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Lo echaron tras un análisis de VIH y trabajaba en negro: la Corte ordenó revisar el caso Slug: corte-suprema-despido-discriminatorio-vih-trabajo-no-registrado

Trabajó más de dos años sin estar registrado en un sanatorio. El propio empleador le pidió análisis preocupacionales. Al poco tiempo de conocerse el resultado, se quedó sin trabajo. La justicia tucumana le negó la indemnización. La Corte Suprema dijo que eso fue arbitrario.

Un trabajador de un sanatorio de Tucumán, sin registrar durante dos años, fue desvinculado al conocerse un análisis de VIH. La Corte Suprema dijo que los jueces ignoraron prueba clave. Qué aprendemos.

Un análisis en el laboratorio del propio jefe

Julio de 2010, Tucumán. Un hombre empieza a trabajar en un sanatorio. Nadie lo registra: no hay recibo, no hay aportes, no hay nada. Así pasan dos años.

En junio de 2012, el sanatorio le pide que se haga estudios médicos preocupacionales. Los hace en el laboratorio del propio sanatorio. En septiembre, al tiempo que le comunican los resultados, la relación termina. Según el trabajador, el resultado fue VIH positivo; según el empleador, Hepatitis B.

Él intimó por telegrama: que le asignaran tareas, que le pagaran lo adeudado, que lo registraran, que cesara el trato discriminatorio. Bajo apercibimiento de considerarse despedido. El sanatorio contestó negando, directamente, que hubiera trabajado alguna vez ahí. Entonces se dio por despedido.

Ganó a medias

La Justicia del Trabajo de Tucumán dio por probado que sí existía la relación laboral y que no estuvo registrada por más de dos años. Le reconoció sueldos adeudados. Pero le negó la indemnización por despido, la multa por trabajo no registrado y el daño por discriminación.

¿El argumento? Que él se había considerado despedido «solo» por el silencio del empleador a sus telegramas, y que eso no alcanzaba como injuria. Y que no había ni un indicio de que el sanatorio supiera de su diagnóstico. La Corte de Tucumán confirmó todo, e incluso dijo que una testigo nunca había declarado haber visto los análisis.

Lo que la Corte encontró

El 14 de octubre de 2026, la Corte Suprema, siguiendo el dictamen de la Procuración General, dejó sin efecto la sentencia. Dos problemas:

  • La injuria no era solo el silencio. Desde el primer telegrama, el trabajador reclamó tareas, salarios y registración. El empleador negó siempre la relación, que después quedó probada. Mantener a alguien en negro y negar que trabaja para vos es una injuria grave. Encerrar todo en «el silencio» fue dogmático.
  • La prueba sí existía. Una ex secretaria del área preocupacional declaró, en una segunda testimonial: «yo descubro que él tiene HIV porque tengo el análisis en mis manos», y contó que otras dos personas, incluida la encargada general, se lo pidieron. Los jueces tucumanos ignoraron esa declaración, al punto de negar que existiera.

El dictamen recordó el estándar que la Corte fijó en casos como «Pellicori» y «Sisnero»: en los despidos discriminatorios, al trabajador le basta con mostrar indicios serios. Después, es el empleador quien tiene que probar que tuvo un motivo objetivo y razonable, ajeno a la discriminación. Y una desvinculación contemporánea a un análisis de VIH hecho en el laboratorio del empleador es un indicio fuerte. También recordó que, desde 1996, la Corte dice que limitar el trabajo de alguien por vivir con VIH, cuando eso no afecta sus aptitudes, es discriminación.

Qué aprendemos

  • Trabajar en negro y que te nieguen la relación es motivo suficiente para considerarte despedido. Si el empleador responde «usted nunca trabajó acá» y después se prueba lo contrario, la injuria está.
  • Tus telegramas importan: reclamá todo. Registración, salarios, tareas, cese de discriminación. Lo que pongas ahí define después de qué podés quejarte.
  • Tu diagnóstico es tuyo. Tu estado de salud pertenece a tu vida privada. Si no afecta tu capacidad para trabajar, no puede ser motivo de despido.
  • En discriminación, no tenés que probarlo todo. Alcanza con indicios serios (por ejemplo, que te echen justo después de un análisis). Después tiene que explicarse el empleador.
  • Los jueces tienen que leer toda la prueba. Omitir un testimonio decisivo vuelve arbitraria una sentencia.

Ficha: Corte Suprema de Justicia de la Nación, 14/10/2026, causa CSJ 354/2022/RH1, despido. Dictamen de la Procuración General del 1/11/2023. Las partes fueron anonimizadas.

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