Salario mínimo septiembre 2026: cuánto es, cómo se actualiza y qué pasa si pagan menos
Sin acuerdo entre gremios y empresarios, el Estado laudó: $383.800 desde septiembre, $437.000 en abril de 2027. Por qué el mínimo no se ajusta por inflación, quién lo fija y las respuestas a las dudas más comunes.
El viernes 28 de agosto se juntaron por videollamada el Gobierno, los sindicatos y las cámaras empresarias. El tema: cuánto tiene que ser el salario mínimo. Los gremios pidieron $911.000. Los empresarios ofrecieron $400.000. No hubo acuerdo.
Cuando no hay acuerdo, la ley dice que decide el Estado. Y el Estado decidió: $383.800 desde septiembre. Es decir, $16.200 menos que lo que ofrecían los propios empresarios.
Acá van los números, cómo funciona el mecanismo, por qué no se actualiza solo y qué podés hacer si te pagan menos.
Cuánto es el salario mínimo hoy
La Resolución 4/2026 del Consejo del Salario, publicada en el Boletín Oficial el 2 de septiembre, fija una escala de ocho tramos mensuales. Los valores son brutos, para jornada legal completa (8 horas diarias o 48 semanales).
| Desde | Mensual | Por hora (jornalizados) |
|---|---|---|
| 1° de septiembre de 2026 | $383.800 | $1.919 |
| 1° de octubre de 2026 | $391.200 | $1.956 |
| 1° de noviembre de 2026 | $398.800 | $1.994 |
| 1° de diciembre de 2026 | $406.400 | $2.032 |
| 1° de enero de 2027 | $414.200 | $2.071 |
| 1° de febrero de 2027 | $422.000 | $2.110 |
| 1° de marzo de 2027 | $429.600 | $2.148 |
| 1° de abril de 2027 | $437.000 | $2.185 |
Hasta agosto el mínimo era de $376.600. La suba de septiembre es del 1,9%. Entre agosto de 2026 y abril de 2027 el aumento acumulado ronda el 16%, con escalones de entre 1,7% y 1,9% por mes.
Un dato para hacer la cuenta rápido: el valor hora sale de dividir el mensual por 200 horas. $383.800 / 200 = $1.919.
Qué es el salario mínimo, vital y móvil
Está en la Constitución. El artículo 14 bis garantiza a los trabajadores un “salario mínimo vital móvil”. Cada palabra dice algo:
- Mínimo: nadie puede cobrar menos por una jornada completa.
- Vital: tiene que alcanzar para vivir. La Ley de Contrato de Trabajo (art. 116) lo define como la menor remuneración que debe percibir un trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión.
- Móvil: se supone que se mueve. Que se actualiza. El problema es cómo y cuánto.
Cómo se actualiza (y por qué no es automático)
No hay fórmula. El salario mínimo no se ajusta por inflación ni por ningún índice. Lo fija el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, un organismo creado por la Ley de Empleo (24.013) que tiene tres patas: el Estado, los sindicatos y las cámaras empresarias.
Funciona así:
- El Gobierno convoca al Consejo cuando quiere. No hay una fecha fija ni una periodicidad obligatoria. En este caso lo convocó por la Resolución 1/2026 para el 28 de agosto.
- Se reúne una comisión y después el plenario. Se discuten dos cosas: el monto del salario mínimo y los topes de la prestación por desempleo.
- Para aprobar un valor hace falta una mayoría de dos tercios.
- Si no se llega a esa mayoría, el presidente del Consejo (o quien lo reemplace) “lauda”: decide por su cuenta. Así lo prevé el artículo 137 de la Ley 24.013.
Eso fue lo que pasó ahora. La resolución lo dice con todas las letras: hubo un “extenso intercambio de opiniones”, no se alcanzó un acuerdo, y la presidenta alterna del Consejo quedó obligada a emitir el laudo.
No es la primera vez. La escala anterior, que fue de $328.400 en noviembre de 2025 a $376.600 en agosto de 2026, también salió por laudo tras una reunión sin consenso. La última vez que hubo acuerdo entre las partes fue en septiembre de 2023.
Contraste: las jubilaciones sí se actualizan todos los meses por inflación, con una fórmula fija. El salario mínimo depende de que alguien convoque una reunión y de que esa reunión termine en algo.
Cuánto perdió contra la inflación
Según el Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la UBA, el salario mínimo real cayó alrededor de 40% desde noviembre de 2023. El último tramo de la escala anterior, el de agosto, subió 1,13% en un mes en el que la inflación fue del 2,1%.
Para poner los números en perspectiva: el pedido sindical de $911.000 era 2,4 veces el valor laudado. La oferta empresaria, $400.000, quedó por encima de lo que finalmente fijó el Gobierno.
Preguntas frecuentes
¿A quiénes alcanza?
A todos los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, a los del régimen de trabajo agrario y a los empleados públicos nacionales. No importa si estás en blanco o en negro: el derecho existe igual, aunque en negro sea más difícil reclamarlo.
No aplica directamente a monotributistas ni autónomos (no tienen salario) ni al personal de casas particulares, que tiene sus propias escalas fijadas por otra comisión. Los empleados públicos provinciales y municipales dependen de cada jurisdicción.
¿Es bruto o neto?
Bruto. A los $383.800 hay que restarle los descuentos de ley (jubilación, PAMI y obra social, 17% en total). De bolsillo quedan unos $318.500.
¿Y si trabajo media jornada?
Cobrás en proporción. Si tu jornada es de 4 horas, el mínimo es la mitad. La propia resolución lo aclara citando los artículos 92 ter y 198 de la LCT, que regulan el contrato a tiempo parcial y la jornada reducida.
¿Mi convenio puede fijar un básico más bajo?
No. Ningún convenio colectivo ni acuerdo individual puede pactar un salario inferior al mínimo. Si lo hace, esa cláusula es nula y se reemplaza por el mínimo legal. En la práctica, casi todos los convenios tienen básicos por encima del SMVM, así que el mínimo pesa sobre todo en trabajos fuera de convenio y en la informalidad.
¿Qué pasa si me pagan menos?
Tenés derecho a reclamar las diferencias. El plazo de prescripción es de dos años, así que podés pedir lo que te pagaron de menos en ese período. El camino es intimar por carta documento y, si no hay respuesta, iniciar el reclamo administrativo (en CABA, el SECLO) o judicial.
¿Me pueden embargar el sueldo si cobro el mínimo?
No, salvo por deudas alimentarias. El salario mínimo es inembargable. Por encima de un mínimo y hasta dos, se puede embargar el 10% de lo que exceda; por encima de dos mínimos, el 20% del excedente. Con los valores de septiembre: hasta $383.800 no te tocan nada.
¿Qué tiene que ver con el seguro de desempleo?
La misma resolución fija los topes de la prestación por desempleo. La prestación es el 75% de la mejor remuneración neta, normal y habitual de los últimos seis meses antes del despido. Pero tiene un piso y un techo atados al mínimo: no puede ser menor al 50% del SMVM ni mayor al 100%. Con el valor de septiembre, eso da entre $191.900 y $383.800 por mes.
¿Para qué más sirve el salario mínimo?
Es una referencia que aparece en muchos lados: en los topes de ingresos para becas y programas sociales, en el cálculo de embargos, y en los tribunales de familia, donde muchos jueces lo usan como parámetro para fijar cuotas alimentarias. Por eso su desactualización tiene efectos en cadena.
¿Cuándo vuelve a subir?
Ya está fijado hasta abril de 2027 (ver tabla). Para que haya un nuevo valor después de esa fecha, el Gobierno tiene que volver a convocar al Consejo. Si no lo hace, el mínimo queda congelado en $437.000 hasta que alguien lo mueva.
Norma
Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada en el Boletín Oficial el 2 de septiembre de 2026.
Los comentarios están cerrados, pero trackbacks Y pingbacks están abiertos.