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Reforma de la Ley de Salud Mental: qué cambia en las internaciones y qué hacer hoy

El Senado dio media sanción a la reforma de la Ley de Salud Mental. Cambia el criterio para internar sin consentimiento, suma la ludopatía y habilita teleconsultas con psiquiatras. Mientras Diputados no la apruebe, sigue rigiendo la ley de 2010

<p><em>El Senado dio media sanción a la reforma de la Ley de Salud Mental. Cambia el criterio para internar sin consentimiento, suma la ludopatía y habilita teleconsultas con psiquiatras. Mientras Diputados no la apruebe, sigue rigiendo la ley de 2010.</em></p>

<p>En la sesión del jueves 29 de octubre, que terminó en la madrugada del viernes, el Senado aprobó con <strong>42 votos a favor y 21 en contra</strong> la reforma de la <strong>Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657</strong>. El proyecto había sido enviado por el Poder Ejecutivo en abril (Mensaje N.º 108/26) y fue modificado en las comisiones de Salud y de Legislación General. Ahora pasa a la Cámara de Diputados.</p>

<p><strong>Dato clave:</strong> hasta que Diputados lo apruebe y la ley se publique en el Boletín Oficial, <strong>no cambia nada</strong>. Hoy sigue vigente la Ley 26.657 tal como está.</p>

<h2>En resumen</h2>
<ul>
<li><strong>Internación sin consentimiento:</strong> ya no se exige un riesgo «cierto e inminente», sino un <strong>riesgo grave de daño</strong> para la vida o la integridad física de la persona o de terceros.</li>
<li><strong>Urgencias:</strong> si en el lugar hay un solo médico, puede ordenar la internación. Un equipo interdisciplinario debe revisarla dentro de las 48 horas.</li>
<li><strong>Control judicial:</strong> se mantiene. El aviso al juez pasa de 10 a 24 horas.</li>
<li><strong>Dónde internar:</strong> además de los hospitales generales, se habilitan hospitales psiquiátricos especializados e instituciones específicas, públicas o privadas. Sigue prohibido crear nuevos manicomios.</li>
<li><strong>Novedades:</strong> ludopatía dentro de las adicciones, teleconsulta con psiquiatras, plan de egreso desde el diagnóstico y atención separada para chicos y adolescentes.</li>
</ul>

<h2>De dónde viene la ley de 2010</h2>

<p>La Ley 26.657 se sancionó el 25 de noviembre de 2010 y cambió el enfoque: dejó atrás el modelo del manicomio, donde una persona podía quedar encerrada durante años, y puso el eje en los derechos y en la atención en la comunidad. Prohibió crear nuevos neuropsiquiátricos, ordenó que las internaciones se hicieran en hospitales generales y estableció que internar a alguien contra su voluntad debía ser la última opción.</p>

<p>Dieciséis años después, el diagnóstico es compartido incluso por quienes defienden la ley: <strong>nunca se aplicó del todo</strong>. La norma ordenaba llevar el presupuesto de salud mental al 10% del gasto total en salud, y según más de 150 organizaciones que objetan la reforma, nunca superó el 2,66%. Para el oficialismo, además, el texto llegaba tarde a las crisis: familias que no podían internar a un ser querido hasta que el peligro fuera inminente. Sobre esa tensión se construyó la reforma.</p>

<h2>Antes y después: lo que cambia en la práctica</h2>

<table>
<thead>
<tr><th>Tema</th><th>Ley vigente (26.657)</th><th>Texto aprobado por el Senado</th></tr>
</thead>
<tbody>
<tr><td>Cuándo se puede internar sin consentimiento</td><td>Riesgo cierto e inminente para sí o para terceros</td><td>Riesgo grave de daño para la vida o la integridad física. Se evalúan antecedentes y la evolución probable sin tratamiento</td></tr>
<tr><td>Quién firma</td><td>Dos profesionales de distintas disciplinas, uno psicólogo o psiquiatra</td><td>Dos especialistas de distintas disciplinas: un médico (preferentemente psiquiatra) y, preferentemente, un psicólogo</td></tr>
<tr><td>Urgencia sin equipo completo</td><td>Sin regla específica</td><td>Un solo médico puede ordenarla. El equipo interdisciplinario la revisa en 48 horas. El psiquiatra puede intervenir por teleconsulta</td></tr>
<tr><td>Aviso al juez</td><td>10 horas</td><td>24 horas (al juez y al Órgano de Revisión)</td></tr>
<tr><td>Revisión judicial</td><td>3 días corridos</td><td>3 días corridos para pedir informes o peritajes, o dejar sin efecto la internación</td></tr>
<tr><td>Si el servicio de salud se niega a internar</td><td>Sin regla específica</td><td>El juez puede ordenar la internación si se cumplen los requisitos</td></tr>
<tr><td>Dónde</td><td>Hospitales generales</td><td>Hospitales generales, psiquiátricos especializados e instituciones específicas, públicas o privadas</td></tr>
<tr><td>Alta</td><td>La decide el equipo de salud, sin juez</td><td>Igual, más un plan de egreso desde el diagnóstico y la presencia de familiares o representantes al momento del alta</td></tr>
<tr><td>Internación prolongada</td><td>Nueva evaluación a los 90 días</td><td>Más de 180 días: interviene de oficio el Órgano de Revisión</td></tr>
<tr><td>Adicciones</td><td>Parte de la política de salud mental</td><td>Se nombran expresamente los consumos problemáticos y otras conductas adictivas, como la ludopatía</td></tr>
</tbody>
</table>

<h2>Lo que no cambia</h2>
<ul>
<li>La internación involuntaria sigue siendo un <strong>recurso excepcional</strong>, solo cuando el tratamiento ambulatorio no alcanza.</li>
<li>Sigue <strong>prohibido crear nuevos manicomios</strong>.</li>
<li>El <strong>control judicial</strong> se mantiene.</li>
<li>Cuando el riesgo grave desaparece, corresponde el alta o pasar la internación a voluntaria.</li>
<li>Ningún hospital puede negar atención solo por tratarse de un problema de salud mental. Hacerlo sigue siendo discriminatorio (Ley 23.592).</li>
</ul>

<h2>Otras novedades</h2>
<ul>
<li><strong>Directivas anticipadas:</strong> una persona adulta y plenamente capaz puede dejar indicado qué tratamientos acepta o rechaza y designar a quién habla por ella.</li>
<li><strong>Chicos y adolescentes:</strong> deben atenderlos equipos especializados, en espacios separados de los adultos, con derecho a ser escuchados. El texto aclara que el consumo, por sí solo, no es una conducta penalmente reprochable.</li>
<li><strong>Familias:</strong> se reconoce su derecho a recibir información y orientación. Si no hay red familiar, el Estado debe garantizar apoyos comunitarios.</li>
<li><strong>Financiamiento:</strong> la Nación y las provincias firmarían convenios a través del Consejo Federal de Salud (COFESA), con fondos del Presupuesto Nacional.</li>
<li><strong>Registro:</strong> un registro actualizado de personas internadas por salud mental o consumos.</li>
<li><strong>Medicación:</strong> debe ajustarse a las necesidades terapéuticas y nunca usarse como castigo ni para reemplazar la atención.</li>
</ul>

<h2>Las dos miradas</h2>

<p><strong>A favor.</strong> El oficialismo y sus aliados (La Libertad Avanza, PRO, UCR y bloques provinciales) sostienen que la ley vigente quedó desactualizada. «Este ‘riesgo inminente’ llega tarde», dijo Patricia Bullrich, que también afirmó que «los hospitales especializados no son manicomios». La miembro informante, Ivanna Arrascaeta, habló de «llegar a tiempo». La radical Silvana Schneider resumió: «No venimos a destruir la ley, venimos a hacer que funcione», y planteó el caso de las familias que quedan solas, sobre todo en zonas rurales.</p>

<p><strong>En contra.</strong> Los bloques Justicialista, Independencia y Convicción Federal votaron en contra. Lucía Corpacci sostuvo que la solución no pasa por cambiar la ley «sino por dotarla de lo que necesite». Guillermo Andrada afirmó que la ley de 2010 «fracasó por lo que no hay, que son los recursos». María Celeste Giménez Navarro la calificó como «una reforma regresiva». Fuera del recinto, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), más de 150 organizaciones y referentes académicos de la psicología advierten que el cambio de criterio facilita la internación involuntaria, da más peso al psiquiatra frente al resto del equipo y abre la puerta a un regreso al hospital psiquiátrico. Citan la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.</p>

<h2>Guía práctica: qué hacer hoy</h2>

<p>Mientras la reforma no sea ley, se aplica la Ley 26.657. Estos pasos sirven ahora y, en lo esencial, seguirían sirviendo con el nuevo texto.</p>

<h3>Ante una crisis</h3>
<ul>
<li>Llamar a la <strong>Línea Nacional de Salud Mental: 0800-999-0091</strong>. Es gratuita, confidencial y atiende las 24 horas en todo el país, también a familiares.</li>
<li>Si hay riesgo inmediato, llamar al <strong>107</strong> (emergencias médicas) o al <strong>911</strong>.</li>
<li>Ir a la guardia del hospital general más cercano. No pueden rechazar la atención por tratarse de salud mental.</li>
</ul>

<h3>Si internan a un familiar sin su consentimiento</h3>
<ul>
<li>Pedir que expliquen por escrito el motivo y quiénes firmaron la evaluación.</li>
<li>Saber que la internación debe comunicarse al juez y al Órgano de Revisión: hoy, dentro de las 10 horas.</li>
<li>La persona internada tiene derecho a un abogado. Si no tiene uno, el Estado debe asignarle un defensor público gratuito desde el inicio, que puede pedir el alta en cualquier momento.</li>
<li>Preguntar por el plan de tratamiento y por el plan de egreso.</li>
</ul>

<h3>Si la internación es voluntaria</h3>
<ul>
<li>Con la ley vigente, la persona puede decidir irse en cualquier momento.</li>
<li>Si se extiende más de 60 días, el equipo debe avisar al Órgano de Revisión y al juez.</li>
</ul>

<h3>Para anticiparse</h3>
<ul>
<li>Las directivas anticipadas ya existen: el artículo 60 del Código Civil y Comercial permite que una persona capaz deje instrucciones sobre su salud y designe a alguien para decidir por ella. Conviene hacerlo por escrito y con asesoramiento.</li>
<li>Revisar qué cubre la obra social o prepaga en salud mental y, ante una negativa, reclamar a la Superintendencia de Servicios de Salud.</li>
</ul>

<h2>Qué sigue</h2>
<p>El proyecto pasa a la Cámara de Diputados. Si lo aprueba sin cambios, será ley y regirá desde su publicación en el Boletín Oficial. Si lo modifica, vuelve al Senado. Mientras tanto, nada cambia en hospitales ni juzgados.</p>

<hr />

<p><strong>Aviso legal:</strong> este contenido tiene fines informativos y de divulgación general. No constituye asesoramiento jurídico ni médico, ni reemplaza la consulta con profesionales. Se basa en la Ley 26.657 vigente y en la información publicada sobre el texto aprobado por el Senado al 30 de octubre de 2026; el texto definitivo puede cambiar durante el trámite en Diputados.</p>

<p><strong>Si alguien atraviesa una situación difícil:</strong> la Línea Nacional de Salud Mental, 0800-999-0091, atiende gratis las 24 horas en todo el país.</p>

<h2>Fuentes consultadas</h2>
<ul>
<li><a href=»https://www.parlamentario.com/2026/10/30/el-senado-dio-media-sancion-a-la-reforma-de-la-ley-de-salud-mental/» target=»_blank» rel=»noopener»>Parlamentario: El Senado dio media sanción a la reforma de la Ley de Salud Mental</a></li>
<li><a href=»https://www.parlamentario.com/2026/04/18/el-gobierno-manda-al-senado-una-reforma-integral-de-la-ley-de-salud-mental-y-redefine-el-regimen-de-internaciones-involuntarias/» target=»_blank» rel=»noopener»>Parlamentario: El Gobierno manda al Senado una reforma integral de la Ley de Salud Mental</a></li>
<li><a href=»https://iprofesional.com/legales/467903-ley-salud-mental-que-cambia-internaciones-tratamientos-media-sancion» target=»_blank» rel=»noopener»>iProfesional: punto por punto, los cambios que aprobó el Senado</a></li>
<li><a href=»https://www.rosario3.com/informaciongeneral/el-senado-aprobo-la-reforma-de-la-ley-de-salud-mental-cuales-son-los-cambios-20261030-0001.html» target=»_blank» rel=»noopener»>Rosario3: cuáles son los cambios</a></li>
<li><a href=»https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-26657-175977/texto» target=»_blank» rel=»noopener»>Ley 26.657 de Salud Mental (texto vigente)</a></li>
<li><a href=»https://acij.org.ar/wp-content/uploads/2026/06/Proyecto-de-reforma-de-la-Ley-Nacional-de-Salud-Mental-No-26.657.-Analisis-tecnico-desde-una-perspectiva-de-derechos-1.pdf» target=»_blank» rel=»noopener»>ACIJ: análisis técnico del proyecto de reforma</a></li>
<li><a href=»https://mercado.com.ar/vida-y-estilo/mas-de-150-organizaciones-objetan-cambios-a-la-ley-de-salud-mental-26-657″ target=»_blank» rel=»noopener»>Mercado: más de 150 organizaciones objetan los cambios</a></li>
<li><a href=»https://www.argentina.gob.ar/node/513585″ target=»_blank» rel=»noopener»>Ministerio de Salud: Línea Nacional de Salud Mental 0800-999-0091</a></li>
</ul>

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