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ARCA sube umbrales y fija nuevos montos para informar operaciones financieras

La Resolución General 5814/2026 modifica el régimen informativo financiero: elimina la actualización automática por inflación y fija nuevos pisos de $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas. Qué cambia y a quién alcanza

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a mover el tablero del control fiscal. Esta vez, con una decisión que impacta directamente en el régimen informativo de operaciones financieras: la Resolución General 5814/2026 fija nuevos montos mínimos para informar movimientos relevantes y elimina la actualización automática semestral por inflación.

El cambio no es menor. A partir de ahora, no todo movimiento financiero será reportado, sino solo aquellos que superen umbrales significativamente más altos que los vigentes hasta ahora.

El dato clave: los nuevos montos

La resolución establece que deberán informarse las operaciones cuando el monto neto mensual acumulado alcance o supere:

  • $100.000.000personas humanas

  • $30.000.000personas jurídicas

Estos montos aplican al total mensual, sumando distintos tipos de operaciones, no a cada movimiento individual.

La norma aclara —con bastante detalle— cómo se llega a esos montos:

Se deben sumar en forma acumulada, por titular y por mes:

  1. Compras y ventas de títulos valores (públicos o privados).

  2. Suscripciones y rescates de fondos comunes de inversión.

  3. Operaciones de pase y caución, tanto tomadoras como colocadoras.

  4. Movimientos de fondos: ingresos, egresos, intereses, dividendos, amortizaciones y saldos.

Si la suma total mensual de todos estos conceptos supera el umbral correspondiente, se informa todo, incluso operaciones individuales menores.


 ¿Qué pasa con operaciones en dólares?

La resolución también unifica el criterio de conversión:

  • Las operaciones en moneda extranjera deben convertirse a pesos usando el tipo de cambio comprador del Banco Nación:

    • Al día de la liquidación, para operaciones.

    • Al último día hábil del mes, para saldos.

🛑 Un cambio clave: se elimina la actualización automática

Hasta ahora, los montos del régimen informativo se actualizaban cada seis meses según el IPC.
Con esta resolución, ARCA elimina ese mecanismo.

¿Qué implica esto?

  • Los montos quedan fijos, al menos por ahora.

  • Cualquier cambio futuro requerirá una nueva resolución, no un simple ajuste automático.

El argumento oficial: estabilidad macroeconómica y necesidad de optimizar la información relevante, evitando reportes masivos de bajo valor fiscal.

 ¿A quiénes alcanza?

La obligación de informar recae sobre:

  • Agentes de liquidación y compensación (ALyC).

  • Sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.

  • Agentes de colocación y distribución de FCI.

Cuando interviene un agente de colocación, la obligación se concentra en ese sujeto, liberando a la depositaria de duplicar reportes.

 Desde cuándo rige

  • En vigencia: desde su publicación en el Boletín Oficial.

  • Aplicación efectiva: información correspondiente a diciembre de 2025 en adelante.

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