judiciales. Un juicio contra la ANSES, por ejemplo, tramita en la justicia federal de la seguridad social, no en la justicia provincial.
  • Ante un delito, denunciar igual. En la práctica, comisarías y fiscalías reciben la denuncia y la derivan si la competencia corresponde a otra jurisdicción.
  • Seguir las novedades en la Ciudad. Con el traspaso en marcha, algunos temas que hoy tramitan en la justicia nacional pueden pasar a la justicia porteña.

Bessa no ganó por gritar más fuerte que su rival, sino por llegar con más y mejores argumentos, y ante el tribunal correcto.

Moraleja

Una expresión que hoy se usa para hablar de cerveza, de calor o de trabajo nació de un litigio sobre quién gobierna un pedazo de selva amazónica. Más de un siglo después, la enseñanza sigue vigente de los dos lados de la frontera: saber a quién le toca cada cosa y llegar con argumentos “à beça” es la mejor forma de hacer valer un derecho.


Aviso legal: este artículo tiene fines exclusivamente informativos y de divulgación, y no constituye asesoramiento jurídico. Las competencias pueden variar según la provincia, el municipio y la materia, y el traspaso de competencias a la Ciudad de Buenos Aires se encuentra en curso. Ante un caso concreto, se recomienda consultar con un profesional del derecho o con el organismo correspondiente. La explicación sobre el origen de la expresión “à beça” es la versión más difundida, aunque no está comprobada de manera definitiva.

Fuentes:

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